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¡Basta Bonomi!

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@| El polémico caso de los tabacaleros en la ruta 30, con la reacción inapropiada, a mi juicio configura una violación a Constitución de la República, de manera infragnati, y de forma posterior cuando lo llevan detenido; además cuando hacen público los antecedentes de la persona que sufre esta situación. 

Según el artículo 93 de la Constitución de la República los Ministros de Estado (Bonomi), pueden ser acusado por la Cámara de Representantes ante la Cámara de Senadores por violación de la Constitución. 

Vemos que el señor Ministro Bonomi, vulneró con abuso de poder derechos fundamentales consagrados en la Carta Magna.  

Claramente el artículo 7, donde los habitantes de la República tenemos derecho a ser protegidos en la libertad (cosa que el Ministro no hizo), el artículo 10 donde dice que las acciones privadas de las personas que no atacan el orden público ni perjudican a terceros están exentas de la autoridad de los jueces. En este caso manifestarse pacíficamente y extender una pancarta no ataca el orden público ni perjudican a terceros, para el Ministro Bonomi parece que sí. 

El artículo 15 se detecta su violación, en cuanto es detenido el Señor manifestante, porque no hay flagrancia de delito, porque lisa y llanamente no hay delito. También el artículo 29 de la libertad de expresión se ve vulnerado por el Jerarca, además del artículo 72 que no excluye los inherentes a la personalidad humana. 

Agregar que el Ministro del Interior, menoscabó normativa Constitucional, de Derechos Humanos, Tratados Internacionales rectificados por Ley en Uruguay como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en sus artículos 1 obligación de respetar los derechos, 5 derecho a la integridad personal, 7 derecho a la libertad personal, 13 libertad de pensamiento y de expresión, 16 de reunión, 24 de igualdad ante la ley. 

De esta manera vemos que el Ministro Bonomi, viola y atropella la Constitución de la República, dando merito a la acusación por parte del artículo 93, con las prerrogativas del artículo 178, que Cuando la acusación haya reunido los dos tercios de votos del total de componentes de la Cámara de Representantes, el Ministro acusado quedará suspendido en el ejercicio de sus funciones. 

Se habla de los récords del Ministro, en cifras, más rapiñas, más hurtos, más homicidios, pasamos raya más inseguridad, una perla más para esta deplorable gestión, con el mayor presupuesto de la historia del país, es que ahora vuelva a reprimir las libertades individuales de las personas, de un tinte antidemocrático y delictivo, si el Ministro del Interior tiene este comportamiento, parece decirle a la delincuencia que siga la fiesta.
Lo que no podrá hacer es acallar como a los Tabacaleros, es el grito que nace desde una la población agotada ya, que dice: Basta Bonomi!

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Bonomi.

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