Publicidad

Aclaración

Compartir esta noticia

@| Me dirijo a usted por las repercusiones parlamentarias de un artículo de prensa de marzo de 2017 donde se señaló que se autorizó a ADP – Agronegocios del Plata a adquirir 160.000 hectáreas, lo que llevó a que en los últimos días el Diputado Eduardo Rubio en su audición partidaria y el Senador Pedro Bordaberry durante la sesión del Senado del 7 de febrero afirmaron que ADP – Agronegocios del Plata era propietario de esa cantidad de tierras.

Sin embargo, ambas afirmaciones son incorrectas. ADP – Agronegocios del Plata no solo no posee esas tierras, sino que tampoco solicitó dichas autorizaciones para poder adquirirlas.

Es importante destacar que la forma de trabajo de la empresa, a diferencia de otros productores agropecuarios en Uruguay, se basa en un sistema de campos arrendados, cuyo contrato se renueva cada uno o dos años. Esta metodología es la que nos ha permitido gestionar los cambios del sector con una estructura más flexible y sustentable.

ADP - Agronegocios del Plata es una empresa que se localiza en el interior del país, principalmente en la zona oeste del territorio y apuesta a la descentralización de los desarrollos productivos. Sus capitales son de origen nacional y provienen en su totalidad de la familia Guigou. En la actualidad, emplea de manera directa a 155 personas e involucra a más de 150 contratistas y transportistas, 24 empresas de genética y más de 200 clientes.
La petición para arrendar tierras con fines de explotación en el marco de la Ley 18.092 se renueva cada año. En 2011, la empresa pidió la autorización para 90.000 hectáreas y fue el año de la solicitud mayor. En 2017 la cifra solicitada fue de 30.000 hectáreas, de las cuales se concretó el arrendamiento de 25.000 hectáreas a 35 propietarios.

En tanto, las tierras propiedad del Grupo ADP - Agronegocios del Plata suman un total de 35 hectáreas, donde 21 corresponden a locales comerciales donde se ofrecen los servicios que brinda la compañía en materia de semillas, ambientación agrícola, insumos, y demás, por lo que no están abarcados por dicha ley, y 14 corresponden a la planta de Caraguata. Esta es la única solicitud de adquisición de terrenos que se realizó ante el Poder Ejecutivo en los 10 años de vigencia de la ley.
Expuesto lo anterior se desprende que la cifra alcanzada distaría ampliamente de la mencionada en el artículo y luego replicada por los legisladores.

Publicamos esta aclaración con el objetivo de informar a nuestros clientes, proveedores, a los legisladores y la opinión pública en general.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad