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La persecución de DGI a un evasor durante una década

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Estudio de asesoría de DGI analizó cómo trata imposición a renta personal a los económicamente iguales.
Fachada del edificio sede de la Direccion General de Impositiva, DGI , ND 20130528, foto Maria Ines Hiriart - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Una trama que involucra dos modistos y hasta una simulación de negocio.

Una década lleva la Dirección General Impositiva (DGI) persiguiendo a un evasor que llegó a simular la venta de un inmueble con el fin de esconder su patrimonio y no pagar. Tras un fallo favorable de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), el organismo podrá intentar cobrar algo de los $ 66.459.079 (US$ 2,09 millones) a los que asciende actualmente la deuda por impuestos, multas y recargos.

La historia se remonta al 19 de enero de 2006, cuando una inspección de rutina de la DGI en la empresa de los diseñadores de moda argentinos Carlos Di Doménico y César Juricich encontró irregularidades. Los inspectores del organismo detectaron que la documentación no cumplía con la normativa (falta de facturación de algunas ventas principalmente).

Cinco días más tarde, ambos diseñadores comparecieron ante la DGI y un mes después (el 24 de febrero de 2006) el organismo solicitó medidas cautelares como el embargo genérico de Juricich, que se inscribió el 3 de mayo de 2006.

En ese momento comenzaron los problemas. Juricich y Di Doménico tenían un único inmueble en Uruguay, padrón 811 ubicado en Punta del Este (detrás del hotel Conrad), pero el 3 de febrero de 2006 (previo a que la DGI solicitara el embargo, pero luego de saber que adeudaban impuestos) firmaron una promesa de compraventa para negociarlo. La promesa fue inscripta el 20 de febrero y el contrato de compraventa otorgado el 20 de octubre de 2006 a Vía Fiorentina S.A. por el precio de US$ 110.000.

Casi un año después (el 4 de octubre de 2007), la DGI promovió una "acción simulatoria" ante el Juzgado Letrado de Maldonado de 5° Turno por entender que con la venta se intentó esconder el patrimonio con el fin de no pagar los impuestos adeudados.

Mientras el juzgado analizaba la acción promovida, el organismo determinó lo adeuda por impuestos no pagados, más multa por defraudación (evasión) y recargos en 2008.

Esto fue recurrido por Di Doménico y Juricich (ante la administración) y luego presentaron una acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo que fue rechazada.

Recién el 6 de junio de 2014 el Juzgado Letrado de Maldonado de 5° Turno resolvió no hacer lugar a la acción simulatoria iniciada por la DGI y dando la razón a los modistos.

El organismo apeló el fallo ante el Tribunal de Apelaciones de 1° Turno. Allí indicó que los indicios de simulación del negocio eran "la inminente ejecución de la deuda tributaria, el precio vil, la forma de pago, la inexistencia de rastros de movimiento de dinero, la constitución de una sociedad para adquirir el inmueble, la condición de único bien existente en el patrimonio de los deudores", según consta en la sentencia de ese tribunal.

El órgano judicial encontró varios indicios de "simulación" del negocio. Uno de ellos fue que "transcurrieron tan solo 14 días entre la inspección" en la que se detectaron irregularidades "y la celebración del primer negocio". Por otro lado, el inmueble "no había sido ofrecido en venta con anterioridad" y "fue adquirido por una sociedad anónima, cuya presidente fue designada el 2 de febrero de 2006 (un día antes de firmar la promesa de compraventa) y era la secretaría o telefonista o asistente del escribano que autorizó la escritura".

Además, el "precio se pagó al contado y en efectivo" y el origen de los fondos eran la "actividad financiera" del comprador "sin dar mayores detalles".

Según el tribunal estos son "otros indicios, tales como la ausencia de publicidad de la venta y la falta de explicación del origen del dinero". En la declaración de parte, Di Doménico afirmó "que había vendido para pagar a la DGI, que el dinero se lo había llevado Juricich para la Argentina, que éste era quien representaba a la empresa y que no sabía si había pago o no". Sin embargo "reconoció que sabía de la existencia de la deuda con la DGI" y que "había ido" con Juricich "a negociar una forma de pago, por lo que resulta llamativo que ignorara lo sucedido con el producido de la venta de del inmueble del que era copropietario", añadió el tribunal.

Otros indicios de "simular" el negocio son "el desconocimiento del destino del dinero" y "el precio que se habría abonado es muy inferior al de mercado" ya que según una tasación el valor de la propiedad "ascendía —a la época de la venta— a US$ 290.000 cuando el precio pactado fue de US$ 110.000", expresó.

Con todo eso sobre la mesa el Tribunal de Apelaciones, el 13 de mayo del año pasado, revocó la sentencia de primera instancia y declaró "la nulidad absoluta del contrato de promesa de compraventa" y del "contrato de compraventa". Además condenó a los demandados a pagar "costas y costos" de ambas instancias.

Los modistos interpusieron un recurso de casación ante la SCJ que lo desestimó el 6 de abril de este año y volvió a dar la razón a la DGI.

La SCJ señaló que el tribunal "realizó un desarrollo circunstanciado de todos los indicios que lo condujeron a concluir que los negocios impugnados eran insinceros" lo que no fue cambiado por "los recurrentes".

"La defensa de un negocio simulado implica un comportamiento malicioso y contrario al principio de buena fe por lo cual las costas y costos serán de cargo de los recurrentes", concluyó la SCJ.

Con ello el inmueble vuelve al patrimonio de los modistos y puede ser embargado por DGI para cobrar algo de la deuda.

Problema con Aduanas de favoritos de Susana.

Los diseñadores argentinos Carlos Di Doménico y César Juricich son habitués de Punta del Este, donde han organizado desfiles con la presencia en primera fila de la conductora de televisen y actriz argentina Susana Giménez, quien es fanática de sus modelos. Ambos tuvieron otro problema en 2010 cuando aparentemente ingresaron mercadería desde Argentina sin declarar en la Aduana. Una pelea entre ambos en 2012 terminó con la relación comercial que tenían desde hacía más de 13 años.

Gestión judicial: la DGI la utiliza como una herramienta.

Con el fallo favorable de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), la Dirección General Impositiva (DGI) puede proceder al embargo del inmueble padrón 811 de Punta del Este (una casa detrás del hotel Conrad) perteneciente a los diseñadores de moda argentinos Carlos Di Doménico y César Juricich que adeudan el equivalente a US$ 2,09 millones al fisco. Luego podrá rematar el inmueble, para obtener algo del dinero adeudado.

La gestión judicial de cobro es una herramienta más que tiene el organismo para perseguir la evasión de impuestos. Si bien puede ser un mecanismo algo lento (en este caso pasó una década desde que comenzó la inspección), la DGI lo ha utilizado.

De hecho, el año pasado realizó tres remates y este año espera concretar otro tanto. Los remates son públicos y permiten al organismo resarcirse en parte por tributos adeudados.

"La Administración tendrá acción ejecutiva para el cobro de los créditos fiscales que resulten a su favor según sus resoluciones firmes. A tal efecto, constituirán títulos ejecutivos los testimonios de las mismas y los documentos que de acuerdo con la legislación vigente tengan esa calidad siempre que correspondan a resoluciones firmes", indica el Código Tributario. Además de la gestión judicial, la DGI está habilitada a medidas cautelares, a pedir embargos preventivos y a solicitar garantías.

Cuando alguien simula una venta de un bien (en este caso un inmueble), la SCJ entiende que "la prueba debe ser valorada con un criterio de normalidad, esto es, ni liberalmente ni tampoco severamente, por cuanto si bien lo normal es que la voluntad declarada responda a la realidad, ello puede no ser así, no siendo legítimo que esa apariencia se constituya en un medio para perjudicar a terceros, o incluso a quienes luego se ven traicionados por personas en las que depositaron su confianza...". Eso lo expresó en una sentencia de 2010 y lo volvió a recordar en este caso.

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