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TV Ciudad y discurso público

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HEBERT GATTO
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Escribir sobre temas que puedan concebirse como limitaciones a los derechos humanos, particularmente los relacionados con la libertad de expresión, no es una tarea agradable.

Sin una vigorosa afirmación de la radical autonomía de los seres humanos, base incontrovertible de la ética y la política, el resto de los derechos resultan comprometidos. Por más que en este caso, no sea ese estrictamente, el centro de esta nota dirigida a las particularidades del discurso estatal y por ende a sus diferentes practicantes y no a las prerrogativas de sus ciudadanos.

Nos referimos a la polémica suscitada recientemente por TV Ciudad, el canal de televisión de la Intendencia de Montevideo, y en especial su ubicuo programa estrella “La letra chica”, respecto al cual se sostiene, que pese a estar dirigido por profesionales competentes, buenos conocedores de su oficio, habría excedido en su estilo y contenidos lo legítimo para este particular tipo de medio. Recordemos que tanto Canal 5 como TV Ciudad pertenecen al Estado Uruguayo cuyo gobierno lo ejerce en lo nacional una coalición centrista y en los aspectos municipales del Departamento de Montevideo, el Frente Amplio. Dos grupos políticos de diferentes cuando no encontradas orientaciones. La crítica a este programa, que entendemos básicamente correcta, se basa en su disposición a practicar a través de la elección de sus invitados una crítica pertinaz al gobierno nacional mientras desarrolla una mirada complaciente hacia la conducción capitalina. Sin, en general, procurar equilibrar ambos tipos de opiniones. En este sentido, Diego González, uno de sus conductores ha manifestado públicamente que se trata de un “programa de izquierda” y varios periodistas, en defensa de su profesión, han declarado que las críticas al mismo son infundadas en tanto suponen limitar la libertad de expresión.

El problema de esta visión, es que no advierte que lo que aquí está en cuestión son las características del discurso estatal no el de las libertades. ¿Qué y cómo, es lo que puede o no puede decirse legítimamente cuando el Estado se expresa, con qué argumentos debe fundar sus resoluciones, o de que manera, con algo más de laxitud, debe manifestarse en los medios de comunicación de su propiedad? TNU, el principal medio público, mantiene determinadas directivas para ello, que no parece imitar TV Ciudad: a) servir al interés público; b) balancear opiniones; c) relevar todos los puntos de vista relevantes; d) informar de modo imparcial.

Por su parte, es de esencia de un estado democrático, donde la pluralidad de opiniones es la norma, que el discurso público, la razón pública como la denomina John Rawls, se manifieste sin transgredir las normas de imparcialidad de la Constitución de la República, de los legisladores al sancionar una ley, o del lenguaje de la Suprema Corte o de los jueces al emitir una sentencia, evitando trillos ideológicos. Lo que no significa copiar servilmente este lenguaje en los medios de comunicación, algo no enteramente viable, sino atender a los límites de objetividad, neutralidad, imparcialidad que estas disposiciones conllevan. Y esto sencillamente, porque el Estado democrático es laico y de todos, no de derecha ni de izquierda y jamás del partido o grupo que ocasionalmente haya obtenido su gobierno.

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