OSE reclamó más de un millón de pesos al Club Progreso

La jueza resolvió desestimar la acción de prescripción planteada por la entidad deportiva.

14/03/2023, 04:00
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El Club Atlético Progreso supo conocer la gloria. En 1989, de la mano del director técnico Saúl Rivero y de los recordados jugadores Pedro Catalino Pedrucci, Johnny Miqueiro y Próspero Silva, entre otros, el club salió campeón uruguayo. En 2020, bajó a Segunda División, siendo el la institución con más años (105) de esa categoría.

Hoy la realidad es otra y Progreso enfrenta una demanda judicial iniciada por OSE en reclamo de una deuda por “consumo de agua y otros servicios, facturados en el mes de diciembre de 2007”, según señala una sentencia interlocutoria firmada el pasado jueves por la jueza Civil de 11° Turno, Lola Gómez.

El concepto interlocutoria significa que la magistrada analizó una cuestión de forma -eventual prescripción de la deuda- y no si Progreso debe a OSE por consumos de agua.

El fallo de la jueza Gómez, al que accedió El País, explica que la deuda surge de un convenio de pago firmado por el Club Progreso el 18 de diciembre de 2007 por una suma que ascendía a $ 1.234.002 (US$ 57. 395 al tipo de cambio de ese día), más los intereses de financiación.

En el acuerdo, Progreso pactó una entrega inicial de $ 25.000 con la firma del documento y 35 cuotas por un valor de $ 6.000 y otra cuota de $ 999.002 que incluía el saldo remanente a financiar.

Sin embargo, dice la jueza, “la deuda es exigible cuando el deudor (Club Progreso) no paga, circunstancia que se verificó el 18 de diciembre de 2010, al vencimiento de la última cuota del convenio (...). El demandado no ha alegado ni probado que se haya saldado la deuda”. Por tanto, expresa la magistrada, OSE accionó la demanda luego de un contrato firmado por el Club Progreso y agregó que debía analizar si la deuda prescribió o no.

Según la jueza Gómez, los 10 años de prescripción de la deuda comenzaron el 18 de diciembre de 2007. A esos 10 años hay que sumar otros períodos de tiempo por la aplicación de un artículo de una ley y ferias judiciales decretadas por la Suprema Corte de Justicia durante la pandemia. Es decir, la prescripción de la deuda venció recién el 21 de diciembre de 2022.

La demanda de OSE se presentó el 8 de septiembre de 2022, lo que “descarta” la acción de prescripción presentada por el Club Progreso, dice la jueza. Por ello, la jueza resolvió desestimar la acción de prescripción planteada por la entidad deportiva.

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