Publicidad

El porqué de tanto secreto

Compartir esta noticia
SEGUIR
Hernán Sorhuet Gelós
Introduzca el texto aquí

La semana pasada el Movimiento por un Uruguay Sustentable organizó una mesa redonda para evaluar, desde el punto de vista jurídico, el contrato firmado por el Gobierno uruguayo con la empresa UPM, que prevé la eventual instalación de una tercera planta de celulosa en el país.

El Dr. Pablo Leyza Zunino (UdelaR, Ucudal) puso el foco en las formas seguidas, señalando que el Poder Ejecutivo —que debe cumplir con el Tocaf (norma reguladora de los contratos)— no lo hizo. En este contrato administrativo vulneró varios de los principios de su art. 149, como el de publicidad, igualdad de los oferentes (llamado), transparencia, buena fe, razonabilidad; transformándolo en una contratación directa, que si bien la norma la contempla como excepción, el objetivo de este contrato no lo justifica en absoluto.

Por su parte el Dr. Enrique Viana (exfiscal de la República), subrayó que no existe base constitucional para los contratos de inversión del Estado, y no están previstos en el marco legal nacional. Asegura que se trata de una nueva fuente de derecho que no emana del Poder Legislativo. Es muy peligroso que nuestro país asuma tantos compromisos por esta vía. La empresa extranjera los fija a su conveniencia y nos compromete a todos los uruguayos.

Las exigencias impuestas en el documento resultan asombrosas y a la vez absurdas: reformas en lo laboral (huelgas, ocupaciones, etc.), en la educación (actualizar programas de UTU en especial en Paso de los Toros), y legislativa (incorporar al derecho positivo estos acuerdos). Pero también el país le deberá asegurar flujos mínimos de agua del río Negro, carreteras para los camiones que transportan 48 toneladas, ensanchar los peajes, proveer un transporte ferroviario en perfectas condiciones para trasladar su producción al puerto de Montevideo, e instalaciones especiales en la terminal portuaria, etc. etc.

Afirma Viana que este contrato anula a los tres poderes del Estado: el Ejecutivo se compromete a lo pedido, el Legislativo no interviene ahora ni después en los contenidos acordados, y el Judicial no podrá resolver los conflictos que se presenten entre la empresa y el Ejecutivo.

El constitucionalista Dr. Eduardo Lust Hitta (UdelaR) fue "hasta el hueso" al afirmar que la Constitución casi no se cumple desde que se aprobó la reforma de 1967. Hemos "reformado" varias veces la Carta Magna mediante leyes que le han asignado indebidamente potestades al presidente de la República. La Presidencia hoy hace y decide muchas cosas más que lo que autoriza la Constitución. El peligro mayor de esta práctica radica en que no se la puede controlar. En el caso que nos ocupa, nuestra Constitución no le permite a la Presidencia realizar esta clase de contrato que tanto compromete al país —sería un caso de abuso de funciones—; a lo sumo podría exonerar algunos impuestos y nada más.

Es difícil encontrar un contrato tan negativo para nuestro país como este. La empresa nos impone una larga lista de obligaciones y de su parte solo dice que, llegado el momento, tal vez invierta en la planta. Se entiende ahora por qué tanto secretismo de parte del gobierno.

Queda claro lo necesarias que resultan estas instancias de discusión abierta de los contratos del Estado.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad