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Tribunal desestimó demanda y Toma podría ir al TCA

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Miguel Ángel Toma llegando a la Torre Ejecutiva. Foto: Leonardo Mainé

SENTENCIA

Fallo hizo caer el recurso de amparo que el exsecretario de la Presidencia, Miguel Ángel Toma, presentó contra el presidente Lacalle Pou.

El 9 de diciembre de 2020 el Poder Ejecutivo inició un sumario al exsecretario de la Presidencia, Miguel Ángel Toma, por eventuales irregularidades en 14 misiones oficiales a Europa para asistir a juicios contra el Plan Cóndor y el arbitraje pedido por la minera Aratirí.

Toma presentó un recurso de revocación al sumario por entender que el presidente Luis Lacalle Pou lo prejuzgó al ser declaraciones en la prensa sobre sus viajes. Además, elevó a un juzgado de lo Contencioso Administrativo un recurso de amparo buscando tres propósitos: la suspensión transitoria de la decisión del gobierno que no hizo lugar a la recusación; que se le diera vista previa de las actuaciones y que se le diligenciara la prueba que él propuso en su defensa: y que el Ejecutivo no dictara resolución en el sumario en su contra hasta que se definiera la recusación. Ello significaba que el Poder Ejecutivo podía tramitar el sumario contra Toma pero no podía adoptar una resolución.

El juez de lo Contencioso Administrativo, Javier Gandini, hizo lugar a los tres pedidos de Toma. Y el Poder Ejecutivo apeló el fallo del magistrado.

En una sentencia fechada el lunes 26, el Tribunal de Apelaciones Civil de 7° Turno revocó la decisión de Gandini y desestimó en todos sus términos la demanda de Toma. Los ministros Edgardo Eitlin, María Cristina Cabrera y Beatriz Tommasino entendieron que suspender un acto administrativo del Poder Ejecutivo, como lo es un sumario, tenía naturaleza cautelar hasta que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) lo defina. Como el TCA no está actuando por la pandemia, la suspensión no tendría plazo.

El Tribunal también consideró que, al resolver sobre una acción de amparo, un Juzgado de lo Contencioso no puede ordenar al Poder Ejecutivo que tramite de una u otra forma un procedimiento administrativo.

De esta manera, el fallo del Tribunal le puso punto final al recurso de amparo presentado por Toma.

El Poder Ejecutivo tiene ahora hasta 150 días para resolver sobre el recurso de revocación presentado por el exjerarca.

Si no lo hace en ese plazo, acaecerá la denegatoria ficta. Toma podrá ir al TCA antes de los 90 días para pedir la nulidad del sumario resuelto en su contra.

Desde el Poder Ejecutivo se espera que Toma solicite al TCA dicha nulidad.

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