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La vacunación obligatoria

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HEBERT GATTO

Pese a lo que alegan los “negacionistas”, en nuestro país la vacunación ha reducido notoriamente los niveles de expansión de la pandemia, aún cuando subsiste el peligro de que nuevas variantes, nos retrotraigan al pasado cercano.

Algo que le ocurre a nuestros vecinos que todavía contabilizan cifras preocupantes tanto en enfermos como en decesos. Esta incertidumbre plantea una inquietud. ¿La vacunación que, tan excelentes resultados ha demostrado, no debería declararse como obligatoria?

Nuestro gobierno se niega alegando que alcanza con que los ciudadanos mantengan una libertad responsable. Esta volvería innnecesaria, una limitación tan extrema. Basta con la mera apelación ética, el llamado a la generosidad de la especie, para que la población asuma las consecuencias de sus actos omitiendo así, dañar a sus congéneres. Sin embargo, pasado un año y medio de comenzada la pandemia, alrededor de un veinte por ciento de los uruguayos, desmintiendo cualquier optimismo, sigue optando por la no vacunación. Un férreo porcentaje que con pocas oscilaciones se mantiene constante en el mundo. La consecuencia es que una quinta parte de su población (sea por egoísmo o por razones no generalizables, como temores infundados, desconfianza en la ciencia o asunción de conspiraciones paranoicas), no practica la sugerida “libertad responsable” colocando en peligro al resto de la población. Una actitud, que excepto cuando es adoptada por orden médica, resulta absolutamente inmoral: pretende prevenir males imaginarios, sin importar si ello daña al resto del entorno. Incluyendo al más cercano.

¿Frente a este panorama, cabe, en nombre del liberalismo, aceptar pasivamente el dañino empecinamiento de una minoría? ¿Se lo evita con exhortaciones altruistas, el barbijo y el alcohol? El tiempo ha probado que no. Desterrarlo exige firmeza y claridad. Impone la sanción de una ley que amparada en el orden constitucional nacional declare sin ambages la obligatoriedad (sin sanción), de la vacuna anticovid. Algo que ya ocurre con otras de ellas y que, sin caer en complejas dificultades jurídicas habilite a establecer, según las circunstancias, exigencias, impedimentos y regulaciones a los no inmunizados por propia decisión. Medidas que naturalmente deberán respetar la racionalidad que todo estado de derecho requiere. Pases verdes, condicionantes laborales, prohibiciones de ingreso, inhabilitación de actividades, etc., de similar contenido a los que hoy circulan en el mundo, solo que en el marco de leyes precisamente definidas.

La indebida indefinición de las autoridades(o su mala definición) ante una cuestión de tanta importancia como la protección de la vida ciudadana, tiene otras consecuencias. Por un lado, el Estado resulta pasible de demandas por parte de aquellos que al sentir que sus legítimos derechos no son debidamente protegidos lo reputen responsables de los daños causados por su inacción. Omiso en tutelar la salud pública. Por otro se hace difícil entender como ese mismo Estado, la institución política suprema de la Nación, puede abstenerse de actuar, delegando en regulaciones particulares y posteriormente en una probable y compleja definición judicial, la resolución de un tema que impone una tajante respuesta legislativa.

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