La fiscal María del Huerto Martínez afirmó que la resolución por la cual el Ejecutivo pretende trasladar a los hermanos José, Dante y Jorge Peirano es un acto administrativo por lo cual si la defensa quiere impedirlo deberá presentar un recurso administrativo ante Presidencia de la República.
Según pudo saber El País en el escrito que el mismo sábado entregó a la jueza opinó que en todo caso podrían recurrir al Tribunal de lo Contencioso Administrativo porque se trata de un acto meramente administrativo y que lo que respecta a la reclusión depende del Ministerio del Interior.
La jueza Gabriela Merialdo ya se pronunció al respecto pero prefirió no dar a conocer su fallo.
Los abogados defenosores de los banqueros, Diego Camaño y Pablo Donnangelo, presentaron en la mañana del sábado un escrito pidiendo a la jueza de turno que ordene la suspensión del traslado o que lo remitan al juez de la causa para que se pronuncie.
ILEGAL. Camaño dijo ayer a El País que el asesoramiento que el director de Cárceles, Enrique Navas admitió que dio al presidente Tabaré Vázquez es ilegal porque el traslado también es ilegal e inconstitucional.
Señaló que todos confunden lo que es el ingreso a un centro de reclusión con el traslado. "Sólo hablan del artículo 5 de la ley 14.470 y no se menciona el artículo 50 que señala que el traslado es la máxima sanción para el recluso que comete una falta, cosa que no ocurrió", afirmó.
Explicó que esa norma de reclusión carcelaria establece en el artículo 50 seis sanciones en orden creciente de gravedad y la más grave es el traslado a un establecimiento de mayor seguridad. "Además determina que ningún recluso podrá ser castigado sin ser notificado de las causas", sostuvo.
El abogado dijo también que "no pueden ser trasladados a un lugar en el cual van a depender de una persona que ha hecho declaraciones hostiles en su contra", en relación a las afirmaciones que ha hecho el director de Cárceles.
El presidente Tabaré Vázquez anunció que le dio las instrucciones al ministro del Interior, José Díaz para trasladar a los banqueros la semana pasada afirmando que "no tienen privilegios que gozar con respecto a otros delincuentes, cuando ellos cometieron delitos que fueron muy graves para la sociedad".
El viernes al conocer la noticia los abogados Camaño y Pablo Donangelo presentaron un escrito ante la Suprema Corte de Justicia pidiendo la suspensión de la orden presidencial que fue rechazado por la Corte en menos de dos horas.
La corporación argumentó que los reclusos no están a su disposición sino del juez Pablo Eguren quien los procesó en agosto de 2002.
Actualmente la sala penal de la Corte integrada por los ministros Leslie Van Rompaey, Roberto Parga y Pablo Troise tiene a estudio el pedido de libertad que presentó la defensa señalando que luego de dos años y medio de reclusión no tienen condena y deberán ser liberados mientras continúa el proceso penal.
En su escrito, Camaño señaló que el mantenimiento de la reclusión viola el Pacto de San José de Costa Rica y otras disposiciones internacionales, que fueron ratificadas por Uruguay.
Esta semana se conoció un dictamen de la Comisión Internacional de Juristas con sede en Ginebra que concluyó que el procedimiento penal contra los banqueros "excede ampliamente los plazos establecidos para el sumario por la legislación procesal penal de Uruguay".
Ese fallo fue presentado ante la Comisión Internacional de Derechos Humanos de la OEA que también analiza el caso de los banqueros.