Noticias de Código penal
SEGUIR Leonardo Guzmán Introduzca el texto aquí El Uruguay siempre tuvo vocablos muy precisos para definir y condenar los abusos con el dinero del Estado. El Uruguay siempre tuvo vocablos muy precisos para definir y condenar los abusos con el dinero del Estado. En el Código Penal, cohecho; en la calle, coima. En el Código Penal, colusión; en la calle, apropiación o robo. En el Código Penal, conjunción de intereses; en la calle, implicancia -una palabra inexistente en español, que hace más de medio siglo la Real Academia nos hizo el honor de registrar como uruguayismo, y que por su sola existencia daba prueba de la alta sensibilidad con que, en la República, supimos colocar límites en la ley y en el discurrir de Estado. Todas esas distinciones hoy se engloban en la voz “corrupción”, multiuso. Como una interjección la aprovechan los demagogos que explotan utopías: tanto los que multiplican al infinito sus promesas endiosando al Estado como los que prometen la felicidad soñando el imposible de entregarle todo al mercado. Pese a ser antigua e hispanísima y latina, esta “corrupción” que hoy domina los títulos mundiales -a los que la región aporta nombres como Kirchner, Lula y Temer- nos llega por calco del inglés. Allí desvanece los distingos: corrupción es una palabreja genérica que instala una preocupación también genérica. Pero vamos: a pesar de que nos mete imprecisión, bienvenida sea, en la medida que sirva para sacudir la pereza cívica y para distinguir entre la ley y el delito, entre el funcionario honorable, cuidadoso del erario, y el que usa su empleo para medrar y enriquecerse a sí o a los suyos. Bienvenida sea, si es útil para acabar con las disciplinas partidarias que paralizan comisiones investigadoras para arropar impresentables calidad Sendic. Bienvenida sea, si nos sensibiliza a todos al imperio del Derecho. Aclaremos: ese bien es posible, pero a condición de darnos cuenta de que los actos de corrupción no se dan sólo en tales o cuales caras visibles sino en un entramado de mezquindades anónimas que generan cotos de caza de íntimos. Y sobre todo, a condición de saber que la ética política jamás podrá reducirse a un código de prohibiciones. La moral pública de una democracia no se sostiene con sólo perseguir a los que vayan prendidos en licitaciones amañadas o paguen con plata del Estado sus compras de supermercado. Eso está en los reglamentos, las leyes orgánicas y el Código Penal, pero tales normas jamás van a bastar para garantir la ética política, que no consiste sólo en la lista de lo vedado sino en la creatividad límpida y constructiva llevada hasta más allá de lo imaginable en circunstancias imprevistas. ¡Y eso es lo que nos hace falta para salvar al país de su decadencia! Ético-política fue la visita de Luis Batlle Berres al Ministro de Hacienda Ferrer Serra para enfrentar en 1963 la crisis del dólar. Ético-político fue Wilson Ferreira Aldunate dando gobernabilidad tras perder elecciones preso. Ético-político fue Seregni, al salir sin odios de una década de cárcel. Y ético-político fue Jorge Batlle cuando, con las arcas vacías y cundido de apremios, se plantó sobre su dignidad de gobernante y le evitó al Uruguay la quiebra -el default- a que lo empujaban de afuera y de adentro. En el Uruguay de moral viva -Rodó, Vaz Ferreira y su pléyade de discípulos- no hacen falta más códices medievales. Lo que se necesita es recuperar las dimensiones del alma que el voto pronuncia y de las almas que al voto respondan.
SEGUIR Leonardo Guzmán Introduzca el texto aquí Que el Derecho no se detiene ha venido a confirmarlo el estallido, en plena Feria, de una indagación que puso a la vista más de una docena de partícipes en abigeato. Impactaron sus nombres. Pero más estremeció que en varios casos hubo arreglo en pesos, el Fiscal no impulsó el trámite y quedó sin aplicarse la pena con que la ley castiga el robo de semovientes y colmenas. Sustraer animales de cría es viejo como el mundo. El nombre de esa inconducta proviene del latín de hace 20 siglos, donde "abigere" ya significaba sacar ganado, tropearlo y robarlo. Curiosidad: el Diccionario de la Lengua Española indica que "abigeato" es vocablo que se usa en "Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay", denotando que no es palabra que se emplee en España. Quiere decir que es una voz latina que, por fuera de la Madre Patria, se saltó dos milenios y el Océano Atlántico para tipificar un delito que es harto frecuentado desde el Río Bravo a Tierra del Fuego. No como un concepto de cátedra. Como un hecho. Con el avance de la tecnología y las facilidades para el transporte, el abigeato proliferó. En respuesta, la legislación —arts. 258 y 259 del Código Rural— fue cada vez más severa. En el texto primitivo —1941, firmado por el Presidente Baldomir—, remitía a las penas estándares del Título XIII del Código Penal, Delitos contra la Propiedad. La ley 17.826 —2004, firmada por Batlle— elevó el máximo al imponer a los abigeos "tres meses de prisión a seis años de penitenciaría" —eso sí, autorizando medidas sustitutivas para la prisión. La ley 19.418 —2016, firmada por Vázquez— suprimió las medidas alternativas y le impuso al encubrimiento de abigeato y a la receptación de animales una pena "igual" —¡hasta seis años de penitenciaría!— que la dispuesta para el robo ganadero. Esta evolución legislativa hacia la severidad se ha visto burlada. Tan luego entre gente que no proviene de un contexto crítico, en vez de imponer el cumplimiento sin murmuraciones de la norma penal de orden público, al egoísta apurado se le ha dicho que trampear en los negocios puede ser rentable y que no hay peligro penal porque al final todo se arregla. Al ladronzuelo de la calle se le ha proveído argumentos para que no le tema a la ley. Y al ciudadano de a pie, fuente nutricia del sentido común, se le ha mostrado que el Derecho Penal hoy dejó de ser imperativo, carece de principios y recae sobre intereses que se apalabran y se coaccionan en trastiendas, llevando a las audiencias acuerdos ya hechos, para que el Juez —sin los antecedentes y sin protagonismo— controle sólo aspectos formales de "transacciones" impuestas bajo amenazas y, al final, todo desemboque en impedir que los interesados y la opinión pública lleguen a establecer la verdad, cuya averiguación ha dejado de ser judicial. Esto es consecuencia de haber aprobado —con el voto enceguecido de todos los partidos— un nuevo Código del Proceso Penal que, además de todas las fallas que se le han anotado públicamente, se usa como herramienta para que las leyes sustanciales dejen de aplicarse derechamente. Viviendo en la desprotección de bienes y valores, mensajes de esta laya profanan al Derecho y ofenden nuestra conciencia social de lo justo. Lo cual nos impone una respuesta republicana muy por encima de lemas y banderas.
CÓDIGO PENAL En el FA aseguran que no se necesitará nueva postergación. Cuando falta poco más de un mes para que cobre vigencia el nuevo Código General del Proceso (CPP), hay algunas dudas en la oposición de que se llegue en tiempo y forma con la aprobación de varias iniciativas que están a estudio del Senado y la Cámara de Representantes. De todas formas, desde el oficialismo la senadora Constanza Moreira, que preside la comisión que estudia una de esas iniciativas, aseguró a El País que da "garantías" de que no se necesitará una nueva postergación —sería la segunda— de la entrada en vigor del nuevo CPP. "El 1° de noviembre comienza a regir sí o sí", aseguró la senadora. Ayer la comisión de Constitución y Legislación del Senado analizó un proyecto que contiene insumos diversos para el funcionamiento del CPP. Pero esta iniciativa debe ir todavía a la Cámara de Representantes. Teniendo en cuenta que esto ocurrirá alrededor del 10 de octubre, desde la oposición se tienen dudas de que los tiempos alcancen. En la comisión se estudian algunos pequeños ajustes pedidos por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y las modificaciones del régimen procesal penal para menores y adolescentes. "Son ajustes finales", dijo Moreira. Además, el martes 3 de octubre se convertirá en ley el proyecto que tipifica el "femicidio" como agravante de un asesinato. Diputados le hizo algunos cambios y ese día en el Senado se aceptarán y se cerrará la discusión.