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Interior inicia juicios por US$ 250.000 a policías

Medida. La cartera quiere resarcirse de demandas perdidas

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EDUARDO BARRENECHE

Un peatón asesinado por un policía. Un director de la banda de música de Bomberos que no cobró sueldos. Un hincha malherido por un agente. Y un bombero borracho que destrozó un auto. Por estos casos el Estado pagó miles de dólares.

Ahora el Ministerio del Interior pretende resarcirse de las sentencias condenatorias por la acción de funcionarios negligentes. El Ministerio del Interior iniciará reclamos judiciales por US$ 250.000 contra cuatro funcionarios policiales que originaron las demandas.

Las acciones de repetición, las que el Ministerio del Interior envió al Tribunal de Cuentas para su análisis, muestran que la cartera tiene pocas posibilidades de resarcirse, ya que los demandados son personal de rango medio o subalterno con excepción de un oficial superior que oficiaba de asesor jurídico de Bomberos.

La primera demanda la iniciará el Ministerio del Interior contra un oficial que baleó a un hincha de fútbol. Los abogados de la cartera esgrimen la figura legal establecida en el artículo 25 de la Constitución de la República: "Cuando el daño haya sido causado por sus funcionarios, en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de ese ejercicio, en caso de haber obrado con culpa grave o dolo, el órgano público correspondiente podrá repetir contra ellos, lo que hubiere pagado en reparación".

El 7 de noviembre de 1999, Carlos Fabián Martínez Tessore salía del Estadio Centenario cuando recibió un disparo de bala por parte de un oficial policial. El balazo dejó inválido a Martínez Tessore.

El 22 de octubre de 2004, el lesionado y su familia obtuvieron una sentencia favorable en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo que condenó al Ministerio del Interior a abonar a los demandantes la suma de US$ 123.000 por concepto de daño moral, daño emergente y lucro cesante.

El Ministerio del Interior apeló y obtuvo una sentencia desfavorable en segunda instancia aunque la misma redujo el monto de la condena. El caso pasó a la Suprema Corte de Justicia y el Ministerio del Interior volvió a perder.

El 17 de julio de 2006, la Contaduría General de la Nación dispuso la transferencia de US$ 96.250 y $ 727.540 para cumplir con la sentencia condenatoria. Posteriormente, el Ministerio del Interior dio de baja al funcionario acusado tras un sumario. Además, el policía fue condenado por la Justicia Penal a tres años de penitenciaría como autor de un delito de lesiones gravísimas.

Para el Tribunal de Cuentas, la cartera puede accionar contra el policía condenado.

La segunda demanda prevista por el Ministerio del Interior está relacionada con un homicidio cometido por un funcionario policial el 18 de julio de 2004. El Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 2° Turno condenó al Ministerio del Interior al pago de US$ 94.000 por concepto de daño moral y $ 60.000 por daño patrimonial actualizados desde el momento de la demanda.

En sede penal, el policía fue condenado por homicidio a una pena de nueve años de penitenciaría. Tras ser dado de baja, el Departamento Jurídico del Ministerio del Interior concluyó el 27 de abril de 2010 que el funcionario incurrió en "culpa grave" y que resulta "procedente" la iniciación de una acción de repetición respecto al pago efectuado por la cartera en el cumplimiento de una sentencia. El Tribunal de Cuentas coincidió con dicha resolución

BOMBEROS. La tercera demanda de repetición ya elaborada por el Ministerio del Interior es contra un ex asesor jurídico de Bomberos por no actuar en forma eficiente ante una demanda laboral. Durante seis años, un músico se desempeñó como director de banda e instrucción de los bomberos, durante los cuales no percibió remuneración por esa tarea.

Una sentencia en primera instancia condenó en 2005 al Ministerio del Interior al pago de las retribuciones al músico en el período marzo de 1997 a abril de 2002.

La resolución del Ministerio del Interior señala que quien tenía a cargo la defensa del Estado era un abogado con el grado de Inspector General que oficiaba de asesor jurídico de Bomberos.

Según el Ministerio del Interior, dicho asesor debió de haberse informado sobre la incorporación del director de la banda de Bomberos. También advierte que "hubo desinterés" del Estado en el proceso, ya que el abogado no contestó la demanda del músico y no asistió a las instancias judiciales. Es decir, no compareció a la conciliación con el músico demandante y no concurrió a parte de las audiencias complementarias. Además renunció a la apelación. El Tribunal de Cuentas consideró que el Ministerio del Interior no puede instrumentar una acción de repetición contra el asesor jurídico, ya que su negligencia afectó al director de la banda y no al Estado en forma directa. El Tribunal de Cuentas sí advierte que el Estado podría demandar al asesor por responsabilidad civil.

En cambio el Ministerio del Interior tiene las manos libres para iniciar una demanda de repetición contra un chofer de una autobomba de Bomberos, quien colisionó con otro auto por manejar ebrio el 22 de noviembre de 2004. La Justicia condenó al Ministerio del Interior a pagar US$ 13.383 y $ 21.708 por concepto de daño moral, lucro cesante y daño emergente. El Tribunal de Cuentas consideró que el Ministerio del Interior puede iniciar la acción de repetición contra el funcionario negligente. Este fue dado de baja.

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