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La medida que Argentina “copió” a Uruguay para reducir el déficit fiscal

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Ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne. Foto: La Nación | GDA

GOBIERNO DE MACRI LO RECONOCIÓ

Firman decreto en el que toman como ejemplo a Uruguay

Como una medida para llegar al déficit fiscal cero, Argentina aprobó un decreto que elevó las tasas que deben pagar las importaciones que ingresen al país, de 0,5% a 2,5%. En la normativa argentina se cita a Uruguay como ejemplo al ser uno de los países que “aplican a sus importaciones tasas con alícuotas superiores a las establecidas”.

Asimismo, el decreto indica que “el Congreso de ese país (por el caso uruguayo) estableció la cuantía de la tasa consular aplicable a sus importaciones en un 3% intrazona y 5% extrazona”.

Según indicó el socio de Cibils-Soto Consultores, Marcos Soto, a través de su cuenta de Twitter, la nueva medida tomada por Argentina es “distorsiva” y dijo que encarecerá las exportaciones hacia este mercado.

En principio, el aumento de tasas duraría hasta el próximo 31 de diciembre y alcanza a las mercaderías destinadas para consumo y a las “destinaciones suspensivas de importación temporaria”.

Fuentes cercanas al ministro de Hacienda argentino, Nicolás Dujovne, señalaron al diario La Nación que la medida tiene la expresa intencionalidad de mejorar la recaudación, uno de los puntos sobre los cuales advirtió el Fondo Monetario Internacional (FMI) en su reciente revisión sobre las cuentas de la economía argentina.

En los fundamentos del decreto, el gobierno sostiene que “han pasado más de 20 años desde la reducción de la alícuota de la tasa de estadística y del establecimiento de su tope y añade que hubo “cambios tecnológicos, organizacionales y geopolíticos” que modifican el desarrollo de las tareas estadísticas sobre las importaciones.

En la práctica, el aumento afectará a casi todas las compras al exterior. La excepción son las importaciones temporarias, es decir, bienes, componentes o piezas que ingresan al país y se utilizan en otras mercaderías que finalmente tienen como destino final la exportación.

Además de quintuplicar el valor de la alícuota, el decreto introduce un tope nominal sobre el cual la tasa no podrá superar un determinado monto, según el valor de las mercaderías importadas. Para las operaciones menores a US$ 10.000 el monto no podrá superar los US$ 15; mientras que las importaciones entre US$ 10.000 y US$ 100.000 tendrán un monto máximo de US$ 2.500. En tanto, las operaciones de entre US$ 100.000 y US$ 1 millón deberán pagar US$ 25.000, mientras que las transacciones de entre US$ 1 millón y US$ 5 millones tendrán un tope de US$ 125.000. Por último, para las operaciones superiores a los US$ 5 millones se fijó un monto máximo de US$ 125.000.

(En base a La Nación/GDA).

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