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El plebiscito del 17

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El próximo 25 de noviembre se cumplirán 100 años del plebiscito que sancionó la Constitución que rigió a partir del 1° de marzo de 1919. Se ponía punto final al larguísimo proceso dirigido a modificar la Constitución de 1830.

El próximo 25 de noviembre se cumplirán 100 años del plebiscito que sancionó la Constitución que rigió a partir del 1° de marzo de 1919. Se ponía punto final al larguísimo proceso dirigido a modificar la Constitución de 1830.

Ese camino tuvo como hito fundamental, que recordamos el año pasado, la elección de la Convención Nacional Constituyente que fue la primera elección con voto secreto, y en la que los colegialistas sufrieron una contundente derrota. Producido el famoso “Alto de Viera” se abrió un tiempo en el que colegialistas y anticolegialistas desplegaron sus estrategias para arribar finalmente a un acuerdo que se plasmó en el proyecto constitucional plebiscitado. El texto finalmente considerado resultó del trabajo de un grupo de ocho ciudadanos que armonizaron los diferentes intereses políticos y las fórmulas legales en cuestión. Estos fueron: Martín C. Martínez, Leonel Aguirre, Carlos A. Berro y Alejandro Gallinal por los blancos, y Ricardo Areco, Domingo Arena, Juan Antonio Buero y Baltasar Brum por los colorados.

Mirado con los ojos del presente el resultado asombra por la escasa expectativa generada en unos y otros. Si en el año anterior habían votado por la Convención Nacional Constituyente más de 146.000 personas, la nueva constitución fue ratificada por apenas 84.992 votos sobre un total de más de 235.000 habilitados para votar en una población que superaba el millón, haciéndolo por el NO menos de 5.000 personas.

A pesar del escaso apoyo popular recibido en la instancia, la nueva Constitución significó un avance sustantivo en orden al perfeccionamiento institucional, en especial en cuanto a las garantías electorales, aspecto fundamental para el Partido Nacional. Es así entonces que se consagra por primera vez el sufragio universal para los hombres mayores de 18 años y se contempla la posibilidad del voto de la mujer (tema que fue muy discutido en la Convención); prohibición de hacer política para militares y policías en actividad, inscripción obligatoria; voto secreto y representación proporcional. Esta última fue sancionada tanto para el Poder Legislativo como para el Consejo Nacional de Administración.

En otro orden y sin entrar en los detalles sobre el Poder Ejecutivo bicéfalo, se consagraron los consejos de administración para los entes públicos industriales, comerciales, de educación, salud y asistencia; se eliminó la figura del Jefe Político para la administración departamental sustituyéndolo por consejos y asambleas representativas para la rama ejecutiva y legislativa; y se separó la Iglesia del Estado.

Esta Constitución no significó la panacea para todos los problemas, pero, sin duda, fue un importante avance en aras de la pacificación del país, proceso que tendrá su punto de culminación en la creación de la Corte Electoral y la aprobación de las leyes de elecciones. Hay que tener presente que en aquel 1917 estaba todavía muy fresco el recuerdo de Masoller, pero también de otros amagos e intentonas, en un clima de violencia y atropellos llevados adelante por representantes del oficialismo, del que eran víctimas no solamente los nacionalistas sino todo aquel que disintiera con el gobierno.

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Gustavo Penadés

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