Sobre el fuero

Llama la atención que con excepción del Senador Julio María Sanguinetti, no se hayan producido comentarios fundadamente críticos en el campo político, respecto del proyecto de ley promovido en Diputados por dirigentes sindicales que hoy gozan de banca parlamentaria. Si bien el proyecto votado a rajatabla por imposición de la mayoría automática de que disfruta el oficialismo en la Cámara baja, se ha frenado por mandato del llamado al sentido común en el Senado, nada está resuelto sobre la materia y —de no prosperar soluciones alternativas en el seno de uno de los tantos consejos polifacéticos alegremente instalados desde el pasado 1º de marzo— el engendro proyectado, amenazan desde las alturas, tendrá consagración definitiva.

La no aceptación de debates en la campaña electoral, que permiten la discusión sobre programas de candidatos y partidos, lleva a que una vez instalado un nuevo gobierno vayan apareciendo invenciones respecto de las cuales nadie estaba avisado.

Así como los parlamentarios tienen protección respecto de las expresiones emitidas en función de su cargo como forma de asegurar la independencia de su conducta, salvando las distancias de la situación, se dice que los dirigentes sindicales deben estar protegidos por un fuero adecuado, para ejercer el derecho constitucional de libertad sindical, sin sufrir represalias de los empleadores a causa de ello.

En la medida en que la libertad sindical está reconocida por nuestro ordenamiento legal, si no se adoptan medidas para evitar que se impida su ejercicio por los empleadores, en definitiva se está impidiendo el ejercicio de un derecho. Hasta aquí, las ideas no merecen objeciones. Plasmar en realidad las intenciones suele no resultar tan fácil.

En primer lugar cabe recordar que según datos verosímiles del año 2000 (son los últimos de tal carácter que conocemos), estaba sindicalizada un 12% de la fuerza de trabajo ocupada y el 60%, de la misma estaba constituida por empleados públicos. Si bien la dirigencia sindical y la prensa oficialistas afirman que con motivo de los últimos consejos de salarios la afiliación ha crecido exponencialmente, no hay forma de comprobar si lo mismo es cierto. Al respecto no puede ignorarse que el mercado de trabajo privado ha cambiado en los últimos 15 años y que han desaparecido las viejas y tradicionales fábricas y barracas, numen de la sindicalización, que nucleaban en sus plantas a centenares y aun miles de trabajadores. Entonces: ¿de cuáles sindicalistas se está hablando?

Hoy, el país presenta una estructura económica asentada en la pequeña y mediana empresa, que ocupan al 70% de la población económicamente activa y en donde no se da un ámbito propicio a la sindicalización.

El proyecto de ley oficialista supone en lo fundamental que:

1) todos los trabajadores sindicalizados están protegidos por el fuero sindical (agregamos: no solo los dirigentes); 2) solo pueden ser despedidos si se demuestra que lo han sido por una razón justificada ajena al quehacer sindical; 3) la carga de probar que es así corresponde al empleador; 4) si se prueba que el despido fue injustificado hay que reinstalar al empleado en su puesto de trabajo devolviéndole los salarios perdidos mientras dura el juicio que le reinstaló; 5) la ley es retroactiva al 1º de marzo de 2005. A este paquete hay que agregarle la posibilidad de ocupar los establecimientos por cualquiera que invoque una acción sindical, que puede quedarse a vivir allí a gusto y sin limitación de ninguna índole.

En un país neosocialista en que lo único seguro es vivir a costillas del Estado: ¿semejante panorama puede invitar a alguna inversión?

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