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Arroyo Solís Chico limpio

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@|Una vez más, los vecinos de Arroyo Solís Chico manifestamos nuestra oposición a la concreción del sitio de disposición final de residuos para Canelones, en su nueva ubicación en las cercanías al cerro Mosquitos.
Ya no contamos con las garantías que la Ley 18.308 de Ordenamiento Territorial nos da.

La misma dice que la planificación territorial se hace a través de decretos, que orientan sobre la actuación en el territorio, a efectos de prevenir y mitigar los efectos ambientales adversos que puedan generar actividades que allí se desarrollaran.

La licitación impulsada por la Intendencia de Canelones en el año 2017, que permite a la empresa ABORGAMA SA instalar el futuro vertedero en cualquier predio disponible de un área de 100 km2 del departamento de Canelones, no contempla lo que mandata la Ley 18308.

¿Por qué afirmamos esto?

Porque la selección de su ubicación no se enmarca en ningún decreto vigente de ordenamiento territorial en Canelones.

Porque no se rige por lo mandatado por Las Directrices Departamentales. Éstas dicen que, por las características de un sitio de disposición final, altamente contaminante y de gran impacto ambiental, social, económico, ecológico, la concreción de éste, es materia de ordenamiento territorial.
Porque obvia también la anticipación que se prevé para los "conflictos sociales por la localización de los sitios de disposición final", incumpliendo no solamente las DD sino también el artículo 52, literal k) de la Ley 18.308 que establece el principio rector, vinculante para la Intendencia en tanto institución, de la "prevención de los conflictos con incidencia territorial”.

¿Dónde queda la salvaguarda de los derechos de los habitantes de Canelones?

¿Dónde está la garantía de que nuestros hogares, fuentes de trabajo, recursos naturales y paisajes, serán protegidos de un emprendimiento impulsado por la propia Intendencia?

El proyecto ya se halla en proceso de aprobación ambiental con la viabilidad ambiental de localización (VAL) aprobada por la DINAMA.

¿Dónde queda la salvaguarda del medio ambiente que la Ley de Planificación Territorial nos da, si no se la respeta?

Esto vale tanto para proyectos privados como aquellos impulsados por las propias instituciones de gobierno.

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