Publicidad

Todo depende

Compartir esta noticia

Recordarán el batifondo que armó el Sunca con la ley de responsabilidad penal del empleador. Rodearon el Palacio Legislativo, se creyeron dueños de la verdad y su máximo representante devenido en diputado suplente, entró en Sala y esgrimió razones.

Recordarán el batifondo que armó el Sunca con la ley de responsabilidad penal del empleador. Rodearon el Palacio Legislativo, se creyeron dueños de la verdad y su máximo representante devenido en diputado suplente, entró en Sala y esgrimió razones.

Recordarán también que el Frente Amplio estaba dividido respecto al tema primando la unidad a la hora de votar (no unidad conceptual sobre aquél) y el proyecto fue ley. La seguridad laboral jugaba un rol medular y todo el mundo se rasgaba las vestiduras sobre el particular.
Supe escribir que justamente la Asociación de Promotores Privados de la Construcción del Uruguay (APPCU), gremial a la cual estoy vinculado, hizo punta en el tratamiento del tema y desde el año 1992 tiene un equipo multidisciplinario que recorre las obras de sus socios, haciendo de la seguridad obrera un aspecto excluyente. Paradojalmente es el Sunca el que promueve la ley.

Obviamente disentimos con la ley aprobada; además de creerla innecesaria se promulgó un delito penal en blanco con remisión a normas del Poder Ejecutivo (lo que lo haría inconstitucional).

Hace pocos días cobró vigencia el decreto que regula la producción, distribución y venta de la marihuana, contenido en la ley 19172.
Alguna disposición del citado decreto no se compadece con el celo que sí hubo para la ley de responsabilidad penal del empleador antedicha. En dicha ley las baterías fueron contra el empleador sin hacer ninguna mención al obrero. Caso omiso flagrante.

Forma parte de esa visión sesgada que se tiene (y gran parte de la sociedad lo piensa según las estadísticas), donde siempre la culpa es del empresario y el obrero luce como víctima indefensa ante la “desidia capitalista…”.Mirada maniquea tan característica de nuestro país, donde los buenos están de un lado y los malos del otro. Así pontificamos y damos cátedra a diestra y siniestra sin el menor atisbo de humildad o respeto por la opinión discrepante ajena. En el caso de marras, los empresarios son los malos y los obreros, los buenos.

Fíjense estimados lectores que en el decreto que regula la ley sobre el cannabis, si el obrero está trabajando bajo los efectos de la marihuana, el empresario puede solicitarle que se retire pero no podrá sancionarlo. Es decir, todo el peligro que conlleva que un obrero trabaje con sus condiciones psicofísicas disminuidas, no se refleja en la severidad que se debería tener a la hora de adoptar medidas.

El artículo 42 del citado decreto si bien determina que “se encuentra prohibido fumar, mantener encendidos, consumir o ingerir productos de cannabis o a base de cannabis durante la jornada de trabajo, sea en los lugares de trabajo o en ocasión del trabajo, y en general, durante todo el tiempo en que el trabajador se encuentre a la orden del empleador” también agrega que a dicho trabajador no se le sancione excepto si incurrió en la comisión de alguna otra falta concreta sancionable.
Ya varios abogados laboralistas han expresado su malestar.

Una de las cátedras de Medicina de nuestro país afirmó: “Con respecto al consumidor diario nos tiene que preocupar los efectos de la marihuana en cuanto a la falta de coordinación y reflejos.” La marihuana afecta el sistema nervioso central, altera la capacidad de concentración, la coordinación motora, la capacidad de reacción. Según afirman los eruditos, los efectos de unas pitadas persisten varias horas y de esta manera un obrero que lo hace, no solo corre peligro él, sino que arriesga a sus compañeros y a la organización laboral.

Agrega el decreto: “si mediante el control realizado se comprueba la existencia de THC (principal componente psicoactivo del cannabis) en el organismo del trabajador, éste deberá suspender sus tareas y si el empleador lo dispone retirarse del lugar de trabajo”. Pero lo dicho, no habrá sanción. Cárcel para el empresario que no dispuso elementos de seguridad para el operario; pero al obrero imprudente, simplemente se le invita a retirarse sin ninguna pena ulterior. Luce justo ? Luce equitativo ? Se responde solo.

Clara disonancia entre las responsabilidades de ambas partes. Con el mismo fervor que el Sunca abogó por la ley de responsabilidad penal del empleador, dicho sindicato sin perjuicio de velar para que no ingrese ningún obrero al trabajo con sus condiciones psicofísicas disminuidas( droga, alcohol), debería fomentar la sanción si eso sucediera. Saben bien todos los sindicatos que dicha situación genera un intrínseco peligro que colide con la seguridad laboral que tanto se pregona .
El título de la nota ilustra la realidad.

SEGUIR
Anibal Durán

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad