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Derogar la "Ley del coscorrón"

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@|A fines de 2007, a un grupo de iluminados se les dio por presentar una ley que debilitaba la autoridad de los padres.

La ley Nº 18.214: "Integridad personal de niños, niñas y adolescentes" (popularmente conocida como la "Ley del coscorrón").

La iniciativa que nació en el Senado, modificó el Código de la Niñez vigente desde 2004, e impide cualquier trato "humillante" como forma de corrección a los niños, aunque no establece sanciones concretas ni dispone formas de control.

Esta ley se trata de un "catálogo de buenas intenciones" que, en los hechos, no se pudo aplicar y se limita el poder de los padres y se perfora la institución familiar pudiendo erosionar la relación de los padres
La ley Nº 18214, consta de tres absurdos y poco definidos artículos.

El primero establece la prohibición del castigo físico a los niños y encomienda al Instituto del Niño y del Adolescente de Uruguay (INAU), en coordinación con las demás instituciones del Estado y la sociedad civil, la ejecución de programas de sensibilización y educación dirigidos a los padres y promover formas de disciplina "positivas y no violentas".

Nunca vimos ni sentimos que "el Estado" pusiera en marcha la ejecución de programas de sensibilización y educación dirigidos a los padres, y promover formas de disciplina "positivas y no violentas", ni definió cuáles eran esas formas de disciplina "positivas y no violentas".

El segundo artículo modifica otro del Código de la Niñez y la Adolescencia, que encomienda a los padres a corregir a sus hijos "excluyéndose la utilización del castigo físico o cualquier tipo de trato humillante", sin determinar qué eran esos "castigos físicos y/o trato humillante".

Nunca se definió si es correcto castigar físicamente a los hijos y si una palmadita es o no un castigo humillante.

Y el tercero deroga disposiciones del Código Civil: el artículo 261 (los padres tienen la facultad de corregir moderadamente a sus hijos y cuando esto no bastare, podrán recurrir al juez competente para su internación en un establecimiento destinado a ese objeto) y el artículo 384 (el menor debe obediencia y respeto al tutor y éste podrá corregirlo moderadamente).

Esta ley, que fue otro error de los tantos que cometió el gobierno frenteamplista, debería ser derogada por el gobierno de la Coalición Multicolor, pues no lleva a nada y su mala interpretación puede dar lugar a serias y dolorosas complicaciones.

Sería oportuno sustituir esta ley por una que defienda y promueva la unidad de la familia.

Considero que se hizo con la perversa intención de que no la cumpla nadie o para generar brutal distorsión en el Poder Judicial.

Definitivamente, es una ley imprecisa, demagoga e inaplicable en la práctica, por lo tanto hay que derogarla.

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