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El retiro de Chediak

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tomás linn
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En el fragor de la reciente campaña electoral, una noticia de mucha importancia pasó relativamente inadvertida. Tras cumplir los diez años previstos para ejercer su cargo, en setiembre se retiró como ministro de la Suprema Corte de Justicia el juez Jorge Chediak.

El retiro de un ministro de la Corte nunca es un hecho menor. Es como si un presidente de la república terminara su mandato o un senador su período. Se trata del titular de uno de los tres poderes previstos por la Constitución.

Pero además fue relevante por tratarse de Jorge Chediak. Durante los años que estuvo en su función se preocupó publicitar el rol fundamental del Poder Judicial como salvaguarda de las libertades, derechos y garantías de las personas, individualmente consideradas.

Chediak empezó como juez de Paz en Juan Lacaze, Durazno y Montevideo y pasó a juez letrado en Salto, Maldonado y Montevideo donde también fue juez de Familia y en lo Civil antes de llegar al Tribunal de Apelaciones. Además fue presidente de la Asociación de Magistrados.

Entró a la Suprema Corte de Justicia en setiembre de 2009 y la presidió en 2010, 2015 y 2017. Desde ahí, en una Corte que trabajo en buena sintonía, ejerció un fuerte liderazgo para “darle un rostro a la tercera rama del gobierno”. Le preocupaba que en un país donde hasta los escolares podían identificar al presidente de la República, no se supiera quiénes eran los ministros de la Suprema Corte, con rango equivalente al del titular del Poder Ejecutivo.

Ese liderazgo fue confirmado al asumir su tercera presidencia en 2017 (se ejerce por un año cada vez), cuando la ministra Elena Martínez explicó al semanario Búsqueda que ella había declinado ocupar ese cargo, porque junto a sus colegas entendieron que en un año signado por la entrada en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal, “la persona más adecuada para llevar la nave a buen puerto era el doctor Chediak”.

El nuevo código no fue la única prioridad del Poder Judicial en esta década, sino también su función como tribunal constitucional. En numerosas ocasiones, o ciudadanos o grupos de ellos reclamaron ante la Corte por entender que sus derechos habían sido afectados por leyes aprobadas por el Parlamento, que contenían pasajes inconstitucionales.

En cada caso la Corte no solo falló respecto a derechos conculcados, sino que argumentó con claridad y contundencia, aún cuando el beneficiado pudiera no ser “simpático”. Los fallos en “la era Chediak” (si así puede llamarse a esta década) marcaron época: fortalecieron un espíritu cívico al insistir en la idea de que los derechos y libertades garantizados por la Constitución valían para todos más allá de ideologías, filiaciones partidarias, historias pasadas, colectivos, simpatías o antipatías o del propio peso del Estado.

En 2013 un diputado y dirigente socialista sostuvo que la independencia de la Corte no podía “bloquear la generación de políticas públicas”. Infería que su “proyecto político” estaba por encima de la Constitución.

El constitucionalista Martín Risso, vio con claridad lo que sucedía y ese mismo año dijo: “se aprecia una actitud distinta de la Corte en la defensa de la Constitución y de los derechos de los ciudadanos”. Agregó que con una Corte así, “los ciudadanos podremos estar más tranquilos, pues mejor protegidos en nuestros derechos estaremos”.

Esta ha sido una función histórica de la Corte pero en la época que Chediak la integró, toda ella puso énfasis en hacer valer como nunca, la vieja premisa de que una Corte “habla a través de sus sentencias”.

Están los que se preguntan porqué es indirecta la elección de un ministro. Los países democráticos tienen distintos mecanismos para integrar una Corte pero ninguna prevé una designación por voto popular. Se entiende que la representación política (con mayorías y minorías) está proporcionalmente distribuida en el Parlamento. La Corte no representa corrientes ideológicas ni partidos. Está para atender el reclamo de cada individuo para determinar si un derecho suyo fue vulnerado o su libertad cercenada.

Chediak tenía la pasión y la energía como para seguir y así se lo dijo al periodista César Bianchi en Montevideo Portal. Un premisa para fortalecer la independencia del Poder Judicial es que la duración en el cargo vaya más allá de los períodos previstos para un presidente o legislador. Son diez años a no ser que se llegue a la edad de 70 antes de que se cumpla ese plazo mientras que en otros países se establecen períodos más largos, edad de retiro más avanzada o el cargo es vitalicio como en Estados Unidos. Pero acá, su tiempo estaba cumplido.

Es verdad que en estos diez años la Suprema Corte trabajo con igual esfuerzo y notoria sintonía, pero me atrevería a decir (con algo de atrevimiento y audacia), que hubo una “era Chediak” y ello fue beneficioso para la Corte que en forma clara le mostró al país, por qué importa su independencia y cuál es el sentido de su función en una democracia constitucional.

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