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Cómo votar sin la credencial y otras once dudas electorales

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Votación en circuito de la Corte Electoral. Foto: Fernando Ponzetto

LA RECTA FINAL

Hay múltiples dudas que aparecen. Son esas clásicas interrogantes que saltan una vez cada cinco años y que intentamos despejar en este artículo.

Es la hora de la verdad. En la medianoche del viernes se inició la veda proselitista y la Corte Electoral ajusta todos los detalles para la elección nacional de este domingo. Hay 2.699.847 habilitados en 7.122 circuitos en todo el país, de los cuales 6.314 son urbanos y 808 rurales, según informó el organismo. Además, por primera vez habrá una cantidad mínima de circuitos accesibles para personas con discapacidad motriz.

Pero, como pasa siempre, hay múltiples dudas que aparecen. Son esas clásicas interrogantes que saltan una vez cada cinco años y que intentamos despejar en este artículo.

¿Qué se elige este domingo?

Los uruguayos eligen presidente y vicepresidente, así como los integrantes de las cámaras de Senadores y Diputados y de las Juntas Electorales de cada departamento. El presidente y el vice se eligen solo por mayoría absoluta. Si, como indican las encuestas, ninguno obtiene esa mayoría, se irá a un balotaje entre el primero y el segundo, que se concretará el domingo 24 de noviembre.

¿En qué horario se votará mañana?

El horario de votación es de 8 a 19.30 horas y es el más largo de América, según admiten los ministros de la Corte Electoral. Si al llegar la hora de finalización aún hay votantes en un circuito y no pudieron sufragar por falta de tiempo, habrá una prórroga de hasta una hora al solo efecto de que voten dichos electores. En cada circuito se instalará una comisión receptora de votos con tres integrantes: presidente, secretario y vocal.

Votación. Durante la zafra electoral, las consultores redistribuyen o incrementan su plantilla de encuestadores.
El horario de votación es de 8 a 19.30 horas. Foto: Archivo El País.

¿Hay límite de edad para ir a votar?

No existe límite de edad. El voto es obligatorio para todos los mayores de 18 años que tengan su inscripción cívica vigente. Sí pueden presentarse justificaciones médicas ante las juntas electorales en los 30 días posteriores a la elección o al balotaje si hay. Los extranjeros no ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico Nacional solo están facultados para votar en la elección, pero no sobre el proyecto de reforma constitucional. Esas personas podrán votar observado “en calidad simple”, según dice la ley.

¿Pueden salir a votar quienes trabajan mañana?

La ley dice que las empresas, sean públicas o privadas, deberán conceder al menos dos horas a los empleados que trabajan el domingo para que puedan ir a votar. No les pueden descontar esas horas que estén fuera del trabajo.

¿Se puede votar sin la credencial cívica?

Sí. En caso de que haya perdido la credencial, la persona debe concurrir al circuito donde le corresponde votar pero tendrá que saber su número y serie y acreditar quien dice ser mediante la cédula de identidad.

¿Cuánto tiempo se puede permanecer en el cuarto secreto?

El elector no podrá permanecer más de dos minutos en el cuarto secreto, según dice la ley de elecciones. Transcurrido ese tiempo, “el presidente de la comisión abrirá la puerta del cuarto secreto y, sin entrar en él, ordenará salir al votante”, dice la ley 7.812. Sin embargo, en la práctica los miembros de la mesa suelen tener cierta flexibilidad. En tanto, serán anulados todos los actos realizados por un votante si desprende la tirilla en el cuarto secreto o antes de entrar a él. En ese caso se debe recomenzar todo el procedimiento. Las personas notoriamente ciegas y las físicamente imposibilitadas para caminar sin ayuda podrán entrar acompañados por personas de confianza al cuarto secreto.

Cuarto secreto de las elecciones internas 2019. Foto: Leonardo Mainé
Cuarto secreto de las elecciones internas 2019. Foto: Leonardo Mainé (Archivo).

¿Qué pasa con los que no pueden votar y cuál es la multa a pagar?

El que no puede ir a votar debe justificar el motivo o pagar una multa de una unidad reajustable (1.195 pesos) si es la primera vez o tres unidades reajustables (3.585 pesos) si es reincidente. Las multas establecidas se duplicarán en el caso de que las personas omisas tengan calidad de profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República o sean funcionarios públicos. Si hay segunda vuelta, las justificaciones se realizan a partir del 26 de noviembre y hay 30 días para presentarlas. Serán causales fundadas para no votar padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física y estar fuera del país. Las personas con residencia temporaria en el exterior deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima, dentro de los 20 días anteriores y los 20 días posteriores a la elección.

¿Qué sanciones hay para quienes no vayan a votar este domingo?

Si una persona no justifica su no voto y no paga la multa, no podrá otorgar escrituras públicas; cobrar dietas, sueldos, jubilaciones y pensiones de cualquier naturaleza, excepto la alimenticia; percibir sumas de dinero que por cualquier concepto le adeude el Estado; ingresar a la Administración Pública, inscribirse ni rendir examen en facultades; obtener pasajes para el exterior. El régimen de contralor de la obligación del voto se aplicará en los 120 días siguientes de la elección.

¿Desde cuándo es la veda alcohólica y cómo se controla en la práctica?

Desde las 19.30 horas de este sábado y hasta que termine la votación no podrán expenderse bebidas alcohólicas en los comercios. La Policía es la encargada de controlar el cumplimiento de la ley, mediante patrullajes y recorridas, según informó el Ministerio del Interior mediante un comunicado. Durante el horario en que se realice la elección no podrán efectuarse espectáculos públicos en lugar abiertos o cerrados, ni manifestaciones o reuniones públicas de carácter político.

¿Cómo se anula el voto y cómo se vota en blanco?

El voto se anula si se introduce en el sobre cualquier objeto extraño, como la bolsa de nylon, junto a la hoja de votación. Si en el sobre solo hay un objeto extraño (sin lista) o no hay nada, es voto en blanco. También se anula el voto si la hoja está rota o escrita y si hay listas de dos departamentos distintos o de dos partidos distintos. Si hay tres listas o más iguales, el voto también será anulado. Si hay dos, se cuenta una.

¿Se pueden repartir listas, aunque exista veda?

Sí, la veda electoral no impide la entrega de las hojas de votación, siempre que se efectúe a una distancia superior a cien metros de los locales.

¿Hay circuitos accesibles?

Las personas que se encuentran en situación de discapacidad motriz podrán sufragar, exhibiendo su credencial, en el primer circuito de cada serie vigente que corresponda al votante. El voto será observado. El listado de los circuitos accesibles está disponible en la web de la Corte. El elector deberá firmar la hoja de identificación como declaración jurada que da cuenta de su situación.

Lo que hay que saber sobre “Vivir sin miedo"

Los que quieran votar a favor de la reforma constitucional “Vivir sin miedo” deberán introducir la papeleta del Sí en el sobre de votación.

Quienes no apoyan la reforma no deberán introducir la papeleta en el sobre. No hay papeleta del No.

Para que la reforma entre en vigencia, se requiere que vote por el Sí la mayoría absoluta (50% más uno) de las personas que concurran a votar mañana. Deben representar por lo menos el 35% del total de los inscriptos en el Registro Cívico Nacional.

Entre otras disposiciones, la reforma que impulsó el senador Jorge Larrañaga plantea que la ley regule el allanamiento nocturno por orden judicial; que quienes fueron penados por determinados delitos deban cumplir las penas en su totalidad; establece la pena de reclusión permanente ante la comisión de determinados delitos graves, que podrá ser revisada por la Suprema Corte de Justicia luego de 30 años de cárcel; y crea la Guardia Nacional con atribuciones y cometidos de seguridad pública.

La reforma entraría en vigencia después de que la Corte Electoral proclame el resultado afirmativo del plebiscito.

En tanto, la Corte informó días atrás que si dentro de un sobre de votación aparecen una o más hojas de ratificación plebiscitaria apócrifas no se anulará la hoja de votación correspondiente a las Elecciones Nacionales, pese a constituir un “objeto extraño”. Pero ese voto no será válido para la reforma constitucional.

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