El voto en blanco representa la indefinición electoral en sí misma. La voluntad de, por diferentes motivos, no incidir en la definición entre los candidatos propuestos. El voto anulado, es, por su parte, una expresión clara de rechazo a todos los postulantes e intención expresa de no beneficiar a ninguno. Ambos están contemplados en el mecanismo electoral uruguayo pero tienen diferentes efectos en un sistema destacado como muy garantista, pero a la vez intrincado y, para muchos, difícil de comprender a cabalidad.
Eso se verá una vez más el próximo 27 de octubre. Una primera vuelta en la que, en la práctica, se producen dos elecciones en paralelo, con detalles que el elector deberá tomar en cuenta para conocer, en definitiva, cómo puede operar su voto.
La mayoría de la población asocia la jornada a la elección presidencial. Ese día los candidatos a presidente y vicepresidente se someterán al cuerpo electoral. Para resultar electos ese mismo día, el sistema vigente desde 1997 los obliga a lograr la mayoría absoluta de “votantes”.
La Corte Electoral interpreta, y así lo ha reglamentado, que este último término comprende a los votos en blanco y anulados que, por lo tanto, se suman para calcular esa “mitad más uno” de votos. Así se lo explicó a El País el exvicepresidente de la Corte Electoral, Renán Rodríguez. “Los votos en blanco o anulados se computan en el total de votantes, pero nunca a favor de una fórmula presidencial”, indicó. Si ninguno lo consigue, el último domingo de noviembre deberá celebrarse una segunda vuelta entre las dos fórmulas más votadas. Allí la situación es más sencilla: ganará la que obtenga más votos que la otra.
Distinto es el caso de la otra elección, que definirá la integración del Senado y de la Cámara de Diputados entre 2025 y 2030, y que representa la parte más intrincada del sistema, sobre todo para definir si algún partido logra la mayoría parlamentaria. Eso depende de varios factores. Entre ellos, que aquí los votos en blanco y anulados no operan. Solo se tomarán en cuenta, dijo Rodríguez, los votos que expresen una “voluntad cierta del votante”, una “opción válida que sea computable para algún partido”.
Difícil de precisar
Fijar de antemano el porcentaje exacto que se necesitaría para lograr la tan ansiada mayoría parlamentaria resulta imposible. Cuanto mayor sea el porcentaje de votos en blanco o anulados, menor será el porcentaje necesario para obtener una banca. Y, cuantos menos partidos lo logren, más fácil será para uno de ellos obtener la mayoría.
En las elecciones nacionales de octubre participarán once partidos políticos, récord desde que está vigente el actual sistema. Todas las encuestas realizadas recientemente indican que seis de ellos tienen chances ciertas de lograr al menos una banca en el Parlamento y que un séptimo lema, probablemente, pueda colocar al menos un representante.
Desde que está vigente el actual sistema electoral, el único que ha logrado mayorías ha sido el Frente Amplio. En 2004 lo hizo con el 52% de los votos, en 2009 con el 48% y en 2014 con un porcentaje similar. Por otra parte, el sistema de reparto de bancas, basado en cocientes y restos, tiende a favorecer a la minoría mayor en detrimento de los partidos menos votados. Así sucedió en 2009, cuando el Frente Amplio logró el famoso “voto 50” que le dio la mayoría en detrimento del Partido Independiente. Así y todo, han señalado en estos años distintos politólogos, obtener un 48% de los votos no garantiza la mayoría, aunque dependiendo de los factores antes mencionados, sí podría lograrse con un porcentaje menor.
Consultado, Rodríguez explicó que si un partido obtiene el gobierno en primera vuelta, es muy difícil que no llegue a la mayoría parlamentaria, salvo que los votos en blanco y anulados -que sí se tuvieron en cuenta para la elección presidencial- fuesen de tal entidad que representen para el partido ganador una merma de votos y, por lo tanto, de bancas obtenidas. Por otra parte, la presencia de votos de los partidos minoritarios que no logren obtener representación podrían mejorar el cociente obtenido por los partidos que sí lo hagan, facilitando así que por esa vía alguno de ellos obtenga, en definitiva, la mayoría parlamentaria.
Plebiscitos: las mayorías y un mínimo de participación
En paralelo a la elección presidencial y parlamentaria, el 27 de octubre se someterán a plebiscito dos proyectos de reforma constitucional: el que plantea reformar la seguridad social, y el que propone habilitar los allanamientos nocturnos. Cada uno de ellos tendrá su respectiva papeleta por “Sí”. Para obtener un resultado afirmativo deberán lograr el apoyo de la mayoría absoluta de los ciudadanos que concurran a los comicios. Así, si un voto no contiene alguna de estas papeletas, se tomará como un voto negativo para los plebiscitos. Rodríguez recordó que esa “mayoría absoluta” para que las consultas resulten afirmativas deberá representar, al menos, al 35% del total de inscriptos en el Registro Cívico Nacional. Un voto a alguno de los plebiscitos pero sin ninguna hoja de votación se computará a la consulta respectiva, pero a ningún partido en particular.
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