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Sobre la cuestión de género

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JUAN ANDRÉS RAMÍREZ
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La cuestión de género es el nombre convencional que permite abarcar un conjunto de asuntos que la sociedad humana tiene pendientes de solución, referidos a la justicia y corrección moral de las relaciones de los hombres y mujeres entre sí, en cuanto tales.

Algunos de los asuntos referidos a la cuestión de género tienen una clara y unívoca resolución en el pensamiento colectivo y en el Derecho aplicable, que está dado por evidencia de la ilegitimidad de la conducta. Nadie puede discrepar en cuanto a que debe ser sancionado severamente el hombre que atente contra la vida o integridad física de su pareja o expareja, o contra cualquiera que atente contra la libertad sexual de una mujer, lo que ya ha sido establecido en la ley penal.

En cambio, en los últimos tiempos, progresivamente se han ido incorporando reivindicaciones planteadas desde grupos femeninos -aunque no exclusivamente- que se basan en el principio de igualdad consagrado en el artículo 8 de la Constitución, como principio general del Derecho.

En base al mismo, se pretende cambiar la realidad de la vida social, por la vía compulsiva del Derecho, en todas aquellas situaciones en que las mujeres aparezcan con una satisfacción de sus intereses, que sea menor a la que la que alcanzan los hombres, supuestamente por causa de una tradición atávica y machista.

Las reivindicaciones son variadas y crecientes, citamos, entre otras: ante la constatación de que resultan electos muchos más legisladores hombres que mujeres, se reclama, no ya el tercio vigente, sino la paridad de género; como se constató que -estadísticamente- quienes realizan trabajo no remunerado en el hogar, mayoritariamente son mujeres, debe establecerse su compensación o remuneración; ante la verificación de que en los órganos de decisión de las empresas, numéricamente dominan los hombres, debe establecerse el ingreso obligatorio de mujeres a esos ámbitos; como en el mercado de trabajo, los hombres obtienen mejores remuneraciones que las mujeres, y -además- tienen una superior tasa de empleo, deben establecerse correctivos que lleven hacia la equiparación de remuneraciones y oportunidades de trabajo.

Concomitantemente, la cancha está flechada: los hombres nos sentimos cargando el estigma de abusadores y las mujeres temen ser tratadas de traidoras a su género, si llegan disentir.

Sin embargo, nadie recuerda nuestra tradición jurídica, en la que honrosamente innovamos respecto de la mayoría de las naciones: desde 1869 consagramos el derecho de la mujer -no del hombre- a que luego de separada de su marido debía recibir de este una pensión que la mantuviera en la misma condición económica que durante el matrimonio; desde 1907, fuimos uno de los primeros países divorcistas; desde 1913, además, consagramos el derecho de la mujer -no del hombre- a divorciarse por su sola voluntad, sin necesidad de exponer motivos o causales; por la “Ley de derechos civiles de la mujer” en 1946, nuestro país estableció -solo acompañado en el mundo por los países escandinavos y algunos socialistas- que la patria potestad sobre los hijos, sería ejercida por igual y simultáneamente, por el padre y la madre y, en la misma ley, dispuso que la mujer casada tenía la misma capacidad civil que su esposo, para administrar sus bienes propios y sus gananciales.

Veamos ahora, un ejemplo que revela, simultáneamente, que los fenómenos sociales son complejos y que no es verdad que -siempre- toda desigualdad se produzca en perjuicio de las mujeres.

Y bien, no cabe duda que uno de los principales factores de igualdad en el crecimiento personal, espiritual y económico, es el acceso universal a la educación.

Asimismo, también hay acuerdo en que, en las sociedades contemporáneas, el requerimiento de títulos de grado o de posgrado universitario, es cada vez más acentuado y corre paralelo con el nivel de remuneraciones logrado en el mercado de trabajo.

Sin embargo, en este caso, la desigualdad de oportunidades castiga a los hombres, severamente.

En efecto, en nuestro país, por lo menos desde 2007 hasta el presente de manera homogénea -según las cifras publicadas por la Universidad de la República en sus informes anuales- las mujeres todos los años prácticamente, duplican en número a los hombres, tanto en el ingreso a la Universidad, como en el egreso con título de grado o de posgrado. (Las cifras promediales en ese período del 2007 en adelante son: al ingreso, 64% de mujeres y 36% de hombres; al egreso con título de grado, 64% de mujeres, 36% de hombres y, al egreso de posgrado, 65% de mujeres y 35% de hombres, esto último según cifras de 2015). Simultáneamente, aumenta la tasa de ocupación laboral de los varones desde los 14 años y su deserción en Secundaria.

Como el fenómeno no nació en 2007, sino que se arrastra desde mucho antes, puede afirmarse que la desigualdad fue la misma por lo menos en los últimos veinte años, lo que tiene efectos acumulativos sobre la población, provocando una diferencia notable y creciente, de nivel cultural, según el sexo.

Para mirarnos en el espejo de otros países, también se produce allí una mayoría femenina, pero mucho menor que en nuestro país. Así, en el ingreso a la universidad en los países de la OCDE las mujeres suman el 54,3% y en la UE, la media es de 54,6%, muy lejos del 64% en Uruguay.

Adicionalmente -dada la forma en que se plantea esta cuestión- la sociedad uruguaya se está perdiendo la cualidad más perfeccionada de democracia, que consiste no solo en votar libremente cada cinco años, sino -entre elecciones- discutir, reflexionar y argumentar, objetivamente, respetando la disidencia ajena, para construir los consensos que nos deben identificar como nación.

Precisamente, de eso se trata en la llamada democracia deliberativa o epistémica, radicalmente opuesta a la intolerancia, el dogmatismo y el fanatismo demostrado en las últimas manifestaciones públicas, que deterioran la democracia y flaco favor le hacen a la causa de la mujer, que merece mejor defensa.

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