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Inau cometió “violencia institucional” hacia mujer y su hijo recién nacido, según Inddhh

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Fachada del Institución Nacional de Derechos Humanos. Foto: Juan Manuel Ramos.
Sede de la Institucion Nacional de Derechos Humanos y Defensoria del Pueblo (INDDHH), ubicada en Bulevar Artigas 1532 entre Palmar y Gaston Ramon, en Montevideo, ND 20220728, foto Juan Manuel Ramos - Archivo El Pais
Juan Manuel Ramos/Archivo El Pais

DERECHOS HUMANOS

El fallo fue sobre una madre que reclama que dieron en adopción a su hijo a pesar de que no dio su aval

El Instituto del Niño y Adolescente de Uruguay (INAU) cometió “violencia institucional” hacia una mujer y su hijo recién nacido “dado que, sin contar con la manifestación expresa de voluntad de la madre implementó procesos de separación entre la madre y el hijo de forma precoz, no garantizando el derecho del niño a vivir con su familia biológica”.

Esa fue la conclusión a la que llegó la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) en su resolución del 30 de agosto pasado -aún con las anteriores autoridades-, luego de analizar la denuncia presentada por una mujer de unos 30 años donde relataba que al momento de nacer su séptimo hijo, en setiembre de 2019, el INAU había resuelto darlo en adopción aún antes de que diera a luz.

El 25 de mayo Búsqueda informó sobre el futuro incierto de un menor de tres años de edad, cuya situación generó visiones contrapuestas entre la Justicia y la Inddhh. Un mes y 19 días después de nacer, tras una instancia judicial, el niño pasó a manos de una familia adoptiva radicada en Durazno, pese a que su madre biológica no lo autorizó ni tenía intención de separarse de él.

La Justicia falló en dos instancias avalando la condición de adoptabilidad del niño, mientras que la Inddhh aseguró que hubo “violencia institucional” y defendió que debía priorizarse el vínculo con la madre biológica, ya que su “discapacidad intelectual” y vulnerabilidad social no la inhabilita a criarlo.

La situación es compleja. Tiempo atrás, la madre atravesó por momentos en los que ni siquiera tenía un techo para mantener a su familia, que la llevó incluso a ser ella quien golpeara las puertas del INAU para pedir que cuidaran a sus hijos porque no estaba en condiciones de hacerlo. En aquel entonces, no obtuvo respuesta y por un breve lapso vivió en la calle con sus hijos. También convivió con una pareja violenta. Y dos de sus hijas fueron ingresadas al Hospital Pereira Rossell tras una denuncia hecha en la escuela a la que asistían por llegar con signos de haber sufrido golpes.

En este marco, la mujer quedó embarazada de su séptimo hijo y por ello los informes que se fueron realizando durante el proceso en el Pereira Rossell planteaban que ella no estaba en condiciones de hacerse cargo de otro menor. Sin embargo, para el momento en que nació la mujer ya se había separado de su pareja y estaba en un proceso de mejora de su situación. Por ello reclama y desde su defensa entienden que los distintos organismos del Estado, pero en especial el INAU, no buscaron que la separación de la madre sea el último recurso.

En la resolución de la Inddhh, a la que accedió El País, se indica que “el trato recibido por parte del organismo hacia la persona denunciante y sus hijos, ha sido contrario a sus derechos e inverso a todas las obligaciones estatales en materia de derechos humanos”.

Y agrega que “la separación de la familia biológica (si la madre no manifiesta de forma expresa y por los canales correspondientes la voluntad de separación del recién nacido) podrá ser solamente la última respuesta del Estado, debiéndose demostrar que se hayan implementado previamente otros mecanismos de protección para sostener el cuidado y crianza del recién nacido a cargo de sus progenitores biológicos favoreciendo las condiciones adecuadas”.

Ante esta situación la Inddhh reclama al INAU que se brinde “efectiva asistencia psicológica a la madre y al núcleo familiar que les permita transitar esta situación de desvínculo generada” y que “se asegure el registro de la familia con la que vivirá el niño, de forma que pueda mantener el vínculo con sus hermanos y madre, de forma tal que garantice la posibilidad de conocer su identidad biológica (derecho a la identidad)”.

Este mismo organismo ya había emitido una resolución el 25 de abril de este año criticando de forma similar la actuación de los médicos en el Pereira Rossell.

Los informes técnicos que fueron presentados

En el expediente judicial está la resolución del Inddhh en la que advierte que los profesionales de ASSE cometieron “violencia institucional hacia la mujer” por haber manifestado a una persona embarazada “que el hijo que nazca no podrá vivir con ella sin que exista resolución judicial al respecto”. Y agrega que en los informes del Pereira Rossell se hace referencia “a que la madre es analfabeta, hecho que no necesariamente la inhabilitaría en su capacidad de maternar”.

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