Publicidad

Las medidas que tomó el gobierno para ayudar a los free shops uruguayos ante la competencia de los brasileños

Compartir esta noticia
Instalación de más free shops en Brasil preocupa a comerciantes locales. Foto: Archivo

LOJAS FRANCAS

Para mitigar las “asimetrías económicas importantes” con Brasil, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) decretó cambios en el régimen de free shops.

Tras la nueva norma adoptada por el gobierno de Brasil que habilita a sus lojas francas (tiendas libres de impuestos) a vender todo tipo de productos y luego de que los free shops uruguayos manifestaran su preocupación, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió un decreto en el que, entre otras medidas, otorgó una reducción al canon que pagan estos comercios al Estado en base a la mercadería que tienen para vender. Según se afirma en el decreto, fue elaborado con el objetivo de “atenuar las asimetrías” entre los free shops uruguayos y las lojas francas brasileñas, cuyo régimen de venta es más flexible.

Es por esto que, el decreto establece que hasta el 30 de septiembre de 2021, la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) autorizará la salida de la mercadería cuando la empresa pague US$ 12,60 por cada caja de hasta 12 litros de whisky de ocho años y más y US$ 8,40 por cada caja de hasta 12 litros del resto de los whiskys (actualmente pagan US$ 18 y US$ 12, respectivamente).

En el caso de los cigarros el canon a pagar se mantuvo sin cambios, por cada caja de 50 cartones, deberán pagar US$ 500 para los de marca extranjera y US$ 10 para los de origen nacional.

Algunos artículos de perfumería y tocador, calzados deportivos y bienes de audio y video, (excluidos los de origen uruguayo) deberán pagar un 7% (actualmente pagan un 10%).

Para el resto de los bienes, el decreto establece que “cuando sea la propia empresa habilitada la que importe los bienes”, abonará el 10,5% sobre el valor en aduana.

Por otro lado, cuando la empresa habilitada adquiera los productos por parte de un “proveedor en territorio nacional, en el depósito fiscal único o a un usuario directo o indirecto de zonas francas, abonará el 10,5 % del valor de la factura comercial”. En ambos casos actualmente se pagaba el 15%.

“Es una reducción importante sobre el canon que se paga actualmente”, explicó el subsecretario de Economía y Finanzas, Pablo Ferreri tras una consulta de El País días atrás.

Otra modificación del decreto es sobre el plazo para pagar dichos montos. Mientras que hasta el momento las empresas debían pagar la totalidad de la mercadería ante la DNA dentro de los tres días hábiles del ingreso al depósito fiscal único; ahora solo deberá pagar el 50% dentro de ese plazo y el restante 50% en el plazo de 60 días corridos contados desde el mismo ingreso.

Dada las “asimetrías económicas importantes” entre el régimen uruguayo y brasileño, el decreto define además nuevas reducciones del canon a partir de octubre de 2021.

Por último, se establece que el MEF tendrá la facultad de modificar la lista de productos autorizados a vender por parte de los free shops, ya sea aumentando o disminuyendo la cantidad.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad