Un informe realizado a solicitud de la Asociación de Supermercados del Uruguay cuestiona por inconstitucional la tasa de $ 0,08 por disposición final de envases y envoltorios de plásticos y polietilenos. El análisis realizado por el jurista James A. Whitelaw, especializado en derecho tributario, concluye en que el proyecto de decreto remitido por la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) a la Junta "es claramente inconstitucional por más de una razón".
En uno de los pasajes centrales del estudio Whitelaw señala que la aplicación de una tasa corresponde a una actividad realizada por un organismo estatal. Sin embargo, indica el experto, "la `tasa` estaría gravando, entonces, el hecho de la incorporación al mercado de Montevideo de determinados envases y envoltorios y no una actividad del ente estatal respecto del contribuyente". Con dicho argumento el experto concluye que el gravamen no puede ser caracterizado como "tasa".
También Whitelaw recuerda como antecedente que en 1995 la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la "tasa de saneamiento", creada entonces por el gobierno departamental de la capital. El argumento central de la Corte fue que la naturaleza del servicio de saneamiento "es económica" y convierte la "tasa" en un impuesto, facultad que la Constitución no prevé para los gobiernos municipales.
"En consecuencia, si es aprobada en sus términos actuales la `tasa por disposición final de envases y envoltorios` proyectada, también merecerá la tacha de inconstitucionalidad", concluye Whitelaw.
El proyecto de tributación fue aprobado el miércoles por la Junta Departamental de Montevideo.