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No al plebiscito

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Analista racional | Montevideo
@|El plebiscito para reforma de la Constitución impulsado por el Pit Cnt y algunos partidos de la izquierda política del Uruguay – cuyo proceso de validación de firmas se encuentra en marcha – ha tenido difusión pública centrada en aspectos muy generales. Lo previsto en la respectiva propuesta se resume en lo fundamental seguidamente:

- Prohibición de los sistemas de ahorro individual con destino jubilatorio.

- Determinación de que ninguna jubilación ni pensión podrá ser menor al valor del salario mínimo nacional y establecimiento de que sus ajustes no podrán ser inferiores a la variación del índice medio de salarios y que se efectuarán en las mismas oportunidades en que se establezcan ajustes o aumentos en las remuneraciones de los funcionarios de la Administración Central.

- Las personas tendrán derecho al acceso a la causal jubilatoria común a los 60 años y 30 años de servicios, continuos o interrumpidos, sin perjuicio de las bonificaciones y sistemas de cómputos especiales que establezcan las normas y que resulten más beneficiosos para el trabajador.

- Las personas afiliadas al régimen de jubilación por ahorro individual vigente hasta la fecha se incorporarán al régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional con carácter retroactivo a la fecha de afiliación.

- Cesarán las actividades de las AFAPs en un plazo no superior a los 24 meses desde la vigencia de la potencial reforma.

- Se creará un fideicomiso de administración con la totalidad de los fondos acumulados en el régimen previamente mencionado, siendo el BPS el fideicomitente a cargo.

- Se pretende que la reforma no genere indemnización por lucro cesante a las AFAPs.

De lo expresado se desprende que:

- Aumentarán los egresos a ser desembolsados a futuro, sin generación de nuevas fuentes de ingresos. Destacados economistas de todas las corrientes políticas partidarias han manifestado su oposición a los cambios previstos, por ser imposibles de financiar.

- Se apropiarán los fondos de ahorros generados por los afiliados a las AFAPs. Este tema recoge opiniones contrarias de constitucionalistas y su efectivización podría llevar a reclamos de los perjudicados ante la Justicia uruguaya o ante organismos internacionales (como ocurrió en el caso de Argentina).

- Se desconoce la realidad incontrastable de la mayor longevidad de las personas y de su capacidad para desempeñar tareas laborales durante más años en virtud de la mejora de las expectativas de vida de los seres humanos.

Resumen: Es claro que los uruguayos no debemos acompañar la propuesta en cuestión, si es puesta a consideración de la ciudadanía.

La temática del sistema de previsión social debería ser objeto de análisis de los representantes de los votantes a través de los distintos partidos políticos, buscando vías de acuerdo sensatas, que luego pudieran convertirse en leyes.

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