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Infracción y guinchado

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@|El lunes 18 del corriente mes, estacioné mi coche (Fíat Tipo Matrícula Argentina UC 394 UK) en la calle Palmar al 2700, a 6 metros de la intersección con Brito del Pino, sin provocar ninguna obstrucción a garaje, ni de parada de bus y sin advertir un pequeño cartel que restringía el estacionamiento en un lapso horario. 

A las 21.20 mi auto no estaba en el lugar. Gracias a la solidaridad de vecinos, pude enterarme que el coche había sido guinchado y llevado a la calle Cuareim 2314. 

Debido a la destreza de un taxista, llegamos a 15 minutos del cierre del depósito de vehículos. Al ingreso, me informaron que la multa ascendía a $5500 y que solamente podía abonarla con tarjetas de débito o crédito uruguayas o en dólares de nuevo formato (es conocido que los dólares de antiguo formato tienen vigencia y validez). La situación no era operativa debido a que un turista extranjero posee tarjetas emitidas fueras de Uruguay, y que por diversas razones, no porta grandes cantidades de moneda nacional, ni dólares de nuevo diseño. 

Durante mi estadía, utilicé mis tarjetas de crédito para abonar todos mis gastos, pero estaba imposibilitado para pagar una multa. 

Vivo en Argentina, en la provincia de Entre Ríos, en varias ocasiones he visitado Uruguay, como turista, y en esta oportunidad, porque mi hija ha decidido residir en Montevideo.  

No puedo desdeñar mi responsabilidad en la infracción cometida, pero no era pertinente el guinchado, debido a que mi auto no se encontraba obstruyendo ningún espacio. 

Cuando llegué a la Playa de Custodia de la Cooperativa 31 de Enero, tuve la sensación de que todo conformaba una maniobra recaudatoria, con un diseño poco amigable, con obstáculos inaceptables para el pago. Acuerdo con las normativas y con la penalización de las contraversiones, pero sugiero perfeccionar el sistema que, por lo expuesto, carece de operatividad.

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