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El mínimo no imponible del IRPF subirá a $ 25.277

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IRPF: el 1° de enero empezaron a regir cambios dispuestos por ajuste fiscal.Foto: archivo El País
Citas. Discordias citaron dictámenes de Ubiría y Casinelli.¶LA ABOGADA SOLEDAD URIARTE, QUE LLEVARA EL PRIMER CASO DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA APLICACION DEL IRPF EN PASIVIDADES ANTE EL ESTADO, MANEJA EL CASO DE EDILA NUÑEZ PEREYRA, PRIMER FALLO A FAVOR DEL DENUNCIANTE, ND 20080326, FOTO MARIA INES HIRIART
MARÍA INÉS HIRIART¶

Por suba de BPC; con ajuste que entró a regir, pagará más desde $ 54.166.

El mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) subirá este año de $ 23.380 a $ 25.277, ya que el Poder Ejecutivo decidió aumentar la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) por inflación. Esta base también determina las franjas de ingresos que definen cuánto se aporta por ese impuesto y los montos a deducir por hijos a cargo o por cuota hipotecaria.

Si bien el decreto que autoriza esta suba de la BPC no fue firmado aún por los ministerios de Economía y Trabajo, fuentes del gobierno confirmaron ayer a El País que el ajuste se hará por el aumento anual del Índice de Precios del Consumo (IPC), que en 2015 fue de 8,10 %, según se conoció ayer.

El ajuste de la BPC puede realizarse tanto por la evolución del IPC como por el Índice Medio de Salarios (IMS). En cualquiera de los dos indicadores empleados, el Poder Ejecutivo tiene discrecionalidad para ajustar más/menos un 20%. Desde el 2012, el gobierno ajusta en forma idéntica a la evolución del IPC.

La BPC se elevará en forma retroactiva al 1° de enero de este año de $ 3.340 a $ 3.611, confirmaron fuentes del gobierno. Como consecuencia, el mínimo no imponible del IRPF —que equivale a siete BPC mensuales—, aumentará de $ 23.380 a $ 25.277.

Los ingresos laborales nominales menores a ese valor estarán exonerados de IRPF. Ese es el estimativo mensual que suelen considerar los asalariados, aunque el IRPF es un impuesto de carácter anual y para su cálculo deben considerarse las rentas del trabajo generadas todo el año.

El IRPF es un impuesto progresional que grava con distintas tasas (incrementales) a diferentes tramos de ingresos laboral expresados en BPC, por lo que también suben desde el 1° de enero. También desde comienzos de 2017 rige un cambio en el IRPF —en el marco del ajuste fiscal— que determinó nuevas franjas (ver tabla) que implican que los que ganen más de $ 54.166 paguen más.

Para ver cómo funciona la progresionalidad del impuesto, lo mejor es un ejemplo: la franja que va de $ 25.278 a $ 36.110 está gravada con un 10%, pero solamente en el tramo de ingreso de esa franja. De otra forma, aquellos con salarios mayores a $ 415.265, se le aplican todas las tasas y por el tramo de ingreso que supera ese monto paga 36%, pero solamente por el tramo y no por todo su ingreso.


Si no puede ver la gráfica haga click aquí

Núcleo y deducciones.

El mínimo no imponible también se incrementa para quienes tributan por núcleo familia. Si los dos integrantes de la pareja perciben más de un salario mínimo nacional por mes, tendrán como umbral el equivalente a 14 BPC mensuales, que serán $ 50.554 (hasta el año pasado eran $ 46.760). En tanto, si solo uno de ellos percibe un salario mínimo o más, el mínimo no imponible pasa de $ 26.720 a $ 28.888 (son ocho BPC mensuales).

Una de las deducciones que pueden realizarse al impuesto es por hijos a cargo, que aumentará de $ 3.618 a $ 3.912 por cada menor de 18 años. En el caso de hijos a cargo con discapacidad (sin importar la edad) el beneficio subirá de $ 7.237 a $ 7.824.

Antes a esa deducción y las otras (aportes personales a la seguridad social, Fondo de Reconversión Laboral, etc.) se les aplicaba las franjas para determinar efectivamente cuánto se descontaba del IRPF. Con los cambios introducidos a partir del 1° de enero producto del ajuste fiscal, las deducciones pasan a considerarse a una tasa fija del 10 % si los ingresos nominales son iguales o menores a 15 BPC mensuales (son $ 54.165 por mes con la suba de la BPC). Aquellos sueldos superiores a las 15 BPC mensuales podrán deducir a una tasa fija del 8%.

También subirá el tope a la deducción que puede hacerse por pagos de cuotas hipotecarias. Esto aplica siempre que el valor de la vivienda no supere las 794.000 Unidades Indexadas —UI— ($ 2.785.590 a hoy, unos US$ 97.401). La normativa establece que el monto total deducible no puede superar las 36 BPC anuales, que serán $ 129.996 (o $ 10.833 por mes).

La suba de la BPC también incide en otros aportes, como el que hacen los egresados de la Universidad de la República y de nivel terciario de la UTU al Fondo de Solidaridad (tras cinco años de haberse recibido). Si la carrera es menor a cuatro años, se aportan $ 1.806. Para las de cuatro años son $ 3.611 y las de cinco años o más $ 5.994. El fondo se destina a becas para estudiantes y el beneficio máximo que reciben (dos BPC mensuales, cobradas bimestralmente) subirá de $ 6.680 a $ 7.222.

El mínimo del IASS aumenta a $ 28.888

El mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) también se ajustará por la suba de la BPC. A partir del 1° de enero, aumentará de $ 26.720 a $ 28.888 (ocho BPC mensuales). Las pasividades que se ubiquen por debajo de ese umbral estarán exoneradas de pago.

Al igual que con el IRPF, cambiarán las franjas de ingreso que determinan cuánto se paga. El tramo de pasividad que va de $ 28.888 a $ 54.165, estará gravado con 10%. A partir de esa franja, —y al igual que el IRPF— el IASS cambia de tasas, por lo que en el tramo que va de $ 54.166 a $ 180.550 se aumenta el aporte del 20% al 24%, mientras que para las jubilaciones que superen los $ 180.500 se sube de 25% a 30% por ese tramo.

Por otra parte, también se ajusta la jubilación mínima, lo que beneficia a unos 150.000 pasivos. Esta prestación fue aumentada en julio de 2,625 BPC a 2,6875 BPC, lo que equivalía en ese momento a $ 8.976. A partir de enero, al decretarse el ajuste de 8,10 % en la BPC, esta prestación se ubicará en $ 9.705. Las jubilaciones en general también se verán incrementadas este año por la suba del Índice Medio de Salarios Nominales (IMSN), que en enero-noviembre acumuló una suba de 10,56 %. Esa alza es provisoria y reajustará cuando se conozca el IMSN de 2016.

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IRPF: el 1° de enero empezaron a regir cambios dispuestos por ajuste fiscal.Foto: archivo El País

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