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Inusual apertura de tribunales

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Finalizada la Feria Judicial Mayor, ayer se reinició la actividad plena en Tribunales y Juzgados. El art. 53 de la Ley Orgánica de la Judicatura dispone: “La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia se ejercerá por turno anual entre sus miembros, según el orden de antigüedad en el cargo.

El turno comenzará con la apertura de los tribunales.” Esa función, propia de quien es legalmente ungido como primero entre sus pares, la asumió el Ministro Dr. Tabaré Sosa, bien conocido por su enjundiosa trayectoria como Magistrado.

En este año la apertura tribunalicia y la rotación del Presidente se cumplieron con natural puntualidad legal, pero la pandemia obligó a suspender el tradicional acto público con parada y desfile de Compañía de Zapadores de 1837, custodia protocolar de la Suprema Corte.

La realización del acto y la parada militar ante el edificio que fue residencia del Dr. Amézaga -rincón sureste de la Plaza Cagancha-, con poco público y mucha formalidad, simbolizó siempre el respeto y el acatamiento a la independencia del Poder Judicial como sistema y a cada Juez como conciencia jurídica portadora de energías del Estado. Al brillar por su ausencia, la suspensión del ceremonial no debe pasar inadvertida: refleja el estado de excepción que se vivió hasta que el año forense se cerró anticipadamente el 17 de diciembre de 2020 y el estado de cosas en que se lo inauguró hace unas horas.

Desde el 16 de marzo al 2 de mayo el Poder Judicial vivió una Feria Sanitaria sin precedentes, que apuradamente debió disponer en un fin de semana la Ministra Dra. Bernadette Minvielle, haciendo uso de las facultades de urgencia que investía desde la Presidencia que entonces estaba ejerciendo.

Al reiniciarse la tarea, el Cuerpo fijó condiciones reglamentarias que merecen elogio por ser un alarde de sistematización y un ostensible esfuerzo por respetar las garantías a pesar de los distanciamientos protocolizados. Aun así, no dejaron de constituir un conjunto de cortapisas para la espontaneidad del diálogo y el tránsito entre jueces, peritos, abogados, partes interesadas y testigos desinteresados.

Aceptadas como anormalidades preventivas impuestas por los hechos, a título de actos excepcionales de policía administrativa, no deben producir habituación. No es normal que haya que pedir día y hora para ir a ver un expediente y que si no vence un plazo, la respuesta informática demasiado frecuente sea que “no hay fecha” y entonces haya que remitir una carta a la Oficina Actuaria para que se resuelva por permiso un ingreso al cual tienen derecho tanto los profesionales como todo viandante, lo mismo si es jurista que si es lego. No es acostumbrándonos a pedir autorizaciones por formularios sin rostro que vamos a fortalecer la convivencia personal, que fue y deberá volver a ser la fuente primera y última de las garantías judiciales y de la responsabilidad de los protagonistas.

Ni los procesos penales de antes o de ahora ni la multiplicación de Juzgados de Violencia Doméstica ni la proliferación de Juzgados de Familia pueden resolver las desgracias en catarata que nos provienen de la mala formación de protagonistas con los valores quebrados.

Ahora bien. Nada indica que los efectos de la pandemia vayan a terminarse pronto, por lo cual en todos los órdenes -no sólo en la Justicia- resulta imperativo que tanto los servidores públicos como la ciudadanía estemos atentos y activos en defender la salubridad colectiva al mismo tiempo que sembramos espíritu de libertad, limitándola lo menos posible y evitando que se forme acostumbramiento o se piense que las restricciones despersonalizantes llegaron para quedarse. A efectos de cumplir ese deber, lo primero es sentir y lamentar cuánto se disminuye y se pierde con cada cercenamiento. Ante esta desgracia, tenemos buenas razones para parafrasear el muy montevideano “Obedecer pero no cumplir” del Cabildo Abierto de 1808, diciéndonos cara a cara -más allá de las máscaras- “Cumplir pero lamentar”.

Esto, que es necesario en general, es particularmente imprescindible en el Poder Judicial, cuya prestancia es preciso realizar como parte de la recuperación cultural e institucional que requiere la República, sabiendo que sus recursos y sus procedimientos son condición necesaria pero no suficiente, porque ni los procesos penales de antes o de ahora ni la multiplicación de Juzgados de Violencia Doméstica ni la proliferación de Juzgados de Familia pueden resolver las desgracias en catarata que nos provienen de la mala formación de protagonistas con los valores quebrados por desorientación, ignorancia, miserias íntimas o drogadicción.

Pedirle a la Justicia que arregle eso es encargarle una tarea que no está a su alcance, que debe tomar a su cargo el resto de los Poderes Públicos, entre los cuales debe volver a tener voz y fuerza propia la ciudadanía, no sólo cuerpo electoral sino como opinión pública.

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