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Rige el cambio de reglas para compraventa de empresas; analistas hacen advertencia

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Las  compraventas de empresas cuya facturación supere los 600 millones de Unidades Indexadas deberán ser autorizadas. Foto: Shutterstock

LEY DE COMPETENCIA

Desde el lunes toda fusión por encima de determinado umbral necesita la aprobación de la Comisión desconcentrada del MEF.

Cuando en septiembre del año pasado el Poder Legislativo votó la nueva ley de Promoción y Defensa de la Competencia -que actualiza la normativa original de 2007-, nadie podía imaginar que el cambio legal más importante, el que obliga a que se deban autorizar ciertas fusiones, entraría en vigencia en plena crisis por el coronavirus y con los negocios prácticamente paralizados.

Es que se estableció un período de gracia de seis meses y el día de ayer fue la fecha fijada para comenzar a aplicar esta norma. De hecho, el plazo límite fue manejado como uno de los aspectos por los que el principal accionista de Tienda Inglesa -el fondo estadounidense Goldman Sachs- negociaba a contrarreloj la compra de Grupo Disco, operación que hace pocos díasquedó sin efecto por otras circunstancias.

En concreto, desde ayer se deberá requerir autorización previa de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (CPDC) -órgano desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)- respecto de todo acto de concentración económica cuando la facturación bruta anual en Uruguay de las firmas participantes de la fusión sea igual o superior en cualquiera de los tres últimos ejercicios a 600 millones de Unidades Indexadas (UI) -unos US$ 62,1 millones actualmente-.

Entonces, la Comisión pasará de recibir en promedio unos 10 casos por año a tener “muchísimas” presentaciones para analizar, dijo a El País el socio de Guyer & Regules y abogado especializado en la materia, Juan Manuel Mercant.

En la misma línea que otros especialistas en competencia, advierte que podría haber una saturación de la CPDC, que necesitará más recursos humanos para atender esa demanda.

Ante esto, aparte de la petición lógica de mayor presupuesto, hay otros mecanismos para intentar disminuir el total de solicitudes que llegan al órgano desconcentrado del MEF, con el objetivo que sean analizados exclusivamente aquellos negocios que por su magnitud o características lo ameritan.

“Ahora necesitamos la nueva reglamentación y lineamientos de actuación”, señaló Mercant. Según supo El País, la Comisión elevó al MEF el decreto reglamentario y se espera que sea publicado en los próximos días.

Quien ingrese al MEF en 2020 tendrá que afrontar temas sustanciales. Foto: F. Ponzetto
Ministerio de Economía. Foto: Fernando Ponzetto

Ese texto regulará el procedimiento para la solicitud de autorizaciones de concentraciones económicas.

Una posibilidad es que se incluya algún mecanismo como en otros países de fast track (vía rápida), planteó Mercant -ya lo había hecho durante el debate en el Parlamento de la normativa-, para evitar cargar a la Comisión de casos irrelevantes. “Es una forma de concentrarse en lo grande, el resto la Comisión lo aprueba tácitamente”, indicó el abogado de Guyer & Regules.

Esto busca evitar que esa selección de casos se dé en los hechos, ya que la norma establece que si pasados 60 días de la presentación la Comisión no se pronuncia, avalará tácitamente la fusión.

Como ejemplo, Mercant dijo que hay empresas que por sí solas ya superan el umbral de facturación y cualquier operación que hagan requerirá autorización.

A modo de solución, propone poner “un orden de magnitud a las partes del negocio”, es decir que debe participar la Comisión siempre que cada una de las empresas supere un porcentaje determinado de facturación dentro del límite total. Así se evitaría la intervención “en compras mínimas”, y se establecería un régimen de aprobación obligatoria de la Comisión “con excepciones, porque me temo que no van a tener capacidad para analizar y aprobar” todo lo que llegue, añadió.

Al respecto, Leandro Zipitría, profesor de la Universidad de la República especializado en mercados y regulación económica, dijo en diálogo con El País que “es incierto el volumen de casos” que puede llegar a la Comisión sobre fusiones porque dependen del nivel de actividad de compraventas. En lo que sí manifestó se debería poner el énfasis para alivianar el trabajo de la CPDC es en emitir lineamientos de actuación (algo que también mencionó Mercant).

“Más que la reglamentación hacen falta lineamientos generales, que serán mejores o peores, pero se logra que (la actuación de la Comisión y sus resoluciones) sean más entendibles para el común de las personas. No son reglas ni una lista de conductas prohibidas, explicás qué cosas tomas en consideración para decir lo que se permite o no, lo que allana el camino porque muchas veces las empresas no están enteradas de si lo que están haciendo es o no una conducta anticompetitiva”, detalló Zipitría.

En su opinión, “si el problema es que tendrás mucho trabajo esto puede ayudar”. Más teniendo en cuenta que aunque es lógico que la Comisión necesita más recursos humanos y económicos -en lo que coinciden todos los analistas-, es “un momento complicado” para solicitarlos en el marco de una emergencia sanitaria.

A su vez, el profesor del Departamento de Economía de la Universidad de Lovaina y especialista en temas de mercado y competencia, Sebastián Fleitas, dijo a El País que ante la vigencia de las nuevas reglas “la Comisión debe ganar en capacidades técnicas para que los efectos de las prácticas anticompetitivas y las fusiones puedan ser analizados con un enfoque moderno teórico y econométrico que son estándar en el mundo desarrollado”.

Agregó que sumar esos enfoques “permite incorporar elementos relevantes tanto teóricos como empíricos para poder dar sustento a conclusiones, que si se basan solo en la teoría económica o en prejuicios, pueden tener efectos ambiguos”. Fleitas también apoyó la divulgación de líneas o criterios de acción desde la Comisión.

Acerca de la necesidad de mayores recursos, la presidenta del órgano desconcentrado del MEF, Luciana Macedo, había dicho cuando se envió la nueva ley al Parlamento -en agosto de 2018- que su vigencia cambiaría “totalmente nuestra actuación”, y remarcó que su aprobación "debe ir aparejada con un cambio en el staff técnico de la CPDC porque vamos a necesitar más recursos humanos".

En esa ocasión, expresó que este tema "ya fue planteado al Ministerio de Economía" dado que con la estructura actual la Comisión “no tendría la capacidad" para actuar y analizar todas las adquisiciones dentro del umbral definido.

El otro gran cambio de la ley

La ley aprobada en septiembre pasado tenía, además de lo vinculado a las fusiones, el control de los carteles como la otra principal novedad. Esta disposición entró en vigencia en ese momento, y según explicó Mercant establece que hay determinadas prácticas entre empresas competidoras prohibidas per se, que la Comisión podrá sancionar sin necesidad de investigar los posibles efectos. La presidenta de la CPDC, Luciana Macedi dijo tiempo atrás que se incluye “el reparto de mercado, acuerdo de precios entre empresas competidoras, pactar la oferta o el precio (de un producto) o coordinar licitaciones”, pero no asociaciones “verticales” como entre proveedor y distribuidor. Mercant dijo que podría incorporarse “una regla de minimos”, que permite acuerdos “cuando es algo menor” en pos de ganar eficiencia.

Tres visiones sobre los cambios

guyer & regules
Juan Manuel Mercant

Juan Manuel Mercant

Propuso que en la reglamentación de la ley se incluya algún mecanismo de fast track (vía rápida) como hay en otros países, para evitar cargar a la Comisión de casos irrelevantes. “Es una forma de concentrarse en lo grande, el resto la Comisión lo aprueba tácitamente”, indicó. Se evitaría la intervención “en compras mínimas”, y se establecería un régimen de aprobación obligatoria “con excepciones”.

universidad de lovaina
leandro zipitría

Sebastián Fleitas

“La Comisión debe ganar en capacidades técnicas para que los efectos de las fusiones puedan ser analizados con un enfoque moderno teórico y econométrico que son estándar en el mundo. Esto permite incorporar elementos relevantes tanto teóricos como empíricos para poder dar sustento a conclusiones, que si se basan en la teoría económica o en prejuicios, pueden tener efectos ambiguos”.

universidad de la república
Sebastián Fleitas

Leandro Zipitría

“Hacen falta lineamientos generales, se logra que (la actuación de la Comisión y sus resoluciones) sean más entendibles para el común de las personas. Explicás qué cosas tomás en consideración para decir lo que se permite o no, lo que allana el camino porque muchas veces las empresas no están enteradas de si lo que están haciendo es o no una conducta anticompetitiva”.

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