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COVID-19 y trabajo (I)

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NELSON LARRAÑAGA
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El 91% del mundo está afectado por el coronavirus COVID-19. Desde el 13 de marzo, Uruguay lo está padeciendo. El gobierno declaró la emergencia sanitaria y activó medidas en varias áreas, con el fin de evitar la propagación del virus.

Este fenómeno pegó fuerte en el trabajo prestado en el sector privado, donde las personas abruptamente se vieron perjudicadas. Y las empresas vertiginosamente redujeron su actividad e ingresos. Como el trabajo y las empresas no se pueden perder, el gobierno se puso a trabajar en tomar acciones para remediar esta situación exógena.

En este sentido adoptó medidas sanitarias, sociales, tributarias, laborales y de seguridad social. El propósito fue ayudar a superar este mal momento, y detener/mitigar el apagón laboral y empresarial en curso. Es hora de apoyar al gobierno con propuestas, y dejar de lado actitudes o conductas que desafinen con esta causa nacional.

En este contexto crítico, la seguridad social ha sido una de las redes de contención de la pérdida del ingreso de los trabajadores dependientes. El aislamiento del lugar de trabajo, la caída de la actividad y del ritmo laboral, hicieron que se tuvieran que activar subsidios por enfermedad y desempleo.

El gobierno dispuso la permanencia aisladas por 14 días de las personas con el virus, de los que tuvieron contacto con ellas, de los que tenían algunos síntomas, de los que vinieron de países con infectados, y exhortó a que también se aíslen los grupos de riesgo.

Una parte de este colectivo social tiene trabajo, pero que, por su permanencia en el domicilio, no iban a generar salario. Para paliar esta situación, se recurrió al subsidio por enfermedad en el ámbito del BPS. Se decidió que cubriera a los que estaban enfermos y a aquellos que potencialmente podían contraer el virus, si no se los aislaba en su domicilio.

El subsidio mensual es igual al 70% del promedio de los últimos seis meses de remuneraciones gravadas, con un tope mensual de $ 44.607. Se tiene que cumplir con un período previo de cotización de tres meses. El subsidio mensual se proporciona a la cantidad de días de cobertura.

Todavía faltaba por resolver la situación de los empleados que no calificaban para este subsidio, y su empleador no tenía trabajo en forma total o parcial. Y aquí aparece el subsidio por desempleo. Esta prestación cubre la falta de trabajo transitoria hasta por cuatro meses.

El problema fue que al haberse disparado este fenómeno pasada la mitad de marzo, los trabajadores mensuales no tenían derecho al subsidio parcial, por así disponerlo la norma. En otros casos, habían agotado el período máximo de cuatro meses de prestación y ahora no tenían derecho.

Fue entonces que el gobierno flexibilizó la Ley. Se creó por 30 días, un subsidio especial que alcanza a los trabajadores mensuales y con retribución variable, que estén dentro del ámbito del BPS. El subsidio se activa cuando al trabajador se le redujeron los días de trabajo en el mes (seis días como mínimo) o sus horas de trabajo en un 50%. El importe del subsidio es igual al 25% de sus ingresos mensuales promedio de los últimos seis meses y se proporciona a los días u horas reducidas en el mes. Para tener derecho, se requiere un período previo de cotización de seis meses en los últimos 12 meses.

Y qué solución se daba a los empleados sanos, pero que tenían temor de adquirir el virus en el lugar de trabajo, por estar en el mismo ambiente con varias personas. Fue entonces que se practicaron dos medidas.

Una, fue la de permitir que los empleados trabajaran en su domicilio, con acceso a la información vía remota (teletrabajo). El gobierno lo recomendaba. No estábamos preparados para esta modalidad masiva de trabajo aislado, que en general era cumplida por emprendedores no dependientes.

Esto se implementó en los sectores que no demandaban trabajo presencial. Sobre la marcha se tuvo que diseñar un protocolo, con el fin de superar algunos obstáculos legales. Todo esto será transitorio. Luego se volverá a la normalidad, trabajando las personas y los equipos en forma presencial, con interacciones de persona a persona y no a través de la fría virtualidad.

La segunda medida, más bien aplicable a empleados que debían trabajar en forma presencial, pero que no tenían trabajo, se direccionó al otorgamiento de la licencia anual pendiente de goce. Pero como muchos ya la habían gozado, el gobierno permitió que, por acuerdo de partes, se adelantara la licencia a generarse en 2020. Esta es una alternativa al envío al seguro por desempleo.

Otro caso fue la industria de la construcción. Los actores sociales acordaron una licencia sin goce de sueldo por dos semanas, previa al inicio de la licencia anual. Esto se hizo como medida sanitaria, evitando la aglomeración de trabajadores. Se acordó el pago de una partida única no salarial, con un esquema novedoso de financiación tripartito.

Hubo otras medidas y se estudian más para otros colectivos. Además, se creó el Fondo Coronavirus. Todo esto irá en la nota (II)

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