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Marihuana recreacional

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@|Para adquirir la llamada “marihuana recreacional” en las farmacias, los interesados deben cumplir con ciertos requisitos previos a fin de ser inscriptos en un registro creado a esos efectos, y uno de estos requisitos es exhibir su comprobante de domicilio. 

Pero he aquí que los llamados “sin techo”, que suelen pernoctar en los refugios del Mides no tienen domicilio fijo y por lo tanto no podrían acceder a comprar marihuana en condiciones legales. 

Para solucionar este problema de aparente injusticia, el pasado 28 de septiembre el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA) resolvió (Resolución IRCCA 56/207) que a los efectos de que las personas “sin techo” que pernoctan en los refugios del Mides puedan adquirir marihuana en las farmacias, deberá aceptar como válido para dicho registro un certificado expedido por el Mides.

Hasta aquí todo está bien; se promueve la igualdad bajo la ley, la cual rige para todos los ciudadanos tanto para los que viven en viviendas como para los que viven en situación de calle; únicamente quedan afuera a título expreso (Art. 14, Ley 19172) los menores de 18 años, los declarados incapaces y a título implícito (por descarte) se agregan ahora los que viven en situación de calle pero no aceptan dormir en los refugios del Mides. 

Pero lo que aparentemente no se ha tenido en cuenta para adoptar esta resolución es que las personas que viven en la calle, sean o no beneficiarios del Mides, son generalmente enfermos psiquiátricos, muy frecuentemente esquizofrénicos, o grandes consumidores de pasta base o con otro tipo de afección mental. El mismo hecho de vivir en la calle ni tener un techo para guarecerse de noche es justamente por lo general un síntoma o manifestación de su enfermedad. 

El consumo de marihuana por lo general no produce en las personas mentalmente sanas manifestaciones agresivas sino más bien trastornos de la percepción visual, auditiva, alteraciones en el humor, estados de confusión, y en ocasiones crisis de pánico, ideas delirantes y alucinaciones. 

Pero como cualquier otro psicodisléptico, la marihuana puede provocar en algunos pacientes psicóticos crónicos que presentan ideas persecutorias la brusca aparición de brotes psicóticos agudos, generalmente relacionadas con sus pensamientos delirantes: conductas autoagresivas aparentemente inexplicables o agresiones inmotivadas a las personas de su entorno familiar o a terceras personas totalmente ajenas que tienen la desgracia de estar en el momento fatal en el lugar equivocado. 

Facilitar el suministro de un alucinógeno a un alucinado es como echar nafta a un fuego de brasas y sus eventuales consecuencias negativas serán responsabilidad ética y legal de quienes lo promovieron.

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