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Aplicar el artículo 41

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Pablo Da Silveira
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Una de las grandes promesas de Tabaré Vázquez durante la campaña electoral que lo llevó por primera vez a la presidencia fue dar al país una nueva Ley de Educación. Y efectivamente lo hizo.

En diciembre de 2008 se aprobó la Ley 18.437, llamada Ley General de Educación, que sustituyó a una norma vigente desde los tiempos del retorno a la democracia. El presidente Vázquez la promulgó enseguida y desde entonces se ha referido a ella como uno de sus grandes logros.

Lo curioso es lo que pasó después. Si bien la Ley General de Educación es una creación exclusiva del Frente Amplio (rompiendo una vieja tradición de este país, solo fue votada por la bancada oficialista), el propio Frente Amplio ha sido reticente a la hora de aplicarla.

O más bien, ha sido intermitente. Los artículos con más carga política e ideológica (como el que incorporó a los representantes docentes a los Consejos de ANEP o el que creó el Congreso Nacional de Educación) fueron aplicados con empecinamiento por las administraciones frenteamplistas, pese a las muchas críticas recibidas. En cambio, los artículos que encerraban ideas más interesantes desde el punto de vista educativo (por ejemplo, los que proponían crear un Consejo de Educación Media Básica y un Consejo de Educación Media Superior) han quedado en el olvido.

Entre estos artículos olvidados de la Ley General de Educación está el artículo 41, cuya existencia acaba de recordar el senador Lacalle Pou al presentar un conjunto de propuestas que podrían ser aplicadas este mismo año, en caso de quererlo el gobierno.

El artículo 41 manda que el Estado tome las medidas necesarias para fortalecer "la gestión de los centros educativos públicos". En este marco da una orden muy precisa: "se procurará la concentración horaria de los docentes en un centro educativo y se fomentará su permanencia en el mismo". El artículo también manda que cada centro educativo público disponga de "fondos presupuestales para el mantenimiento del local, la realización de actividades académicas y proyectos culturales y sociales de extensión".

Como resulta evidente, estos mandatos legales no se cumplieron en la década casi completa que ha pasado desde que Vázquez promulgó la ley. Dado el régimen de autonomía vigente en el país, es igualmente claro que la responsabilidad recae sobre las autoridades de ANEP. Una directora general de Secundaria que anuncia a mitad de su gestión que ya no hará ningún esfuerzo para modificar el régimen de elección de horas, está (y anuncia que va a seguir estando) en una clara situación de omisión funcional. También está omiso su superior jerárquico, el Codicen, por no haber tomado ninguna medida para corregir la situación.

Lacalle Pou le recuerda al presidente de la República que uno de sus deberes constitucionales es cumplir y hacer cumplir la ley. También enumera un conjunto de instrumentos jurídicos que el presidente tiene a su disposición para lograrlo, especialmente en el caso de jerarcas que han sido designados a propuesta del propio Poder Ejecutivo.

Si el presidente Vázquez hubiera usado esos instrumentos en lugar de cometer la torpeza de intentar declarar la esencialidad de la educación, como hizo en 2015, tal vez no existiría hoy la situación de bloqueo que nos empantana.

Lo bueno es que todavía hay tiempo. Ojalá que el presidente Vázquez escuche y haga cumplir su propia ley.

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