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Lo que no se toca

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Tomás Linn
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Desde que inició la campaña de recolección de firmas para reformar la Constitución, Jorge Larrañaga no ha hecho más que juntar adhesiones. Al proponer "mano dura" para combatir la creciente y pesadillezca criminalidad, una parte del país lo acompaña.

Larrañaga entendió el temor que se vive y con certera puntería planteó una reforma constitucional que apuntó a tres aspectos: que las Fuerzas Armadas se involucren en la represión del crimen, que se instaure la pena perpetua y que se sustituya el artículo constitucional que impide el allanamiento nocturno del hogar: quiere que, con aval del juez, se pueda allanar incluso de noche.

Para las dos primeras propuestas no parece necesario modificar la Constitución. Para la tercera sí y por lo tanto Larrañaga ofrece un combo completo.

La participación de los militares en la represión de la delincuencia genera adhesión porque la gente vislumbra a un disciplinado cuerpo armado aplicando firmeza allí donde nadie lo hace. Sin embargo, los militares no están preparados para tal tarea, ni deben estarlo.

Quizás una mejor solución sea transformar la fuerza policial. Algo se ha hecho. Está el Geo, el PADO y la Guardia Republicana. Las tres son fuerzas especializadas y en cierta medida militarizadas, sin dejar de ser policiales. Sería preferible perfeccionar estos instrumentos, lograr que haya más patrullaje, mejorar la formación de los simples agentes policiales y perfeccionar los órganos policiales de pesquisa. La policía debe investigar bien los robos y asesinatos, recuperar el botín, "atrapar al ladrón" o al criminal, y llevarlo ante el juez.

Tampoco lo de la cadena perpetua necesitaría una reforma constitucional. Basta tomar el Código Penal y modificar la escala de penas. La tarea, por lo tanto, es legislativa. Aun así la idea de una condena de por vida parece excesiva, aunque a estar por el clima que se vive es lo que muchos reclaman.

Existe sí, la percepción de que el abanico de penas es bajo y laxo. Un arrebato de cartera es un delito menor. Pero su inusitada agresividad contra mujeres, algunas mayores, que sufren lesiones graves y daño psicológico a lo que se suma un largo período de recuperación, obliga a concluir que no es un acto de escasa monta.

Un juez puede elegir entre un abanico amplio de penas por un mismo delito, y predomina la preferencia por las penas suaves. Gente que asesina está poco tiempo presa y no hay relación entre la gravedad del crimen y la pena aplicada.

Lo del allanamiento nocturno sí exige una reforma constitucional. Debe modificarse un artículo incluido en el capítulo más importante de una constitución: el de los derechos, libertades y garantías individuales. Ahí está el cimiento de toda constitución democrática y sin el, ninguna constitución es tal. Es un capí-tulo que definen los derechos y libertades inherentes a cada persona, aquellos que son "evidentes en sí mismos".

Esos no se tocan. No se eliminan. No se suprimen.

Nadie, en nombre de ninguna mayoría, tiene la potestad de eliminar un derecho que pertenece a cada uno. Si una sola persona entre millones se mantuviera terco e inamovible en la defensa de un derecho que considera propio, ese derecho vale.

Esto está en la esencia de una historia de libertad y democracia, que se fue procesando desde 1215 con la Carta Magna, que se consolidó con los "Bill of Rights" de los siglos XVII y XVIII y conformó la matriz de la democracia moderna, constitucional y liberal. Va incluso más allá de lo republicano pues hasta las monarquías parlamentarias respetan ese principio.

¿Quiere decir acaso, que en situaciones de emergencia o de conmoción extrema, un país no puede tomar medidas de excepción que incluyan la suspensión de alguna libertad o garantía? Muchas constituciones prevén fórmulas para uso extraordinario y limitado en el tiempo, como son los toques de queda, los estados de sitio o en la Constitución uruguaya, las medidas prontas de seguridad. Si no hay más remedio que recurrir a ellas, se aplican por un breve período.

Cuando los ataques a las torres gemelas en 2001, Estados Unidos (que no tiene tales previsiones) aprobó su "Patriot Act" con la controvertida suspensión de derechos básicos. Pero se estipularon plazos y llegados estos, el congreso fue qui-tando restricciones o votando nuevas extensiones hasta que la ley cesó.

Se aplicaron las llamadas "cláusulas de puesta de sol" (sunset clauses) que reconocen lo controvertido de esas medidas, justificadas solo ante una situación de extrema gravedad y por un plazo muy acotado.

Pero no se reforma la Constitución.

La situación de criminalidad en Uruguay está llegando a niveles dramáticos en que el Estado parece perder control sobre los hechos. Hay gente que cree deseable suprimir ciertas garantías individuales (la del hogar como un sagrado inviolable). Son posturas opinables y aún en el caso de no haber otra alternativa, solo podría aceptarse tal suspensión por un corto período, nunca como la supresión definitiva de un derecho que solo pertenece a cada individuo.

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