Publicidad

El atropello

Compartir esta noticia
SEGUIR
Julio María Sanguinetti
Introduzca el texto aquí

Si hay un elemento sustantivo en nuestro desarrollo democrático es el sistema electoral. Construcción de muchos años y luchas, un amplio consenso le ha permitido tener al país la certeza de su limpidez, la convicción de que no se falsea la voluntad popular.

Una de las piezas claves del sistema es que solo se pueden modificar las reglas de juego por medio de una mayoría especial de dos tercios de votos de cada Cámara, para asegurar un clima de concordancia generalizado. El artículo 77°, inciso 7, es rotundo: "Toda nueva ley de Registro Cívico o de elecciones, así como toda modificación o interpretación de las vigentes, requerirá dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara".

¿Cómo es posible que el Parlamento, donde el Frente Amplio tiene una mayoría pero no los dos tercios requeridos, pretenda imponer un cambio sustancial en el Registro Cívico y la participación electoral? Por la tramposa vía de invocar el "carácter interpretativo" de la Constitución se dice que el ciudadano que vive fuera del país puede votar. El artículo transcripto es bien claro y establece que hasta "la interpretación" de las normas vigentes requiere esa mayoría especial.

Estamos ante un gravísimo atropello a la Constitución y a las garantías electorales. No se puede mirar de otro modo y las fuerzas democráticas del país tienen que alertar a la ciudadanía sobre este procedimiento de aire venezolano.

El Partido Colorado anuncia oficialmente un recurso de constituciona-lidad ante la Suprema Corte de Justicia. Senadores de los demás partidos de la oposición coinciden en la idea.

Es justo y es necesario que así se haga. Y cuanto antes, porque el pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia sería fundamental. ¿Por qué? Porque la declaración de inconstitucionalidad solo hace inaplicable la ley para el recurrente. La ley se mantiene vigente, aunque haya perdido respaldo moral. Y ante una persistencia obstinada en el tema, a nuestro juicio tendría sentido intentar un recurso de referéndum contra la ley y así derogarla. Sería, eventualmente, otra herramienta a usar.

En el 2009, el propio Frente Amplio, que reconocía entonces que para el voto en el exterior necesitaba de un cambio constitucional, intentó hacerlo por la vía popular y le fue muy mal. Apenas el 37% se mostró favorable. Ahora se lanza por un fraudulento camino antijurídico y exhibe una intención de llevarse todo por delante, sea como sea.

Por eso decimos que la oposición, unánimemente crítica de la ley, debería intentar, además, llevar adelante un referéndum revocatorio. Sería una gran señal de fidelidad democrática, imprescindible ante los desbordes frentistas. Somos conscientes de que es un procedimiento complejo y difícil, que vale la pena considerar.

Personalmente somos contrarios al voto en el exterior, por razones jurídicas, políticas y éticas.

Jurídicas, porque la Constitución parte de la base de que la República "es la asociación política de todos sus habitantes comprendidos en su territorio" (art. 1°). Lo cual explica que alguien que no es ciudadano, pero "habita" en el país por 15 años, puede votar (art. 78º). Y, a la inversa, que un hijo de padre o madre uruguayos, nacido en el exterior, podrá adquirir y ejercer su condición de ciudadano natural solo después de "avecinarse" en el país e inscribirse en el Registro Cívico (art. 74º).

Políticamente, el voto en el exterior, distorsiona la voluntad popular. En la reciente elección de Chi- le ganó el Ing. Piñera, pero en el exterior, en todos los países donde se votó, incluido el Uruguay, fue mayoría su contrincante, el Sr. Guillier. Podríamos enumerar ejemplos parecidos de las elecciones peruanas y hasta del Brexit, notoriamente rechazado por los británicos en el exterior. O sea que el votante lo hace con el clima del país en que vive, y no del de su nacionalidad.

En el plano ético, no se puede invocar el derecho del 15% o 16% de uruguayos a decidir el destino del país desde afuera, cuando más del 80%, que aquí reside, es el que vivirá las consecuencias de esa decisión. Los uruguayos de la diáspora merecen todo nuestro respeto y afecto, y el Estado debe siempre estar atento a mantener el vínculo con ellos y protegerlos en lo que corresponda. Pero decidir lo que ocurrirá acá desde la distancia, no es justo.

Más allá de estas poderosas razones en contra del voto en el exterior, nos importa —tanto o más— el modo ilegítimo y arbitrario al que se pretende echar mano para imponerlo. Comprendemos que honestamente haya ciudadanos que piensen distinto y crean que hay derecho a ese voto. Pero no pueden estar de acuerdo con que ello se imponga quebrando la Constitución.

Ante tanta obstinación, ante el desconocimiento —incluso— del resultado de un plebiscito constitucional, es preciso llevar adelante un enfrentamiento claro y frontal. Y terminar con este modo de actuar.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad