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¿Por qué se prohíbe en Uruguay la educación formal en los hogares?

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Los padres que deciden educar a los niños en casa son intimados por la Justicia. Foto: Estefanía Leal
M Estefania Leal Techera

ENSEÑANZA

Expertos señalan que la obligatoriedad va unida a concurrir a un centro.

La escolarización en el hogar o homeschooling es un proceso de formación educativa que es legal en varios países del mundo como Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Francia y Australia. Debido a la pandemia del covid-19, que provocó el uso extendido de la tecnología y la permanencia en el hogar, el número de padres que optan por esta corriente educativa para sus hijos aumentó significativamente

En Estados Unidos, por ejemplo, los niños escolarizados en su casa aumentaron del 5.4% en 2020 a 11.1% en 2021, según datos oficiales. El homeschooling también aumentó un 34% en Reino Unido de 2020 a 2022, tal como reportó la BBC y The Guardian.

Si bien este método alternativo tiene menos exigencias formales que la educación tradicional en una institución educativa, en varios países se exige que los padres cumplan con un plan de estudios (incluso un plan específico de escolarización en el hogar), se les hacen pruebas anuales a los niños o adolescentes y, por ejemplo, en Reino Unido se llevan a cabo inspecciones del Estado. La tendencia del homeschooling, así, se ve como una posibilidad de una educación adaptada a las necesidades particulares del niño.

¿Entonces por qué no es legal en Uruguay? La Ley General de Educación del 2009 establece la obligatoriedad de la educación inicial, educación primaria y la educación media básica y, asimismo, indica que “los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje”.

Con la Ley de Urgente Consideración (LUC), este artículo fue modificado y sustituido por el siguiente: “Es obligatoria la educación
inicial a partir de los cuatro años de edad, la educación primaria y
la educación media. Los padres, madres, o responsables legales de
niños, niñas y adolescentes, así como los educandos mayores de edad,
tienen el deber de contribuir al cumplimiento de esta obligación,
conforme a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 70 de la
Constitución de la República y las previsiones de la presente ley”.

Robert Silva, presidente de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), expresó: “En Uruguay la obligatoriedad va unida a la asistencia al centro”. Y hace luego referencia al artículo 16 del Código de la Niñez y la Adolescencia, en el que se señala que los padres tienen el deber de “velar por la asistencia regular a los centros de estudio y participar en el proceso educativo”.

Gonzalo Baroni, director nacional de Educación, se adhiere a las expresiones de Silva y añade a El País que “Uruguay no tiene posibilidad de llevar adelante el homeschooling aunque la Constitución lo posibilite, ya que no existe mecanismo de validación de saberes sin haber pasado por una institución formal en educación obligatoria”. Y sostiene: “Es una posibilidad de educación ajena al concepto educativo del Uruguay actual”.

Juan Pedro Mir, director de Educación en el último gobierno del Frente Amplio, presidente de Eduy21 y director del Colegio José Pedro Varela, también tiene una visión crítica con este modelo de educación. “El homeschooling lo que hace es reforzar los circuitos de fragmentación de las experiencias educativas de los niños y adolescentes en cualquier sociedad, pero particularmente en la nuestra”, la que él ya considera como “fragmentada”.

Argumenta que la educación tiene dos patas: la formación del niño y la formación del ciudadano, y “un ciudadano debe integrar la sociedad para el beneficio común”. Dice además que Uruguay tiene una “visión vareliana de la escuela como un espacio de encuentro público” y sacar al alumno de este espacio supone privarlo de herramientas y habilidades para insertarse en el mundo laboral y político. Por último, agrega: “Detrás del homeschooling se puede asociar que hay una revisión de la Convención sobre los Derechos del Niño porque no se termina de aceptar que es un sujeto de derecho y no es propiedad de la familia”.

Por otro lado, Rocio Schiappapietra, directiva de la Asociación Uruguaya de Psicopedagogía y docente en la Universidad Católica del Uruguay, dice a El País que “todas las personas tienen necesidades educativas diferentes” y por eso “hay que estar abiertos a estas propuestas porque no hay una respuesta única”. La secretaria de la directiva de Eduy21 puntualiza que este tema “invita a pensar en el rol de la familia en la participación educativa de los aprendizajes formales”. Sin embargo, esta especialista jamás lo ha pensado para Uruguay.

Un grupo de padres uruguayos eligieron la escolarización en casa para sus hijos -pese a que después fueron intimados por la Justicia- y conformaron un proyecto llamado “Amanecer”: acomodaron una de sus casas en Valizas (Rocha) para que sus hijos fueran educados allí. “Es un espacio libre en donde se da un aprendizaje integral, vivencial y práctico. Les damos la posibilidad de elegir qué quieren aprender y así nosotres poder observar y conocer sus gustos”, se expresa en un video grabado por estos padres.

Da Silveira apoyó a padres en su planteo

El ministro de Educación y Cultura, Pablo da Silveira, tiene años de preocuparse por este tema y razonar al respecto. De hecho, apoyó en 2014 a una pareja que se presentó en la Administración Nacional de Educación Pública para manifestar allí el deseo de educar a su hijo en su casa y no tras las puertas de una institución clásica.

“Por primera vez en el Uruguay contemporáneo está ocurriendo algo frecuente en otras partes del mundo: una pareja preocupada por la educación de su hijo decidió educarlo en casa en lugar de mandarlo a la escuela”, escribió en una columna de opinión en El País que publicó por aquellos días, cuando Da Silveira era académico y docente de la Universidad Católica del Uruguay.

En ese texto, el hoy ministro escribió que la pareja “recibió una respuesta feroz” por parte de las autoridades, dado que amenazaron con quitarle la patria potestad “por no cumplir con los deberes inherentes” a su condición.

El actual integrante del gabinete del presidente Luis Lacalle Pou argumentó en aquel texto que el artículo 70 de la Constitución declara obligatorias la enseñanza primaria y media, pero el artículo 68 afirma que “todo padre o tutor tiene derecho a elegir, para la enseñanza de sus hijos o pupilos, los maestros o instituciones que desee”.

Aclaración: En una primera versión de esta nota se citó el artículo n° 7 de la Ley General de Educación del 2009 para responder "¿Por qué se prohíbe en Uruguay la educación formal en los hogares?". Sin embargo, este artículo fue modificado y sustituido por el actual artículo 127 de la Ley de Urgente Consideración. A los involucrados y a los lectores las disculpas.

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