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Cárcel sin rejas

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"Aprender se aprende", dice Fernando, penado por haber manejado alcoholizado.
Jorge Japo Rodriguez y otros 8 procesados con medidas alternativas, realizando trabajo comunitario en la Pza. Matriz, Mvdeo., ND 20131012, foto Ines Guimaraens - Archivo El País
Archivo El País

Las medidas alternativas a la prisión, como el trabajo comunitario, se usan cada vez más como consecuencia de la ley de faltas. Sin embargo, los jueces penales no siempre las consideran como opción y el Ministerio del Interior les insiste, pero ellos tienen sus motivos.

Fernando Benítez salió en su moto aquella noche de agosto, en Tacuarembó. Se reunió con unos amigos y tomó poco más que un litro de cerveza. Cuenta Benítez que en las ciudades del interior generalmente los conductores andan alcoholizados sin que los sancionen, pero distinto es cuando van por carretera. Y eso fue lo que le sucedió a él: tuvo que cruzar la ruta 5 y transitar por allí dos cuadras para llegar a su barrio. Solo dos cuadras, repite. Iba con casco y chaleco reflector, y no había cometido ninguna infracción, pero los inspectores lo detuvieron para hacerle el examen de alcoholemia. Y le dio positivo, claro. No recuerda cuántos gramos de alcohol tenía en la sangre, pero —seguro— los suficientes.

Le sacaron la libreta por seis meses y además le dijeron: "Tal vez te llamen del juzgado". Benítez oyó pero no reaccionó. Hasta que un mes después recibió la llamada anunciada y debió presentarse en el juzgado de Tacuarembó.

En el citatorio le asignaron un abogado de oficio que apenas sabía su nombre. Delante del juez, le preguntó: "¿Fue la primera vez?", a lo que él respondió que sí. Ese fue el único intercambio con el abogado. Pocos minutos después, el juez dictaminó que debería cumplir 14 horas de trabajo comunitario como pena por la falta cometida.

Enseguida lo llamaron desde la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA), una dependencia del Instituto Nacional de Rehabilitación que depende del Ministerio del Interior y se ocupa de ejecutar las medidas alternativas a la prisión. Le asignaron tareas de limpieza, mantenimiento y servicio en una escuela de Palermo, en Montevideo.

"Fue todo expeditivo. Estaba todo programadito", dice Benítez, un guardia de seguridad de 28 años. Pero eso, que referido al Estado podría sonar como un elogio, él lo ve como un problema porque en ningún momento nadie se detuvo a explicarle lo básico: qué es una falta, cuál es la diferencia con un delito, si le quedarán antecedentes y qué consecuencias puede llegar a tener. Benítez reconoce que no tenía idea de que hubiera una ley de faltas. "Yo pensé que ya no existía el trabajo forzado", dice sin ironía.

Ayer fue el quinto y último día de trabajo comunitario para Benítez. A las 10:00 se cumplieron las 14 horas, y 10:03 abrió la puerta de la escuela para no volver.

—¿Qué se siente?

—Alivio.

La experiencia fue buena, dice. Solo tuvo contacto con cuatro personas: dos hombres que cumplían medidas alternativas, aunque por delitos y no por faltas; la directora, que al salir cada día le hacía firmar una planilla; y una cocinera malhumorada que le asignaba las tareas y que al final le reconoció que fue "el más respetuoso de todos" los que pasaron por allí.

Dice Benítez que le gustó haber trabajado para niños, "lavándoles las tazas, barriéndoles el patio". Pero igual hubiera preferido pagar una multa con tal de evitarlo. El tiempo de trabajo comunitario le impidió hacer horas extra como guardia y reparaciones de teléfonos, tareas con las que complementa sus ingresos. En el trabajo no contó nada; le dio "vergüenza".

Uno de sus compañeros de jornada había robado un auto; el otro había destruido la base de datos de una empresa que había resuelto no contratarlo para un empleo. "No hay una graduación, me sentí un delincuente más", se queja.

Lo que no puede negar es que la función de la pena se cumplió a la perfección: hoy cree que jamás volverá a tomar y manejar. Incluso asegura que esto le ha quitado las ganas de ingerir alcohol en general. "Aprender, se aprende", concluye.

Un antes y un después.

Desde agosto de 2013, cuando se aprobó la ley de faltas, la OSLA ha sido testigo de un crecimiento progresivo de la aplicación de tareas comunitarias. Según cifras de esa oficina, en estos dos años y dos meses han pasado por allí 4.785 personas penadas por esa norma. Unas 184 al mes.

Las faltas que se sancionan van desde conducir alcoholizado hasta ocupar indebidamente espacios públicos, provocar disturbios, mendigar abusivamente u obligar a niños a pedir dinero, arrojar basura en la calle o incendiar contenedores.

Los casos prácticamente se duplicaron del año pasado a este. En junio de 2014 había, de acuerdo a información de OSLA publicada por El Observador, 674 personas cumpliendo tareas por una falta. A octubre de 2015 esa cifra asciende a 2.120.

"La ley de faltas es la vedette", decía en 2014 la entonces directora de la OSLA, Sandra Alonso. A tal punto lo es, que la oficina debió crear un "dispositivo" aparte para poder dar cumplimiento a las especificidades que demandan las penas por ley de faltas: son medidas cortas, que van de los siete días a los 30, que requieren una intervención rápida y una coordinación ágil con las instituciones receptoras del trabajo. Quienes se ocupan de eso en el interior son las jefaturas de Policía.

El crecimiento de la aplicación de la ley de faltas es dispar. Los departamentos en los que se registran más derivaciones a la OSLA son Maldonado, Montevideo y Canelones. En Artigas, Treinta y Tres y Rivera, en tanto, la aplicación es mucho menor. En Artigas, incluso, hubo solo tres personas castigadas desde agosto de 2013 hasta ahora. En la OSLA tienen planeado viajar a ese departamento para conversar con los jueces y buscar soluciones.

Pero mientras la demanda a la OSLA por la ley de faltas ha crecido, el uso de las tareas comunitarias como medida alternativa a la prisión para quienes cometen delitos se ha estancado.

De los casos que actualmente están en la órbita de la oficina, el 90% son personas que cometieron una falta. Los jueces penales son responsables solamente del 10% restante. Hoy hay 115 personas que cumplen arresto domiciliario o medidas curativas (como por ejemplo, hacer un tratamiento de rehabilitación por consumo), y 118 que realizan tareas comunitarias como medida alternativa a la prisión.

Gustavo Belarra, sociólogo y subdirector del INR, es consciente de esta situación. Belarra no tiene datos que puedan demostrarlo, pero su percepción es que en los últimos años las medidas derivadas por juzgados penales se mantuvieron "estables". Y eso le preocupa porque, dice, "las medidas alternativas a la prisión reducen las consecuencias negativas que puede tener el encierro".

"El pico ha sido la ley de faltas, es un antes y un después para la oficina, y entendemos que ha ido acompañando los cambios legislativos. Pero con las penas alternativas creemos que tenemos capacidad para recibir mayor demanda de los jueces. Y nos gustaría que los magistrados que lean el artículo nos llamen, se comuniquen con nosotros, y que si ellos entienden, y el Código del Proceso Penal les permite, cuenten con la oficina como un lugar de derivación".

Los jueces no necesariamente están de acuerdo. Una magistrada que ha trabajado tanto en Montevideo como en el interior, y que pidió mantener su nombre en reserva, dijo que ha percibido cierta "saturación" del sistema de trabajo comunitario. La jueza contó que una vez la llamaron de un centro comunal de Canelones advirtiendo que ellos no tenían la "capacidad técnica" para vigilar a su procesado. "Con buena voluntad, me llamaron y me dijeron: Mire, doctora, que no tenemos el personal para controlarlo".

Otra vez hubo problemas con una persona a la que le habían asignado tareas de limpieza en un hospital. "La gente no lo quería porque estaba sometido a proceso. Me llegaron a decir: ¿Y si viola a la viejita?. No voy a mandar a alguien que pueda hacer eso. La resistencia no siempre es por mala voluntad, muchas veces es por ignorancia, porque nosotros no aplicamos medidas sustitutivas a personas que cometieron una violación. Un hurto, una violencia privada, una tentativa de rapiña, alguna estafa, eso sí. Lo que nos habilita la ley. A veces, cuando uno habla con el jerarca y le explica, la situación se va suavizando", agregó.

En definitiva, esta jueza ha optado por alternar distintas medidas. Si la persona trabaja o hace changas, prefiere indicar arresto en horas nocturnas o concurrencia a la seccional en determinadas horas. "Eso ha funcionado bastante bien", dijo. Lo mismo si tiene problemas de conducta, si es "violenta o susceptible, o si tiene alguna patología". "Una no quiere generar discordia en un lugar que funciona bien. Hay que ver el perfil del justiciable".

Otro juez penal consultado, que también pidió anonimato, aseguró que sus experiencias con OSLA en relación al trabajo comunitario han sido buenas y no ha percibido saturación. Sin embargo, alegó que a su juzgado llegan "muy pocos" que puedan zafar de la cárcel.

De todas formas, las medidas alternativas a la prisión son para él "herramientas esenciales". Cuando se encuentra con un justiciable que cometió un delito menor y no tiene antecedentes, no duda en indicarle una medida alternativa. "Porque sé que si lo mando al Comcar, probablemente salga peor y al otro día esté delinquiendo nuevamente".

La opción que más utiliza este magistrado es la presentación y permanencia en la seccional, una medida sobre la que la OSLA no tiene injerencia. "Es una forma de controlar a esa persona en determinado tiempo. No es productivo, pero sí logra el efecto de persuasión".

Segunda oportunidad.

Según el registro que lleva la OSLA, desde que empezó a aplicarse la ley de faltas hubo 193 incumplimientos de la medida (4% del total). Sin embargo, solo en ocho de esos casos las personas fueron derivadas a prisión. El mismo tiempo de trabajo comunitario que el juez les había indicado, lo pasaron detrás de los barrotes, aunque separados de otros presos. También hubo tres incumplimientos por fallecimiento.

Según datos de la OSLA, entre los que cumplen tareas como alternativa a la cárcel, el incumplimiento asciende a 25%. En esos casos la medida se ha tenido que adecuar; es decir, se perdió el beneficio.

Cuando la Justicia determina la aplicación de una medida alternativa o de una pena por una falta, se envía un oficio a OSLA y otro al "oficial de enlace" que la oficina tiene dispuesto en cada departamento. Cuando se termina el plazo de la medida, la institución donde se realizó el trabajo hace llegar a OSLA una planilla en la que consta si el beneficiario cumplió total o parcialmente, o si incumplió. Si sucedió esto último, el juez debe tomar una decisión, que en la mayoría de las oportunidades consiste en dar una segunda oportunidad.

La jueza consultada explicó que cuando las personas procesadas incumplen, a menudo los fiscales piden la revocación del beneficio. "En algunas oportunidades he revocado, en otras he dado una segunda oportunidad, sobre todo a los que vienen con una explicación dentro de todo verosímil. A veces no tienen dinero para el boleto: por eso uno no los va a mandar a la cárcel".

El juez, en tanto, contó que en los casos en que ha impuesto trabajo comunitario como medida alternativa, ha habido cumplimiento. Pero aclaró que él suele llamar a la OSLA y ser "muy insistente" para asegurarse de que el individuo se haya presentado a trabajar. "El tema es que si lo dejamos al arbitrio de la OSLA y no estamos insistiéndole a ver qué está pasando, si no hacemos desde el juzgado un seguimiento, probablemente se desnaturalice la medida", explicó.

Marcio Dávila, director interino de la OSLA, contó que a menudo tienen problemas para que la persona castigada logre hacer coincidir sus horarios con los del centro beneficiario. Es habitual que aduzcan que solo pueden cumplir tareas en la noche, pero para la oficina es difícil encontrar una institución que tenga actividad a esa hora y, sobre todo, personal que controle el cumplimiento.

Es que si bien la OSLA puede hacer llamadas e incluso inspecciones aleatorias, quienes realmente ejercen el control son los funcionarios del centro comunal, de la escuela o el hospital a los que se ha enviado a la persona. En este sentido, la OSLA se esmera por mantener la mayor cantidad de convenios con distintas instituciones —las hay públicas y también de la sociedad civil—, para tener "oferta" y variedad suficiente.

En la oficina trabajan 32 funcionarios para todo el país, aunque lo hacen con apoyo de las jefaturas del interior. Al momento, según Belarra, tienen "lo necesario para funcionar". "Hoy estamos resolviendo la situación y de manera eficiente. Y hay capacidad para más, sobre todo en zona metropolitana. Pero si viene una demanda muy fuerte —como la que podría desencadenarse con la aplicación del nuevo Código General del Proceso, que reduce la prisión preventiva— sí vamos a necesitar, en términos logísticos y humanos, más recursos", concluye.

Bonomi opina que los jueces abusan de la prisión.

El Ministerio del Interior de Eduardo Bonomi ha promovido el uso de medidas alternativas a la prisión. Por un lado, se ha argumentado en contra de los efectos del encierro. Por el otro, se ha insistido en esto como forma de descongestionar el sistema penitenciario. De hecho, la ley de humanización de cárceles prevé circunstancias en las que los procesados con prisión pasen a medidas alternativas, como durante la lactancia o en la vejez. Sin embargo, en el ministerio están disconformes. Gabriela Fulco, exasesora de Bonomi, dijo en 2013: "Hay un abuso (por parte de los magistrados) de medidas privativas de libertad desde hace años. La primera medida de los jueces penales ante un individuo que cometió un delito es el encarcelamiento, cuando debería ser la última".

No hay mediciones sobre la reincidencia.

No hay hasta el momento ninguna medición sobre los niveles de reincidencia de las personas que cumplen medidas alternativas a la prisión. Tampoco hay estadísticas sobre los que hacen trabajo comunitario por la ley de faltas; es decir, no se sabe si este tipo de experiencias efectivamente son —como muchos operadores policiales y judiciales suponen— más aleccionadoras que la cárcel. Gustavo Belarra, subdirector del Instituto Nacional de Rehabilitación, señaló que la medición de la reincidencia en general supone varias dificultades. Según él, es sencillo caer en "sesgos metodológicos". El nivel de reincidencia en general en el sistema carcelario alcanza el 60%, según un relevamiento del Ministerio del Interior realizado en 2014.

Medidas que vigila la OSLA.

- Medidas de prisión domiciliaria. Actualmente en la OSLA hay 90 personas con esta medida. En junio de 2014, según publicaba El Observador, los beneficiarios del arresto domiciliario eran 103. Se considera la medida más grave después de la prisión. Personal de la OSLA supervisa el cumplimiento con controles aleatorios y en ocasiones se complementa con el uso de tobilleras electrónicas. Todos los meses se manda un informe al juez sobre la conducta y el cumplimiento.

-Medidas restrictivas. Son las que indican que la persona no puede conducir vehículos o asistir a espectáculos públicos. Hoy hay 19 casos. La OSLA debe controlar su cumplimiento.

-Medidas curativas. A veces se encomienda a OSLA que supervise la asistencia a tratamientos de rehabilitación de adicciones. Son las que menos se aplican; actualmente hay 13 personas bajo tratamiento.

-Tareas comunitarias por delito. A la fecha hay 118 personas cumpliendo trabajo comunitario como medida alternativa a la prisión. Son delincuentes primarios (sin antecedentes), que cometieron delitos leves (estafa, hurto, entre otros). El incumplimiento es del entorno del 25%.

Tareas comunitarias por ley de faltas. Es la "vedette" de las medidas que vigila la OSLA, que incluso creó un dispositivo específico para atender sus particularidades (menos duración y aplicación más ágil). Desde la aprobación de la ley, en 2013, hasta ahora, finalizaron la medida 2.472 personas y 193 incumplieron. Actualmente hay 2.120 en actividad o esperando la resolución judicial.

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