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Las inundaciones

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@|El escurridizo problema de las inundaciones y los consuetudinarios evacuados.

Ley de Centros Poblados, aprobada en el año 1944 y promulgada en 1946. El texto parcial de la ley que antecede, nos plantea, en el Artículo 13 inciso 3º, un problema que, lógicamente, fue detectado mucho antes del análisis, discusión y de las consecuencias pertinentes a la incorrecta urbanización o los asentamientos irregulares.

Ley de Centros Poblados del año 1944, promulgada en 1946. Artículo 13. “Toda formación de centro poblado, estará sujeta a los siguientes requisitos mínimos: 3º) Ningún predio y ninguna vía pública que sirva de único acceso a predios podrá situarse ni total ni parcialmente en terrenos inundables, o que estén a nivel inferior a 50 centímetros por encima del nivel alcanzado por las más altas crecientes conocidas. Tampoco podrá situarse ningún predio en los casos de contigüidad a los cauces del dominio público, dentro de las tierras abarcadas por una faja costera de 150 metros de ancho por lo menos, medida según lo dispone el Código de Aguas, a partir de la línea de ribera. En todo fraccionamiento de predios costeros, la faja de 150 (ciento cincuenta) metros determinada a partir de la línea superior de la ribera, pasará de pleno derecho al dominio público. No se podrá admitir excepción alguna a lo previsto en el presente artículo”.

Comentarios:
El primer comentario que surge naturalmente de su lectura, es que esta disposición se suma a todas aquellas disposiciones que nunca se cumplieron y en consecuencia, pasa a formar parte de todos los incumplimientos que todo el poder político (sin excepciones) omite cuando no parece una tarea capaz de realizarse dentro de un período de gobierno; lo antedicho se demuestra por el simple transcurso del tiempo y con él, los problemas se agudizan.

El segundo es que la Ley de 1944, fue perfeccionada, complementada y ampliada en el 2013, por el gobierno del FA y todo parece indicar que nadie la conoce, porque nadie la nombra.

El tercer comentario es que si se hace algo al respecto, no aparece visible a la opinión pública; tanto es así que las consecuencias de las inundaciones, gobierno y oposición se la endilgan a diario, por la falta de saneamiento o la obstrucción de los sistemas o por la falta de limpieza y mantenimiento.

El cuarto, nadie dice nada sobre la impermeabilización de las zonas urbanizadas, que aumenta dramáticamente el caudal que debe ser evacuado, porque nada es absorbido por las áreas urbanizadas.

El quinto, los levantamientos de la planta urbana, actual “Ciudad Vieja” de Montevideo Colonial, llevados a cabo por Petrarca, fueron ratificados por todos los posteriores, indicando dónde están los arroyos y cañadas intermitentes. Que cuando llueve mucho se manifiestan y cuando alcanzan registros extremos (que periódicamente se producen) los elementos desatados de la naturaleza ocupan su lugar, a pesar de todos los pesares.

A fin de mantener un poco de fino humor, les digo que los 5 comentarios precedentes son más que suficientes para tomar el toro por los cuernos y, aprovechando la reciente recuperación de la Plaza de Toros de “La Colonia del Sacramento”, tomar ese sitio para que todo el poder político se reúna y acuerde una solución definitiva a este problema que nació con el Montevideo Colonial de Petrarca.

Y siempre recuerden que en Colonia siempre “Hay más informaciones para este boletín”.

Todo lo expresado hasta aquí, formó parte de un correo electrónico que distribuí entre mis habituales destinatarios. Ahora, luego de algunos comentarios y sus consecuentes reflexiones, he decidido enviarla a todos los medios de prensa, a fin de formar opinión, debatir y eventualmente perfeccionar en todo lo que sea necesario, luego de agregar todos los fundamentos al respecto.

Algunas reflexiones apuntan a adjudicar al cambio climático y al calentamiento global, como únicos causantes de estos problemas. Sin dejar de considerar que en alguna medida pueden incidir en el resultado final; creo firmemente que la causa principal radica en urbanizar zonas inundables, ignorando y contraviniendo las leyes que rigen desde 1946, posteriormente corregida y aumentada en 2013.

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