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La estrategia que ha seguido Uruguay para enfrentar los arbitrajes internacionales: desde Philip Morris a Pluna

Ante la pérdida del caso Pluna, el “suspenso” por Aratirí y otros riesgos que presenta el plebiscito que busca eliminar las AFAP, la defensa del Estado se vuelve a poner sobre la mesa.

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Desde el caso Philip Morris, con fallo favorable para Uruguay, el Estado ha sido representado por el estudio internacional Foley Hoag.
Desde el caso Philip Morris, con fallo favorable para Uruguay, el Estado ha sido representado por el estudio internacional Foley Hoag.
Foto: Canva

Uruguay ya ha enfrentado diferentes casos de arbitrajes de inversión en los que tuvo resultados favorables, uno en contra y otro que aún se puede considerar en espera. Si bien ya no quedan países en la región que no hayan sido “bautizados” con alguno de estos casos, la forma en que se defiende el Estado uruguayo difiere del resto. ¿Cómo se conforma la defensa del país ante casos de arbitrajes de inversión internacionales?

En el último tiempo la litigiosidad de estos casos aumentó, según habían explicado desde Ferrere Abogados a El País -firma que participó en la representación de la demandante panameña Latin American Regional Aviation Company Holding (Larah) en el caso Pluna contra Uruguay-.

Asimismo, la socia de la firma, Sandra González, sostuvo que este tipo de disputas internacionales son cada vez más frecuentes, debido a la globalización y el flujo de inversiones internacionales, y “habría que pensar que va a continuar”.

En un arbitraje de inversión internacional, el inversor suele reclamar por la expropiación directa o indirecta (una combinación de medidas que tienen efecto expropiatorio) de su inversión, o que no tuvo un trato justo o equitativo, donde se violan determinados tratados de inversión entre países mediante los cuales se otorgan protecciones recíprocas a sus inversores con el objetivo de atraer la inversión extranjera.

Previo al caso Pluna, por motivos de fondo o por jurisprudencia, los fallos decretados por los tribunales internacionales en casos de arbitraje de inversión contra Uruguay, trazaban un camino de resultados favorables para el país, hasta el último dictamen referido al accionar del gobierno de José Mujica en 2012 contra Pluna, con el que se perdió el invicto.

Según el fallo al que accedió El País, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial entendió que Uruguay tuvo actuaciones “inconsistentes, imprudentes e irracionales”. Con este dictamen, el Estado deberá pagar US$ 56 millones en principio.

No obstante, con el primer caso en este siglo al que se enfrentó Uruguay, había trazado un camino de resultados favorables hasta este último.

En 2010, la tabacalera Philip Morris inició un arbitraje contra Uruguay por US$ 25 millones, por las medidas antitabaco aplicadas por la entonces administración de Tabaré Vázquez, bajo el tratado bilateral de inversiones (TBI) ratificado con Suiza. Esto fue desestimado por el fallo arbitral tras considerar que se trataba de medidas ajustadas al mismo.

Los Estados, ante un arbitraje de inversión, suelen defenderse con abogados internos, la tercerización de su representación en firmas internacionales de prestigio y experiencia en estos casos o la tercerización en una firma internacional con una coordinación interna activa, según explicó el socio de Guyer & Regules, Carlos Brandes.

Uruguay, desde el caso de 2010, ha optado por esta última estrategia en los casos internacionales en que ha participado -el caso contra Argentina por el corte de los puentes, Philip Morris, Italba, Aratirí o Pluna-. Para esto, siempre contrató al mismo estudio internacional, al que se le reconocen “muy buenos resultados”.

Mientras que el estudio contratado para la representación del Estado uruguayo ha sido el Foley Hoag de Estados Unidos, que se especializa en este tipo de contiendas, la coordinación local a recaído en Presidencia.

En este sentido, el socio de Brum Costa Abogados y exprosecretario de la Presidencia entre 1999 y 2005, Leonardo Costa, señaló que “normalmente” como las sedes de las cortes internacionales en los que se llevan este tipo de demandas se encuentran en Estados Unidos o La Haya (Países Bajos), se requiere de un estudio jurídico en el exterior, por el propio expertise en la materia que requieren los arbitrajes internacionales.

Hay arbitrajes que se basan en “cuestiones jurídicas solamente”, explicó, y otras por jurídicas y equidad, es decir que se estudia la conducta que tuvo el Estado para con el inversor y si este fue equitativo, razonable, entre otros puntos.

Asimismo, destacó que en Uruguay no se cuenta con el concepto de “abogacía del Estado” por lo que cada organismo público se encarga de su propia defensa. No obstante, por los tiempos que implican las demandas en materia de arbitrajes internacionales, el expertise requerido y las elevadas cifras que se tratan, de la coordinación se encarga Presidencia., usualmente bajo la órbita de su Prosecretaría.

Por su parte, los abogados de Posadas, Posadas y Vecinos, Valeria Techera y Emiliano Opertti, señalaron que la designación de un estudio en el exterior también sucede por la baja cantidad de casos de inversiones a los que se ha enfrentado Uruguay -no alcanza a uno por año- ya que el país “respeta a los inversores extranjeros”.

Por otra parte, así como tras el caso Pluna se cuestionó en la esfera pública la incidencia de las cortes internacionales en la soberanía del Estado -no siendo la política pública el foco de la demanda, sino del trato Estado hacia el inversor en función de los acuerdos a los que se comprometió previamente- también se apuntó a la defensa y procesos de elección de los árbitros.

Sobre esto último, González explicó que, dentro de los diferentes procesos de elección de los árbitros, se suele acordar un procedimiento. De este modo, cada parte elige al propio y luego, para la selección del tercer árbitro, el proceso más frecuente es que la institución o las partes confeccionen una lista de personas, el demandado y el demandante elimine cada uno a un árbitro propuesto y luego se les ordene en una clasificación, resultando seleccionado aquel con mayor puntaje.

Hay otro tipo de defensa en la región

¿Sería eficiente contar con una Procuraduría General de la Nación?

Con diferencia de la estrategia utilizada por Uruguay a la hora de defenderse, en la región se encuentran organismos comprendidos bajo el concepto de “abogacía del Estado”.

Estos organismos suelen conocerse como Procuraduría General o Nacional y tienen entre sus cometidos la defensa del Estado -o funcionarios públicos- ante juicios y arbitrajes internacionales y nacionales. Además, se encuentran bajo el Poder Ejecutivo y no el Judicial, como es la Fiscalía General de la Nación, organismo existente en Uruguay.

En el caso de Argentina, sus abogados adquirieron experiencia debido a la cantidad de arbitrajes internacionales que tuvieron, a diferencia de la situación uruguaya que no cuenta con tal volumen de estas demandas.

Un organismo que centralice la defensa del Estado, requeriría un presupuesto “permanente y elevado”, además de requerir la contratación de abogados con experiencia internacional -que Uruguay tiene e incluso trabajan en firmas internacionales- que, según señalaron, podrían encontrar a la remuneración como un “problema” para atraerlos.

En tanto, hay otra “discusión” sobre la necesidad de contar con una abogacía del Estado que se ocupe de los casos nacionales, ya que estos son “muchísimos”. En este sentido, señalaron que, de plantearse un organismo de este tipo, debería ocuparse de la coordinación de las defensas y no de su centralización, ya que cada organismo cuenta con su propio departamento jurídico como el expertise de su sector.

Asimismo, sostuvieron que la centralización de la defensa podría propiciar mayor “burocracia”, requiriendo que se deban solicitar antecedentes y documentación, pudiendo dificultar la defensa.

Sin embargo, González señaló que si bien puede existir el “temor” al aumento de la burocracia, no se debe descartar una solución que busca “cierta eficiencia”, ya que algunos puntos de interés nacional puedan beneficiarse de una coordinación o voz “única”. Además, destacó que los países que cuentan con una abogacía del Estado, procuran estabilidad al continuar una misma coordinación de los casos a pesar del cambio de períodos de gobierno.

Torre Ejecutiva
Torre Ejecutiva.
Foto: Leonardo Mainé
Casos Significativos

El retiro de un integrante

Si bien la estrategia de la defensa de Uruguay ha permanecido durante los diferentes casos que ha enfrentado, en el de Pluna hubo una variante. En los casos de Philip Morris, el de las papeleras ante La Haya y otros, había actuado por Foley Hoag uno de los abogados más reconocidos en la materia, Paul Reichler, quien en 2023 se retiró de la firma internacional que representaba al Estado uruguayo, para unirse a 11 King’s Bench Walk, un despacho de abogados con sede en Londres. Reichler se hizo conocido por ganarle en La Haya a Estados Unidos, defendiendo a Nicaragua, por el apoyo a las operaciones de las fuerzas paramilitares contrarrevolucionarias, conocidos como los “contras”.

El fallo a favor por jurisdicción

En 2016, la empresa de telecomunicaciones estadounidense Italba Corporation, proveedora de servicios de banda ancha satelital, inició un arbitraje contra Uruguay bajo el TBI con Estados Unidos, como consecuencia de la revocación a la autorización que tenía Trigosul S.A -su empresa subsidiaria en Uruguay- para prestar servicios de transmisión de datos y líneas digitales inalámbricas. A diferencia del fallo en el caso de Phillip Morris, el Ciadi se inclinó a favor del Estado uruguayo y se basó en cuestiones de jurisdicción, rechazando el reclamo de la empresa por US$ 100 millones y, además, la condenó a reembolsar al Estado casi US$ 6 millones por los costos del juicio.

Aún en suspenso por Aratirí

En 2017 la minera Aratirí, empresa subsidiaria uruguaya del grupo Zamin Ferrous, anunció que demandaría a Uruguay ante la Corte Permanente de Arbitraje (CPA) por US$ 3.356 millones por considerar que el Estado uruguayo había modificado las reglas de juego con las que este grupo iba a realizar la extracción de hierro en la zona de Valentines. En 2020, el tribunal arbitral del caso falló a favor de Uruguay, tras resolver la falta de jurisdicción, pero la empresa pidió la revisión del laudo a la Corte de Apelación de París, que en 2023 anuló el fallo favorable para el país. Ante la anulación, los demandantes podrían comenzar un nuevo arbitraje contra el Estado uruguayo.

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