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El Ministerio de Economía emplaza a los “influencers” a transparentar contenidos pagos

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Hombre usando un celular. Foto: Archivo

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“Es deber del influencer digital informarle” cuando una publicación “se trata de contenido patrocinado”, dice comunicado del ministerio.

Con el crecimiento de las diferentes plataformas y redes sociales, empresas y organizaciones han visto la oportunidad de publicitar sus productos y servicios a través de cuentas con un gran alcance de usuarios. Si bien el surgimiento de los influencers data ya de algunos años, su marco legal aún se está regulando.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó ayer un comunicado sobre defensa del consumidor, titulado: “El influencer responsable es transparente”. A través del mismo, señaló que “es deber del influencer digital informarle” cuando una publicación “se trata de contenido patrocinado”. Esto es, un contenido que es pago por una marca.

Asimismo, el MEF afirmó que “cuando no sea evidente” que el contenido es patrocinado, “es necesario mencionarlo explícitamente”, a través de expresiones tales como “publicidad”, “publi”, “publipost”, “Contenido en colaboración con la marca”, “Contenido patrocinado” u “otros equivalentes”.

Según el presidente del Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria (Conarp), Ignacio Rossi, lo informado por el MEF acompañó a la actividad realizada en la que participaron organizaciones equivalentes al Conarp de los países del Mercosur, en donde se trató la regulación y transparencia de los anuncios publicitarios a través de influencers.

A su vez, explicó que desde el consejo están trabajando dentro de su código de prácticas publicitarias, un anexo específico para los influencers digitales, en donde se profundice el marco de buenas prácticas, con el fin de que el consumidor “tenga toda la información”.

“Las redes van cambiando cada tanto tiempo, hay que buscar la forma de mostrar que es un contenido de una publicidad contratada. Puede ser que la recomendación sea genuinamente del influencer, pero cuando recibe un producto para que lo pruebe, no te estoy contratando pero de alguna forma estoy dando una contraprestación”, agregó.

Por otro lado, como informó El País a mediados de noviembre pasado, según el director del Área de Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio del MEF, Álvaro Fuentes, en Uruguay las personas que realizan publicidad para una empresa en las redes sociales, tienen que aclarar que es un espacio contratado.

Si bien “no existe” una “regulación específica”, las leyes dicen que una “oferta debe ser identificada como tal”, había comentado.

En tanto, el espectro valorado para las multas comenzaba en un piso de 100 Unidades Reajustables (UR), lo que equivale hoy a $ 135.925, y podrían alcanzar hasta las 4.000 UR, unos $ 5.437.000.

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