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Pagar más o menos tributos según tipo de renta percibida

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Estudio de asesoría de DGI analizó cómo trata imposición a renta personal a los económicamente iguales.
Fachada del edificio sede de la Direccion General de Impositiva, DGI , ND 20130528, foto Maria Ines Hiriart - Archivo El Pais
Archivo El Pais

Las del capital pagan tasa más alta hasta que llegan al $ 1 millón anual.

El diseño de la imposición a la renta personal en Uruguay (vigente desde 2007) generó un debate sobre si es equitativa la forma en que se trata a individuos económicamente iguales. La discusión se dio en las VIII Jornadas Tributarias de la Dirección General Impositiva (DGI).

El punto de partida, fue la presentación del trabajo "Inequidad horizontal del sistema de imposición a las rentas de las personas físicas en Uruguay" elaborado por Marcelo Montero y Cecilia Robano de la Asesoría Económica de la DGI.

Allí los autores indicaron que como el sistema uruguayo es "dual", es decir separa las rentas del capital de las del trabajo (y dentro de estas separa a las salariales de las pasividades), "no es posible atender igual a los que son iguales" económicamente. Eso se denomina inequidad horizontal.

Por un lado están las rentas de capital, gravadas por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) categoría I, por otro las "rentas de trabajo dependiente" gravadas por el IRPF categoría II y por el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) y por el otro las "rentas empresariales" gravadas por el IRPF categoría II y el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) por opción. Esta última comprende a los trabajadores independientes que puedan optar por tributar IRPF o IRAE.

El IRPF categoría I grava con una tasa plana de 12% a las rentas de capital, aunque hay algunas tasas menores de 7% (para distribución de dividendos) y de 3% (para colocaciones en pesos a plazos largos). El IRPF categoría II grava con tasas progresionales a la renta del trabajo. Hay un mínimo no imponible de $ 21.363 y luego tasas que van de 10% a 30% y que gravan cada tramo del ingreso, hay deducciones por alquiler o cuota hipotecaria, hijos a cargo y aportes previsionales. El IASS es igual al IRPF categoría II aunque con un mínimo superior, de $ 24.415 y tasas hasta el 25%. Por su parte el IRAE para profesionales grava con una tasa única de 25%, pero con una deducción de 30% sobre los ingresos brutos.

Debate.

El informe encontró que la tasa efectiva que pagan las rentas del capital es siempre la más alta hasta rentas de $ 1.008.000 anuales ($ 84.000 mensuales). A partir de allí las rentas del trabajo soportan la tasa efectiva más alta, incluso por encima de la de los profesionales que optan por IRAE.

A partir de los $ 3.000.000 anuales de renta ($ 250.000), si la renta proviene del capital pagará una tasa efectiva más baja que si está gravada por IRAE (profesionales) o es renta del trabajo.

"A cualquier nivel de renta, los individuos tributan diferentes tasas según la fuente de renta que tengan", señaló Robano. Los que optan pagar por IRAE "siempre tributan por debajo de las rentas del trabajo", agregó.

La inequidad se da en la parte alta de las rentas, mientras que en la parte baja (rentas de hasta $ 248.000 anuales, es decir $ 20.666 al mes) todas tributan igual, salvo que sean del capital donde pagan una tasa efectiva mayor. "Que la inequidad no sea en la parte baja es porque el mínimo no imponible es muy alto y las deducciones no funcionan" ya que la persona no llega a tributar IRPF, al estar su ingreso debajo del mínimo, dijo Robano.

Al momento de las preguntas, alguien desde el público planteó si "no estaría discutida" la opción "desde el punto de vista político" que hizo Uruguay con un impuesto "dual". Montero respondió que "parecería que sí estaría cuestionada" esa elección, pero matizó al decir que "no tiene solo en cuenta la equidad" sino la "movilidad internacional del capita" y que el IASS separa la renta del trabajo de la pasividad "no por política" sino por un tema "constitucional". Es que el IRPF a las jubilaciones fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia.

El subdirector de la DGI, Álvaro Romano —que estaba entre los asistentes— dijo que "un impuesto dual contribuye menos en equidad que un impuesto sintético". Señaló que la opción por el dual "no estuvo motivada por evitar la fuga de colocaciones financieras, sino que se tenían y se tienen restricciones administrativas para hacerlo" como ser "el secreto bancario" y las "restricciones a saber quienes distribuyen dividendos". Por eso se eligió "aplicar una tasa plana a las rentas que la administración desconoce", agregó. Son los bancos y las sociedades encargadas de retener el IRPF.

Romano también afirmó que "la evaluación debería ser como contribuye" con la equidad "respecto del régimen anterior a la reforma (tributaria de julio de 2007)" que suponía estar "sin gravamen a las rentas del capital" y un Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) con tasas "planas" y sin mínimo no imponible.

El exsubidrector de DGI, Hugo Vallarino dijo que "el sistema dual tiende a apoyarse más en la equidad vertical (tratar a cada uno según su capacidad contributiva) que en horizontal, lo que es más eficiente desde el punto de vista redistributivo".

La carta que le trajo $ 7.696 más a la DGI.

Una carta que la Dirección General Impositiva (DGI) envió a un grupo de empresas en mayo del año pasado hizo que pagaran más IVA que otras firmas similares que no recibieron la misiva, según un estudio del Departamento de Economía de la Facultad de Ciencias Económicas y Administración. La carta señalaba al que la recibía la probabilidad de ser auditado por inspectores del organismo y recordaba la multa a pagar en el caso de detectarse una evasión. A 3.000 empresas se les envío la carta y a otras 3.000 no, las que formaron el grupo de control

El País dio cuenta el domingo pasado que el resultado fue que "aquellas empresas que reciben la carta pagan 14% más de IVA que las del grupo de control".

Según datos del estudio, el "beneficio neto" que le quedó a la DGI fue de $ 19.343.853,5. Esto es, $ 7.696,33 por carta.

Cada misiva tuvo un costo de envío de $ 57,68 y la DGI recaudó $ 7.754,03 más por carta enviada (eso es lo que da el 14% de aumento en el pago de IVA respecto a las empresas que no recibieron la carta). Ahí está el neto de $ 7.696,33.

¿Por qué las empresas que recibieron la carta pagaron más que otras similares (en ventas y número de empleados) que no la recibieron? Eso puede ser por dos factores: "un efecto informativo, les recuerda que tienen que pagar y otro es el efecto me siento observado y que (el exsubdirector de DGI Hugo (Vallarino) denomina cagazo", explicó Rodrigo Ceni, uno de los autores del trabajo.

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Las discusiones que vienen

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