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¿Humor irónico o daño moral?; las claves del millonario e inédito juicio de Giuliana Pérez a Petinatti

La contadora que integró viajes oficiales encabezados por Miguel Toma reclama indemnización y una disculpa pública al comunicador. Es la sexta demanda que inicia contra medios o conductores y la primera a un programa de humor.

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Giuliana Pérez y Orlando Petinatti.
Fotos: Archivo.

Redacción El País.
Entre los seis juicios que emprendió la contadora Giuliana Pérez contra medios y comunicadores, hay uno que podría marcar un antecedente en cuanto a los límites del humor o cuando la ironía se puede convertir en argumento reclamable judicialmente. Se trata de la demanda hacia el conductor Orlando Petinatti y a Azul FM por el abordaje que se hizo en el programa Malos pensamientos de los viajes oficiales del exjerarca Miguel Toma, cuyas comitivas integró Pérez, un caso que tomó estado público en setiembre de 2020.

Los motivos del reclamo judicial son los mismos en todos los casos: Pérez enumera aparentes perjuicios profesionales y personales a raíz de un escarnio público que, a su juicio, fue abonado por varios medios de comunicación al emitir “una semblanza... de una linda chica... dispuesta a oficiar de compañía en una relación sexo afectiva con el señor Miguel Toma”, según expresa en el escrito de la demanda al que accedió Sábado Show.

El reclamo monetario es igual para cada uno de los juicios: unos 5,5 millones de pesos (135.000 dólares) repartidos entre el daño moral y la pérdida de chance; esto es: el eventual perjuicio laboral que habría sufrido Pérez luego de finalizar su contrato con el Estado.

La demanda a Malos Pensamientos, que se tramita en el Juzgado Letrado Civil de 3er Turno, tiene la particularidad de que es la única de las iniciadas por la contadora contra un programa de humor. En el resto de los casos, Pérez quiere llamar a responsabilidad a los ciclos periodísticos o de debate Santo y seña, Polémica en el bar, Esta boca es mía, Todas las voces y Séptimo día. Se trata además de la primera demanda que enfrenta Petinatti desde los comienzos de Malos pensamientos en 1991. Además del resarcimiento, Pérez solicita una disculpa pública del comunicador.

El caso tuvo una audiencia en octubre donde no hubo conciliación, sino más bien distancia. Petinatti, defendido por la abogada Daniela Della Valle, “niega, rechaza y contradice” las afirmaciones de Pérez que buscan hacerlo responsable en un eventual daño hacia la contadora, un perjuicio que, a consideración del comunicador, tampoco podría atribuir en relación de causa a Malos pensamientos. “No fue la intención ofender sino hacer humor, ironizar con su audiencia sobre un hecho que involucraba a un funcionario público que ocupaba un alto cargo político”, expresa Della Valle en el escrito de defensa al que accedió Sábado Show.

Al igual que ocurrió en otros juicios, la abogada presentó además la excepción de caducidad en tanto Pérez presentó la demanda casi tres años después de emitido el programa al que atribuye el daño (fue el último juicio que inició). La ley de prensa (16.099) establece un plazo de 90 días para un reclamo por delitos de comunicación.

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Giuliana Pérez.

Sin embargo, la jueza del caso Claudia Muguiro desestimó este recurso en el entendido de que el plazo legal se establece para el derecho de respuesta y no para un eventual daño moral. Algo similar ocurrió en tribunales de segunda instancia en las causas contra Santo y seña, Séptimo día y Polémica en el bar.

Aunque Della Valle apeló este fallo, el juicio por el fondo de la cuestión (daño moral sí o no) continuará hasta que haya una resolución en primera instancia. Para febrero de 2024 se fechó la siguiente audiencia entre las partes.

"Un servicio para Miguel Toma"

El centro del juicio radica en el contenido de unos 15 minutos de Malos pensamientos emitido el 29 de setiembre de 2020. En el comienzo del programa, Petinatti convocó a la audiencia a un juego muy habitual en su programa. Bajo la consigna “servicio a la comunidad”, el conductor interpela a los oyentes a que aporten ideas para “ayudar” a Miguel Toma cuando le pidan eventuales explicaciones de la integración de Giuliana Pérez (entonces de 26 años) en las comitivas oficiales.

Dijo el “licenciado”: “Cuando te pregunten (a Toma) en la Torre Ejecutiva, una explicación razonable sobre los motivos por los que llevó a esta chica hermosa, de linda sonrisa, de buenos tatuajes, buen cuerpo y con cara de contadora, ¿cuál sería la justificación que vos darías?” Esa fue la consigna inicial y a partir de entonces diversos oyentes aportaron sus “ideas”.

“Porque la quiero como una hija y la quiero ayudar”, “la llevó como acompañante de Secom”, “para que le dé los medicamentos”, “para mostrar la buena carne uruguaya”, “por el dominio de la lengua”, “para que sea community manager”, “para leerle cuentos en la noche” o “para asesorarlo en la compra de un colchón” fueron algunos de los comentarios que se hicieron desde la audiencia.

Orlando Petinatti. Foto: Difusión

En la argumentación de Pérez, el juego propuesto de Petinatti consistió en una “dinámica absolutamente perversa” hacia su persona y busca hacerlo responsable de un eventual daño siguiente. Argumenta que padeció de ansiedad y angustia, que no puede conseguir trabajo y perjuicios a nivel personal. “El daño moral que se reclama surge al pasar de ser una profesional prestigiosa, exitosa y reconocida a ser una persona despreciable, moral y profesionalmente, con un encendido reproche social”, argumenta la contadora que es patrocinada por el abogado Wilser Briozzo.

Pérez adjunta capturas de llamados a trabajos en los que no fue seleccionada, certificaciones médicas de que fue afectada su salud mental y añade tener dificultades económicas hasta para acceder a una mutualista.

Desde la mirada de Petinatti, Della Valle fundamentó que es improbable una relación de causalidad entre las afectaciones esgrimidas por Pérez, entre otras razones, por motivos de calendario. La contadora no habría vuelto a trabajar desde febrero de 2020, cuando terminó su contrato con el Estado y el caso recién se conoció en los medios de comunicación el 16 de setiembre de ese año luego de una investigación de Patricia Madrid en Así nos va (Radio Carve). Y el programa Malos pensamientos cuestionado se emitió el 29 de setiembre, varios días después.

“El programa es un programa de entretenimiento y humor donde la comunicación y conexión con la audiencia es fundamental para generar una complicidad única jugando siempre con el humor mientras se tratan temas de actualidad, interés general e historias personales”, argumenta Della Valle. “El programa en cuestión abordó un tema de indudable interés público y social en nuestro país como sin duda lo es la conducta de un funcionario público que ocupaba uno de los máximos cargos dentro del poder ejecutivo y de las personas que lo acompañaron en diversos viajes relacionados con procesos de gran trascendencia para nuestro país financiados con dinero público”, prosigue.

La abogada defensora añade que todos los comentarios se hicieron bajo el amparo constitucional de la libertad de expresión y pensamiento y que además, se centraron en la figura de Toma. “El acontecimiento real y de indudable interés público fue tratado con humor y sometido a la libre opinión de los oyentes siempre desde el humor absurdo”, expone Della Valle.

“Es cierto que los hechos tuvieron impacto en la opinión pública pero no fue mérito del programa (Malos pensamientos). El programa, como tantos otros, habló del tema del momento que cuestionaba la conducta del entonces secretario de presidencia por haber convocado a misiones oficiales de gran importancia a una joven contadora recibida en diciembre de 2018 que había ingresado al Estado en abril de 2019”, asegura la defensora de Petinatti.

Giuliana Pérez

Más adelante duda de la situación de “privaciones y padecimientos” descrita por Pérez. Della Valle adjunta al expediente capturas de publicaciones de redes sociales de la contadora donde se la ve en viajes u “otras situaciones glamorosas”, en todos los casos posteriores a setiembre de 2020.

“El suscrito es la primera vez que es demandado... nunca tuvo ni tiene (y este caso en particular no fue la excepción) la intención de ofender sino de hacer humor, ironizar con su audiencia sobre un hecho que involucraba a un funcionario público que ocupaba un alto cargo político”.

Della Valle también duda de las intenciones reclamatorias de Pérez en cuanto presentó demandas “prácticamente iguales” contra los otros cinco programas, solicitando, además, el mismo monto de indemnización, de 5,5 millones de pesos a cada uno.

“Es claro que hace uso abusivo de las vías procesales intentando multiplicar indebidamente la indemnización pretendida”, opina Della Valle. También recuerda que, según la jurisprudencia, las condenas por daño moral no han superado los 5.000 dólares.

“Si se hubiera considerado un caso de noticias falsas inexactas o agraviantes el remedio procesal es el derecho de respuesta o de réplica previsto en el artículo 8 de la ley 16099 que la contendiente (Pérez) nunca promovió”, agrega la abogada.

La jueza Claudia Muguiro, que tendrá la responsabilidad de laudar entre estas dos posiciones fuertemente antagónicas, ya hizo un pronunciamiento en su primera sentencia para rechazar la excepción de caducidad. A su juicio, el reclamo no se ampara en la ley de prensa (16.099) que regula los límites del derecho de expresión, sino “en el derecho común” que ampara el derecho de una parte a reclamar por un eventual daño a otra. Pérez deberá probar tales perjuicios y Petinatti que el humor no es culpable.

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