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Juez condena a la DGI a devolver US$ 2,2 millones a Uber por impuestos mal cobrados

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Una persona solicitando un Uber desde su celular. Foto: Estefanía Leal
Viaje en auto de Uber en Montevideo, aplicacion de Uber Technologies Inc. en telefono celular Smartphone, empresa estadounidense que proporciona a sus clientes a nivel internacional vehiculos de transporte con conductor, ND 20211007, foto Estefania Leal - Archivo El Pais
Estefania Leal/Archivo El Pais

FALLO

El juez Waldemar Aguirre Daniele condenó a la DGI a devolver a Uber US$ 2,2 millones por impuestos cobrados en forma indebida durante 13 meses.

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El juez Waldemar Aguirre Daniele condenó a la DGI a pagar $ 93 millones (US$ 2.200.000 al tipo de cambio promedio de octubre de este año), más reajustes e intereses, tras un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que le dio la razón a la multinacional sobre el pago de impuestos indebidos durante más de un año.

El decreto, que fue firmado por el gobierno de Tabaré Vázquez el 20 de febrero de 2017, obligó a las empresas no residentes que ofrecen servicios de transporte terrestre de pasajeros a pagar el impuesto a la renta de los no residentes (IRNR) e IVA. Dicha norma también forzó a Uber a designar a un representante legal, con domicilio fiscal en Uruguay, y pagarle honorarios entre 2017 y 2018 por US$ 20.000.

Nulo.

El 18 de septiembre de 2017, Uber se presentó ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo solicitando la nulidad de dicho decreto del Poder Ejecutivo que, entre otras cosas, dispuso nuevos tributos para las empresas no residentes en el país.

Uber argumentó que es una sociedad de los Países Bajos que realiza una actividad de mediación tecnológica desde Holanda, y agregó que el servicio de transporte de pasajeros se presta a través de un software de aplicación móvil cuya infraestructura se localiza en la ciudad de Ámsterdam. Es decir, la multinacional alegó que no tenía ningún tipo de presencia física en Uruguay.

Fachada del TCA. Foto: Archivo El País

En su acción de nulidad ante el TCA, Uber señaló que el decreto del Estado uruguayo “viola la ley” y “es ilegítimo”, ya que “padece de irregularidades”.

El 22 de mayo de 2018 el decreto impugnando fue derogado por el gobierno de la época. Poco después, Uber alegó en el TCA que la derogación del decreto no produjo efectos retroactivos y que, por ende, este estuvo vigente entre el 1° de marzo de 2017 y el 22 de mayo de 2018. Es decir, el decreto impugnado estuvo vigente durante unos 13 meses.

Uber señaló ante el TCA que el decreto gravó rentas que son íntegramente de fuente extranjera violando el principio de legalidad y agregó que el Poder Ejecutivo uruguayo no estaba autorizado por la ley a fijar montos de renta bruta, entre otros argumentos.

El TCA le dio la razón a Uber, ya que el Poder Ejecutivo “confunde” el alcance de los servicios que presta la multinacional al gravar dicha actividad con tributos.

El TCA también consideró que es “harto dudosa” la existencia de renta de fuente uruguaya, ya que el capital de la empresa se sitúa en Holanda.

Para el Tribunal, la ley habilita con claridad al Poder Ejecutivo a establecer procedimientos para la determinación de las rentas brutas de fuente uruguaya, pero de ningún modo establecer la cuantía del tributo, lo que sí tiene que estar fijado en una ley. En este caso en concreto, advierte el Tribunal, el decreto cuantifica “ilegalmente” la cuantía del impuesto.

Con respecto al pago de IVA realizado por la multinacional de transporte, el TCA llegó a la misma conclusión. Dijo que la base de cálculo del IVA no surgió de una ley, sino que fue fijado en forma ficta en el decreto cuestionado por Uber. Por ende, el Tribunal declaró nulo ese decreto, porque el Poder Ejecutivo “excedió” las facultades que le otorga la normativa vigente.

La condena.

Luego de conseguir la anulación del decreto en el TCA, Uber se presentó ante el juez Waldemar Aguirre Daniele reclamando un millonario crédito a su favor.

La multinacional solicitó al magistrado que el Estado uruguayo le devuelva ese dinero en efectivo y no en certificado de crédito como pretende la DGI.

Uber también reclamó el pago de daños y perjuicios y los gastos en honorarios de un reconocido estudio jurídico que presentó la acción de nulidad ante el TCA.

En su escrito, la DGI señaló que no correspondía que se la condene a pagar en dinero con reajustes e intereses. De todas formas, la impositiva reconoció que Uber tenía razón y que existieron pagos indebidos por parte de la empresa al Estado uruguayo.

La DGI agregó que un informe del Departamento Jurídico del organismo solicitó la opción de que el pago a Uber se realice mediante un certificado de crédito no endosable.

De todas formas, la DGI dijo al juez Aguirre Daniele que ante una sentencia del TCA -que anuló el decreto del Poder Ejecutivo-, la administración debe acatar, apegándose a los criterios que establezca dicho fallo. Es decir, la DGI reconoció que a Uber le asistía la razón.

En su fallo, el magistrado advirtió que la sentencia del TCA anuló el decreto que violaba una regla de derecho y agregó que ello determinó su “inexistencia jurídica”, “su extinción retroactiva” y también “implica” una condena al Estado uruguayo, que es el autor de la norma derogada.

Es decir, tras la nulidad decretada por el TCA al juez Aguirre Daniele solo le correspondió amparar los daños reclamados por Uber como consecuencia del decreto anulado.

Como la DGI reconoció la existencia de un pago indebido y su monto, el magistrado debió analizar si correspondía que el Estado uruguayo pagara $ 93 millones con reajustes e intereses, más una indemnización por daño como planteó Uber.

Aguirre Daniele también debió estudiar si correspondía que la DGI pagara a la multinacional con un certificado de crédito y si se hacía lugar al pedido de Uber de que se le pague los gastos que afrontó con el representante legal.

En líneas generales, el magistrado acogió la demanda de la multinacional, que solo decidió bajar a la mitad el monto que se había establecido para pagarle a los asesores legales de Uber en Uruguay.

Demanda de choferes

Uber enfrenta en Uruguay un juicio de 29 integrantes de la agrupación Unidos -entre otros casos particulares-, por un monto de 15 millones de pesos. El abogado que representa a los choferes, Camilo Silvera, dijo que otros 10 permisarios “están en la gatera” esperando para dar el paso. Él está en comunicación con estudios de Francia y de Brasil, intercambiando estrategias de defensa.

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