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El Senado vota la ley de femicidio; colectivos convocan a la sesión

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Organizaciones sociales se harán sentir hoy en la sesión. Foto: M. Bonjour
Movilizacion contra la violencia de genero por Av. 18 de Julio coincidiendo con la conmemoracion del Dia Internacional de la Mujer, en el marco de un paro internacional en protesta contra la violencia domestica y de genero, Montevideo, ND 20170308, foto Marcelo Bonjour - Archivo El Pais
Marcelo Bonjour/Archivo El Pais

El proyecto sale por unanimidad y pasa a Cámara de Diputados.

El plenario del Senado terminará de aprobar esta mañana el proyecto de ley por el cual se modifican los artículos 311 y 312 del Código Penal castigándose más severamente los actos de discriminación y femicidio. La iniciativa, originaria del Poder Ejecutivo, será votada por todos los partidos y posteriormente pasará a consideración de la Cámara de Representantes, que le dará sanción.

Distintas organizaciones sociales están convocando por las redes a concurrir a las barras del Senado a presenciar la sesión de esta mañana.

Los artículos del Código Penal señalados fijan las circunstancias agravantes especiales y muy especiales de un asesinato. El proyecto acordado establece la sustitución del numeral 1° del artículo 311 del Código Penal por el siguiente texto como agravante "cuando se cometiera en la persona del ascendiente o del descendiente legítimo o natural, del hermano legítimo o natural, del padre o del hijo adoptivo, del cónyuge o excónyuge, del concubina o concubina, del exconcubino o exconcubina, o cuando se cometiera por persona con quien la víctima tuviera o hubiera tenido una relación de afectividad e intimidad, y siempre que no constituya circunstancia agravante muy especial, de las establecidas en el artículo siguiente".

Los motivos.

El artículo segundo del proyecto acordado agrega los siguientes numerales al artículo 312 del Código Penal, señalando como agravante muy especial cuando la muerte se produzca "como acto de discriminación por la orientación sexual, identidad de género, raza u origen étnico, religión o discapacidad". Y establece la nueva categoría de femicidio, cuando se cometa "contra una mujer por motivos de odio, desprecio o menosprecio, por su condición de tal".

Además, señala que sin perjuicio de otras manifestaciones, el Código considerará que existieron motivos de odio, desprecio o menosprecio, por su condición de tal, cuando la muerte le hubiera precedido algún incidente de violencia física, sicológica, sexual, económica o de otro tipo, cometido por el autor contra la mujer, independientemente de que el hecho haya sido denunciado o no por la víctima.

También si la víctima se hubiera negado a establecer o reanudar con el autor una relación de pareja, enamoramiento, afectividad o intimidad, o en caso de que previo a la muerte de la mujer el autor hubiera cometido contra ella cualquier conducta que atente contra su libertad sexual.

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Organizaciones sociales se harán sentir hoy en la sesión. Foto: M. Bonjour

PROYECTO DE LEY

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