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Nueva normativa regula las aplicaciones de deliveries

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Los deliveries han tenido una notoria expansión, por la disminución de la movilidad y las restricciones al comercio. Foto: Marcelo Bonjour

TRANSPORTE DE ALIMENTOS

La Junta Departamental de Montevideo aprobó una nueva normativa que regula la comercialización y oferta de alimentos mediante aplicaciones de celular y plataformas web.

Siendo el sector gastronómico uno de los más golpeados por la crisis sanitaria, los deliveries han incrementado notablemente su participación en el mercado en los últimos tiempos. Frente a esta situación, la Junta Departamental de Montevideo aprobó una nueva normativa que regula la comercialización y oferta de alimentos mediante aplicaciones de celular y plataformas web. La misma prevé multas que van de los $ 2.500 a los $ 440.000.

Entre otras cosas, la normativa establece que será responsabilidad de las aplicaciones “que las ofertas que figuren en su medio electrónico correspondan a empresas alimentarias con habilitación vigente, no pudiendo mantenerlas activas en caso de clausura o falta de habilitación”. El texto legal alcanza a las etapas de distribución, depósito, exhibición, promoción, publicidad, venta y entrega al consumidor.

El decreto, aprobado por la Junta en su sesión plenaria del jueves, define los tipos de empresas involucradas en este ramo y exige, entre otras cosas, los registros correspondientes en el Servicio de Regulación Alimentaria de la IMM, el correcto rotulado de alimentos, y la clarificación de datos pertinente. Y fija sanciones por incumplimientos, tanto para los bares y restaurantes como para las apps de intermediación electrónica, con multas que van de las 2 y a las 350 Unidades Reajustables, y suspensión de la empresa por varios días o total, según el caso.

Registro obligatorio.

La normativa señala que se consideran “empresas de intermediación electrónica de alimentos” aquellas firmas tecnológicas que ponen a disposición medios para la comercialización de sus productos. Estas deberán registrarse previo al inicio de sus actividades.

Las empresas alimentarias que desarrollen plataformas o aplicaciones para su venta deberán declarar esta modalidad comercial ante el Servicio de Regulación Alimentaria de la Intendencia.

Toda empresa que comercialice electrónicamente comida pronta para su consumo deberá especificar en el medio que utilice los siguientes datos de sus empresas proveedoras de alimentos: razón social, dirección física y número de habilitación otorgada por el Servicio de Regulación Alimentaria de la IMM o de la intendencia del departamento en que se ubican.

A su vez, quienes comercialicen comida envasada por aplicaciones deberán proporcionar, en el medio electrónico donde efectúen la oferta, los datos que contenga el rótulo del alimento conforme a la normativa vigente y de forma fácilmente legible, no siendo suficiente un enlace a otra base de datos.

Un proceso de 2 años.

El decreto fue sancionado a propuesta de la Comisión de Legislación y Apelaciones de la Junta, que tomó de recibo los estudios realizados por una comisión de la Intendencia que se conformó en 2018 con el propósito de reglamentar la comercialización electrónica de alimentos, luego de que el Ministerio de Salud Pública diera cuenta al Servicio de Regulación Alimentaria de la IMM de brotes de enfermedades de transmisión alimentaria en la capital.

En la mayoría de los casos vinculados a estos padecimientos no se pudo ubicar el lugar de elaboración de los alimentos por la falta de datos en los medios electrónicos utilizados oportunamente (plataformas, aplicaciones o similares), mientras que en otros debió solicitarse orden de allanamiento para poder ingresar, por tratarse de un domicilio particular.

A raíz de tal problemática y en el marco de un notable fenómeno de incremento de la venta de alimentos en esta modalidad (principalmente con motocicletas y bicicletas), es que se hizo necesaria una normativa específica para definir tal canal de comercialización y establecer los requisitos de cumplimiento y las sanciones a aplicar en caso de infracciones.

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