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BROU, adelantos sobre sueldos

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@|Primero que nada este instrumento me parece muy bueno, y lo utilizo.
Lo que no me parece nada bueno, más bien malo, es que el BROU se reserve el derecho de no respetar las normativas para el mismo. Según dice la normativa muy bien explicada, se cobrará el préstamo el primer día hábil del mes siguiente.

El 31 de diciembre, a las 10:45, ya habían cobrado el préstamo, es decir, tenía saldo negativo siendo que estamos en el mismo mes y lejos del primer día hábil que es el jueves.

Hay que tener en cuenta que si hay una norma está para cumplirse, de esa forma se respetan los derechos de todos, no se puede hacer alegremente cualquier cosa y menos el BROU.

Además, respecto de este tema, el adelanto de sueldo lo otorgan en relación a un sueldo o jubilación que tienen asociada, y que el banco sabe perfectamente cuándo se deposita el dinero. Por lo que el adelanto de sueldos debería descontarse inmediatamente después de haber sido depositado el sueldo o jubilación, no antes.

Señores del BROU, recién adquirieron un software de muchos millones de dólares, se supone que para mejorar la gestión...

¡Entonces háganlo, por favor!

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