Publicidad

Delito y sociedad

Compartir esta noticia
SEGUIR
Hebert Gatto
Introduzca el texto aquí

Tres asesinatos de niños en el lapso de unos pocos días terminó por convertirse en el detonante que la sociedad montevideana requería para expresar violentamente su indignación.

Como reacción, no sólo estallaron desmanes en algunos barrios, los más afectados, sino que brotaron declaraciones reclamando discutir un cambio drástico de la legislación penal retornando a castigos ancestrales como la pena de muerte, prisión perpetua, castración química para delincuentes sexuales o continuando una tendencia progresiva, el endurecimiento global de las penas. Por otro lado las redes sociales se inundaron de discusiones exacerbadas, como ocurre en un medio donde la clandestinidad prohija exabruptos, proponiendo diversas medidas, algunas cercanas al linchamiento de los presuntos criminales y de sus abogados defensores. Todo ello, también debe señalarse, inscripto en un panorama de aumento de la violencia sexual, feminicidios y un incremento de ataques a niños, denunciados hasta por la Unicef.

No hay duda que vivimos un clima de crisis valorativa inserto en fenómenos como la fragmentación urbana, la aparición de tribus ciudadanas, las drogas o el general crecimiento de la violencia, indicativos entre otros de una grave pérdida de cohesión social. A lo que se suma la determinante y ambigua incidencia de los medios de comunicación. Un cóctel que contribuye al surgimiento de actitudes que cometen el error de pretender solucionar problemas sociales aplicando el derecho penal. Ello cuando el momento exige apelar a la prudencia, legislar reflexivamente y no sancionar seudo soluciones que terminen desfigurando al Estado de derecho. Tal como sucedió con el fascismo y el comunismo soviético, regímenes que en el pasado siglo inauguraron la moda de arrasar con las garantía en materia penal, desmontando los intentos liberales por humanizarla.

Por eso en el actual estado de la civilización, resulta retrógrado volver a debates sobre la pena de muerte, la prisión perpetua u otros medidas similares, como la repugnante castración, todos basados en la primitiva concepción retributiva de la pena que colocan al Estado en la equívoca situación de impartir justicia apelando a igual insensibilidad que la utilizada por el criminal. Ello sin olvidar que hay suficiente evidencia empírica para demostrar que el aumento de los castigos o su brutalización, muchas veces implícita, no ha supuesto la disminución del delito. Mucho menos de aquellos de naturaleza sexual, de probable origen psiquiátrico. En nuestro derecho la Constitución funda las penas no en una presunto derecho tribal de venganza, sino en la prevención del delito, procurando la reinserción del delincuente. Principios a los que también apela la legislación internacional basada en que la reclusión civilizada resulta la mejor disuasión, aún cuando no elimine el delito. Tampoco lo termina, más bien lo incentiva, nuestro modelo carcelario, una práctica medioeval claramente inconstitucional. Quizás sea por eso, porque bien conocen este infierno, que nuestros jueces aparecen como demasiado liberales en la correcta aplicación del ius puniendi. Pero al derecho penal no cabe incumplirlo, hay que complementarlo con una práctica carcelaria que se atenga a sus objetivos preventivos. Por imperfectos que sean, son los únicos conocidos.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad