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Retenciones profesionales y fallecimientos

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@|Sr. Ministro Astori, nuevamente me dirijo a Ud. para que revea la iniquidad de esta retención que se hace en la facturación de los profesionales, un 7%.

Parece bastante injusto que tengamos que prestar dinero del trabajo realizado por los profesionales durante 21 meses a la DGI. 

Se soluciona muy sencillo, con solo poder imputar el excedente del IRPF al pago de IVA. No se me ocurre ningún motivo por el que no se pueda hacer esto para evitar la apropiación indebida de ese dinero durante 21 meses. Además hay un detalle que tampoco se menciona, cuando un profesional fallece, los deudos seguramente no cobrarán el reintegro de dicho dinero porque ni idea deben tener de lo que la DGI se apropió, y seguro que el trámite implica hasta llevar al fallecido a declarar, de forma de que la DGI nunca tenga que devolver ese dinero que se apropió indebidamente.
Usted Señor Ministro Astori, que tanto defendió los derechos de los trabajadores, que no les pongan impuestos y cargas al trabajo, ahora cuando está en el gobierno perdió el rumbo y nos tiró con una carga de impuestos que es muy difícil de soportar. 

Por esto es que le solicito tenga a bien que la DGI permita la imputación de los excedentes de IRPF al pago del IVA generado en cada bimestre.
Hacer esto parece bien sencillo, si no se hace es porque hay intención de que los trabajadores sigan siendo objeto de la apropiación indebida de sus haberes por parte del estado, que ni siquiera actualiza dichos “préstamos” por el IPC.

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