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Nos, que no renunciamos

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LEONARDO GUZMÁN
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El Dr. Jorge Díaz renunció el martes. Por sorpresa. Dijo sentir que cumplió una etapa y que se propone encarar proyectos privados. Las explicaciones son demasiado personales para quien pasó una década trastrocando el bien público de la Justicia, pero tiene derecho a dejar la función de Estado.

Cargas pesadas no le faltaron, desde que, siendo Juez Letrado en lo Penal, clausuró sin resolver el caso del arsenal Feldman hasta que lle-gó al paroxismo de construir un centralismo napoleónico sobre los escombros de la Fiscalía de Corte definida por la Constitución.

Aclaremos: Díaz, tras perseguir a los Fiscales que resistían sus ukases, fue el ejecutor extremista de un Código del Proceso Penal que en noviembre de 2017 entró a regir tras recibir 14 cirugías plástico-legislativas que lo desfiguraron hasta el punto de hacerlo traicionar la esencia del Derecho. Ese Código fue votado por todo el elenco parlamentario de la época. Con los resultados a la vista, es hoy cuestión de Estado abocarse no solo a elegir al sucesor de Díaz, sino a algo más duradero: devolverle la seriedad a los juicios penales. Hace falta acabar con un proceso abstruso, que negocia la norma penal y le da mucho más espacio a la transacción que a la determinación de la verdad.

Al irse, el Dr. Díaz proclamó orgulloso que “las tareas asignadas han sido cumplidas”. ¡Vaya! Sería muy útil -y hasta de higiene jurídica- que aclarase quién diantre le encargó eso que al irse da por felizmente “cumplido”. ¿Alguien le pidió suprimir las Fiscalías Civiles, que vigilaban los derechos individuales y el orden público en expedientes de sucesiones, menores e incapaces? ¿Alguien le solicitó que las crecientes contiendas de Familia quedasen sin la luz técnico-jurídica del Ministerio Público, porque el servicio iba a dedicar todo su estrés al sub-mundo criminal?

¿Quién le encargó aplastar la independencia técnica de los Fiscales bajo un haz de Instrucciones Generales que operan como una legislación administrativa? ¿Quién le mandó dejar soterradas las denuncias hasta que la jerarquía, después de tres o seis meses, resolviera a qué Turno habrían de asignársele, desamparando a las víctimas en cuyo nombre el hoy renunciante le hizo propaganda al nuevo Código?

En la historia de nuestro Derecho, la etapa que se cierra quedará signada por un sistema que menospreció las exigencias de precisión ý ajuste de cada Tatbestand -cada tipo delictual- y las reemplazó por un regateo de las penas y hasta de las figuras: una pulseada que habilita al Fiscal apurado por cerrar el caso a transar con el detenido apurado por irse, traicionando la majestad imperativa de la ley.

Con el nuevo sistema, el 86% de los procesos penales son “abreviados”. Si el detenido admite culpas reales o imaginarias -obviamente presionado por la amenaza de una imputación que pueda sumirlo en la cárcel- un papel firmado entre las partes sirve de base suficiente para que se dicte una sentencia de condena, con penas rebajadas o sustitutivas. Esa sentencia no se deduce del contenido de un expediente judicial. Sus antecedentes quedan en una carpeta fiscal que el defensor puede controlar -con tanta buena voluntad como la que tenga el Fiscal que le toque-, pero que no figurará en los antecedentes lógicos de la sentencia porque no le llega al Juez y en rigor no hay expediente.

El tema da para mucho más. Como una herida y como una responsabilidad, nos queda abierto a todos los que no renunciamos.

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