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Ancap culpó al gobierno por no cumplir con Exor

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Impacto: entre 2013 y 2015 Ancap perdió US$ 499 millones por el tipo de cambio; en los dos años posteriores ganó US$ 25 millones. Foto: Fernando Ponzetto.

Judiciales

El ente apeló fallo que lo obliga a pagar US$ 5.630.000.

Ancap presentó un recurso de apelación al fallo del juez de lo Contencioso Administrativo, Carlos Aguirre Daniele, que condenó a Ancap a pagarle a la multinacional Exor US$ 5.630.000 e intereses por el incumplimiento de un contrato de intermediación con Petróleos de Venezuela (Pdvsa).

El martes 23, el expediente salió del Juzgado de lo Contencioso Administrativo y pasó a un tribunal de segunda instancia.

En un capítulo titulado "Responsabilidad del Poder Ejecutivo", los abogados de Ancap, Fiorella Borgarello y Bruno Sande, señalan que causa especial agravio al ente que el magistrado no ignora lo actuado por el Poder Ejecutivo en las negociaciones con Petróleos de Venezuela y Exor. No obstante, agregan, el juez "no asigna ninguna consecuencia jurídica" al Poder Ejecutivo, como "si ello resultara irrelevante a los hechos". Y agrega que, si el Poder Ejecutivo no hubiera intervenido acordando con su homólogo venezolano una operación diversa a la establecida por Ancap y Exor, presumiblemente el acuerdo celebrado entre estas últimas se hubiera ejecutado a satisfacción de las mismas.

Así las cosas parecería que lo negociado y acordado por ambos gobiernos no tuviera incidencia alguna en la forma en que se realizó la cancelación de la deuda, sostiene Ancap. "No obstante, se impone rectificar (en el Tribunal de Apelaciones) en dicho sentido revocando el fallo estableciendo la absoluta responsabilidad del Poder Ejecutivo, quien intervino en lo acordado entre las partes, Exor y Ancap, frustrando con su actuar toda posibilidad de exitosa ejecución", agrega el ente.

Acuerdo inexistente.

Borgarello y Sande entienden que la sentencia condena al ente al pago de "la multa pactada" por cuanto a lo que se pactó en el Acuerdo de Servicios es una liquidación anticipada de daños y perjuicios y no una sanción pecuniaria.

Ancap critica al magistrado porque este entendió en su sentencia que es la responsable exclusiva de la no ejecución del Acuerdo de Servicios, descartando "la incidencia determinante" de lo actuado por el Poder Ejecutivo en las negociaciones con el gobierno venezolano.

Los profesionales de Ancap sostienen que la ausencia del consentimiento de Petróleos de Venezuela determina que el Acuerdo de Servicios del 11 de diciembre de 2014 deba tenerse por no escrito, lo que el juez Aguirre Daniele "no tuvo en cuenta", aplicando dicho Acuerdo y generando un perjuicio para Ancap.

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