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Coalición votó proyecto de prisión domiciliaria: las claves del acuerdo entre nacionalistas, colorados y Cabildo

La nueva regulación fue ratificada este martes en comisión y será llevada al Senado. Será el final de un largo proceso de más de tres años.

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Carcel Domingo Arena
Cárcel de Domingo Arena. CA había presentado en 2020 un proyecto por el que los acusaron de querer beneficiar a "represores".
Juan Manuel Ramos/Archivo El Pais

Redacción El País
Nacionalistas, colorados y Cabildo Abierto aprobaron este martes un proyecto unificado para regular el instituto de la prisión domiciliaria. El texto final, ratificado en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado, confirma que este beneficio no será en ningún caso preceptivo. "Eso es lo más importante", le dijo a El País el senador colorado Adrián Peña.

La decisión quedará en manos del juez competente. Para su imposición o cesación, el texto al que accedió El País incluye una serie de elementos a los que el magistrado deberá asignarle "especial relevancia" a la hora de la definición.

Por ejemplo, la existencia de circunstancias familiares del formalizado que impidieran su internación en prisión, que se trate de una mujer embarazada a partir del quinto mes de gestación o una madre que esté en el período de lactancia. También que el formalizado esté afectado por una enfermedad grave que ponga en riesgo su vida o salud. En estos casos, el juez deberá solicitar siempre la historia clínica al prestador de salud del involucrado. El proyecto prevé también a los que tengan 65 años de edad o más, cuando su estancia en prisión perjudique su salud o su dignidad humana. En este caso, corresponderá la prisión domiciliaria siempre y cuando ese beneficio no implique riesgos para terceros de acuerdo al delito cometido.

En los casos de violación, abuso sexual, homicidio muy especialmente agravado, genocidio, guerra y lesa humanidad, el juez deberá fundarse en el informe de la junta médica y en la historia clínica del prestador. Además, deberá analizar si el formalizado es reincidente o habitual para ver si dispone o no la prisión domiciliaria. En estos casos, una vez recabados todos los informes mencionados y previo a resolver, el Juez dará vista al Ministerio Público y Fiscal y a la defensa a efectos de ser oídos. Cumplido lo anterior, el Juez resolverá la procedencia o no del régimen de prisión preventiva domiciliaria solicitado.

Si desaparecieran los motivos que justificaron la prisión preventiva domiciliaria, el Juez a solicitud del Ministerio Público y Fiscal y previo informe pericial, podrá si lo entiende pertinente disponer la remisión al establecimiento de detención de dicho formalizado.

En ningún caso la prisión domiciliaria podrá cumplirse en un lugar en el que el imputado deba convivir con sus víctimas, o cuando represente peligro de fuga, ocultamiento o entorpecimiento de la investigación.

La intención es que el proyecto sea sancionado la semana que viene, lo que pondrá fin a un proceso de más de tres años, cuando Cabildo Abierto presentó un proyecto de ley para otorgar prisión domiciliaria preceptiva a los mayores de 65 años. La iniciativa fue duramente criticada por el Frente Amplio y organizaciones vinculadas a los derechos humanos, bajo el argumento de que estaba destinada a beneficiar directamente a los encarcelados por delitos de lesa humanidad.

Luego el Partido Nacional presentó un proyecto alternativo, al que después se le agregaron modificaciones planteadas por los colorados.

Además

FA no votó “impunidad”

El Frente Amplio rechazó votar un proyecto que consagra “el camino de la impunidad” Así lo dijo el senador Charles Carrera. “El principal cambio es que podrán ampararse los mayores de 65 años, cuando la edad actual es 70”, señaló. Al respecto, el legislador añadió que se trata de una ley “con nombre y apellido”, que beneficiará a los presos por delitos vinculados al terrorismo de Estado.

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